3º Juzgado de Letras de Calama

SORE/

Rol

V-538-2021

Fecha

30 de diciembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 04 de Abril de 2021, comparecen don Yerko Josip Sore Moreno, chileno, soltero, empresario, C dula Nacional deé Identidad N°11.929.920-9, y don David Aravena Aravena, chileno, soltero, ingeniero, C dula Nacional de Identidad N°12.800.942-6, domiciliados en Calleé Veintiuno de Mayo #1324, Tocopilla, ambos en su calidad de socios de la Sociedad Legal Minera “SALAR TL 5 DE SAN PEDRO DE ATACAMA”, solicitando concesi n minera de ó EXPLORACI NÓ , que denominar á “SALAR TL 5”, con una superficie de 200 hect reas. A folio 5, con fecha 25 de Junio de 2021,á comparece su abogado patrocinante don Alejandro Vicencio Ramos, C dulaé Nacional de Identidad N°12.567.195-0. 2.- Que, a folio 5 y 6, el solicitante de autos acompa a documentos.ñ 3.- Que, a folio 13, con fecha 13 de Diciembre de 2021, consta informe favorable del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a de II Regi n, Antofagasta.í í ó 4.- Que, a folio 16, con fecha 21 de Diciembre de 2021, se trajeron los autos para resolver.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Yerko Josip Sore Moreno, solicita constituir en su calidad de socio de la Sociedad Legal Minera “SALAR TL 5 DE SAN PEDRO DE ATACAMA”, concesi n minera de exploraci n, en terrenos ubicados en laó ó provincia El Loa, comuna de San Pedro de Atacama, II Regi n de Antofagasta,ó sobre una superficie de 200 hect reas, la que denominar á á “SALAR TL5”, conforme a los antecedentes presentados. SEGUNDO: Que, a folio 6, consta que el pedimento minero fue inscrito a fojas 2.143 bajo el N°1.204, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 27 de Abril de 2021. TERCERO: Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 05 de Mayo de 2021, Diario Oficial, edici n Nº 42.946, seg n ejemplar acompa ado.ó ú ñ CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 13 de Diciembre de 2021, mediante ordinario N° 8481, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO: Que, seg n figura a folio 6, el peticionario dio cumplimiento a laú obligaci n de pago de la tasa de pedimento y la patente proporcional.ó SEXTO: Que, en el plano de la concesi n minera de exploraci n, constaó ó que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superior delé pedimento minero denominada “SALAR TL5”, con una superficie de 200 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son:á ó V RTICEÉ NORTE (metros) ESTE (metros) P.M. 7.350.000,00 635.500,00 V 1 7.351.000,00 635.000,00 V 2 7.351.000,00 636.000,00 V 3 7.349.000,00 636.000,00 V 4 7.349.000,00 635.000,00 S PTIMO: É Que, del an lisis de los antecedentes que obran en autos y elá m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, la presenteé é í í causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n de exploraci n o la declaraci nó ó ó ó de caducidad, raz n por la cual este tribunal acoger la solicitud impetrada enó á autos. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,

Fallo

se resuelve:í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “SALAR TL5”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci nó ó “SALAR TL5”, con una superficie total de 200 hect reas a favor de á la Sociedad Legal Minera “SALAR TL5 DE SAN PEDRO DE ATACAMA”, con domicilio en calle Veintiuno de Mayo #1324, Tocopilla. III.- Una vez certificada -a petici n de la interesada- la ejecutoriedad de laó presente sentencia, rem tase -por este Juzgado- dicha certificaci n, junto a laí ó sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electr nico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto.ó IV.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. Arch vese un ejemplar del plano en elí registro respectivo del Conservador de Minas. Con este objeto, la concesionaria deber requerir el inicio del tr mite alá á siguiente correo electr nico del Conservador de Minas:ó conservadorminas@notariavaras.cl. V.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a lo dispuestoí ó en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í VI.- Rem tase -por este Tribunal- copia de los antecedentes referidos en elí punto III a Sernageomin, al correo electr nico aportado por el referido Servicio.ó Este env o se entender suficiente cumplimiento de la obligaci n contenida en elí á ó art culo 42 del Reglamento del C digo del ramo.

Texto Completo (Preview)

FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-538-2021 CARATULADO : SORE/ Calama, treinta de Diciembre de dos mil veintiuno VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 04 de Abril de 2021, comparecen don Yerko Josip Sore Moreno, chileno, soltero, empresario, C dula Nacional deé Identidad N°11.929.920-9, y don David Aravena Aravena, chileno, soltero,

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