2º Juzgado Civil de Viña del Mar

BANCO DE CHILE/ROMERO

Rol

C-4620-2019

Fecha

30 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 20 de septiembre de 2019, comparece don Mauricio Araneda Bunting, abogado, en representaci n del ó Banco de Chile, representado por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco 1199, 4° Piso Of 41, Valpara so,í quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de don Juan Romero Zapata, ignora profesi n y oficio, con domicilio en Los Lleuques Parcela F 91, Villa Alemana, poró la suma de $4.897.142.-, por concepto de pagar , m s intereses y costas.é á Con fecha 20 de septiembre de 2019, el ejecutante acompa documentos. ñó Con fecha 12 de diciembre de 2019, el ejecutado opuso excepciones a la ejecuci n.ó Con fecha 12 de marzo del 2020, el ejecutante evacu el trasladoó conferido. Con fecha 13 de marzo del 2020, se recibieron las excepciones a prueba. Se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 20 de septiembre de 2019, comparece don Mauricio Araneda Bunting, abogado, en representaci n del ó Banco de Chile, representado por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco 1199, 4° Piso Of 41, Valpara so,í quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de don Juan Romero Zapata, ignora profesi n u oficio, con domicilio en Los Lleuques Parcela F 91,ó Villa Alemana. Indica que, su parte es due a y leg tima tenedora del pagar que acompa a,ñ í é ñ suscrito por el deudor por un capital original de $4.978.456.-, cantidad al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual de 1.34%. Agrega que, se estipul que elé ó capital y los intereses de esta obligaci n se pagar an en 36 cuotasó í de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 35 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $176.934.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 1 de marzo del 2019, y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la mismaá C-4620-2019 Foja: 1 periodicidad antes indicada y una ltima cuota con el vencimiento y por el montoú que se detalla en el cuadro de pago correspondiente al t tulo. í Expone que, como se estipul en el mismo pagar , el monto de cada una deó é las cuotas indicadas incluye pago de capital e intereses. Hace presente que, el simple retardo y/o mora en el pago ntegro y oportuno de todo o parte de una deí las cuotas, facultar a a su parte para exigir el pago total de la deuda o del saldo aí que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento la obligaci n como deá ó plazo vencido, pudiendo protestar y/o presentar a cobro este pagar . Que, adem s,é á a contar del simple retardo y/o mora y hasta el pago efectivo, la obligaci nó devengar a el inter s m ximo convencional que la ley permite estipular paraí é á operaciones de cr dito en moneda nacional no reajustable, pero s lo si ste fuereé ó é superior al inter s que se encontrare rigiendo para la obligaci n a la fecha deé ó producirse el simple retardo o mora, pues en caso contrario se continuar aí devengado este ltimo.ú Expresa que, el deudor s lo pag hasta la cuota N°ó ó 1, inclusive, con lo que amortizo el capital hasta por la cantidad de $81.314.-, habiendo dejado de pagar la cuota N°2, con vencimiento al 1 de abril del 2019, resta en consecuencia un saldo de capital adeudado de $4.897.142.-, cantidad a la que se deben adicionar los intereses penales correspondiente a la fecha de su pago efectivo. Expone que, la firma del deudor fue autorizada por notario, por lo que dicho instrumento tiene m rito ejecutivo y que, la obligaci n es l quida, actualmenteé ó í exigible y su acci n no se encuentra prescrita.ó Solicita tener por entablada la presente demanda ejecutiva en contra de don Juan Romero Zapata, por la cantidad de $4.897.142.-, por concepto de saldo de capital adeudado, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que, con fecha 20 de septiembre del 2019, el ejecut

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el art culo 1698 delí C digo Civil; en los art culos 160, 170, 346, 434, 470 y 471 del C digo deó í ó Procedimiento Civil; y en el art culo 102 de la ley 18.092, se declara:í Que, se niega lugar a las excepciones opuestas por la parte ejecutada en consecuencia, se deber seguir adelante con la ejecuci n hasta hacerse alá ó ejecutante entero pago de lo adeudado, con costas. C-4620-2019 Foja: 1 Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N° C-4620-2019 Dictada por do a ñ Cecilia Sagredo Olivares, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , treinta de Diciembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-30T10:08:53-0300

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C-4620-2019 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-4620-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ROMERO Vi a del Marñ , treinta de Diciembre de dos mil veintiuno VISTO: Con fecha 20 de septiembre de 2019, comparece don Mauricio Araneda Bunting, abogado, en representaci n del ó Banco de Chile, representado por su gerente general don

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