2º Juzgado Civil de Temuco

BANCO SANTANDER - CHILE/URRA

Rol

C-209-2021

Fecha

29 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 23 de enero de 2021 comparece el abogado don Carlos Fuentes Quiroz, en representación del Banco Santander-Chile, sociedad del Giro Bancario, representado por su Gerente General don Miguel Mata Huerta, todos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat 847, oficina 801, Temuco, quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de doña Cristina Donna Urra Almarza, ignora profesión u oficio, en su calidad de demandada principal, domiciliado en Pasaje Miramar N°911, de la comuna de Temuco, en base a los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone . Con fecha 09 de marzo de 2021 la demandada fue notificada personalmente de la demanda y requerida de pago. Con fecha 13 de marzo de 2021 la ejecutada opuso excepciones a la ejecución. Con fecha 25 de marzo de 2021 la ejecutante evacúa el traslado conferido. Con fecha 30 de marzo de 2021 se declaran admisibles las excepciones opuestas por la ejecutada y se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 16 de diciembre de 2021 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA OBJECIÓN DOCUMENTAL: PRIMERO: Que, con fecha 13 de marzo de 2021 la parte ejecutada a objetó por falsedad y falta de integridad del documento que allí singulariza y que consiste en el pagaré fundante de la presente ejecución por las razones que expone. Que, el ejecutante con fecha 25 de marzo de 2021 solicita el rechazo de la objeción planteada por los hechos que expone. Que, a fin de resolver la objeción documental deducida se tendrá presente que los fundamentos de la objeción dicen relación con aspectos relativos al valor probatorio del documento, y no con las causales invocadas, y siendo la apreciación de la prueba una función exclusiva del sentenciador y correspondiendo a ésta pronunciarse a continuación, se desestimará la objeción documental. EN CUANTO AL FONDO: SEGUNDO: Que, con fecha 23 de enero de 2021 el abogado don Carlos Fuentes Quiroz, en representación del Banco Santander-Chile, sociedad del Giro Bancario, representado por su Gerente General don Miguel Mata Huerta, todos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat 847, oficina 801, Temuco, dedujo demanda ejecutiva en contra de doña Cristina Donna Urra Almarza, ignora profesión u oficio, en su calidad de demandada principal, domiciliado en Pasaje Foja: 1 Miramar N°911, de la comuna de Temuco, en base a los argumentos de hecho y derecho que expone en su demanda, al siguiente tenor: “Mi representado es acreedor de los siguientes títulos ejecutivos: 1.- Pagaré N°650038829410 que se acompaña en un otrosí, suscrito con fecha 18 de Enero del año 2021, por doña Carol Parra Trejo, en representación de Santander Gestión de Recaudación y Cobranza Limitada, éste como mandatario de la deudora doña CRISTINA DONNA URRA ALMARZA, ya individualizada; por la suma de $4.625.000.-, cantidad que debe y pagaría a la orden del Banco Santander Chile, el día 19 de Enero del 2021, cantidad que declaró haber recibido en préstamo de dicho Banco.- El pagaré fue suscrito en virtud del Contrato de plan de servicios financieros, según mandato otorgado por deudora en el N° 13 y 13.2 de dicho mandato que se acompaña en un otrosí. En el pagaré se pactó que el capital devengaría desde el momento de la mora o simple retardo y hasta la fecha de su pago efectivo, el máximo interés que permita estipular la ley estipular para este tipo de operaciones.- Todas las obligaciones derivados de este pagaré serán solidarias e indivisibles para todos los efectos legales, y en especial para aquellos contemplados en los art. 1526 N° 4 y 1528 del Código Civil.- El acreedor queda liberado de protestar este pagaré.- Para todos los efectos de este pagaré el suscriptor y demás obligados a su pago, constituyen domicilio especial en la comuna de Temuco, sin perjuicio del que corresponda al de su domicilio o residencia, a elección del acreedor y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. Es del caso que llegada la fecha del vencimiento del pagaré, la demandada no pagó lo adeud

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas por la ejecutada y se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 16 de diciembre de 2021 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA OBJECIÓN DOCUMENTAL: PRIMERO: Que, con fecha 13 de marzo de 2021 la parte ejecutada a objetó por falsedad y falta de integridad del documento que allí singulariza y que consiste en el pagaré fundante de la presente ejecución por las razones que expone. Que, el ejecutante con fecha 25 de marzo de 2021 solicita el rechazo de la objeción planteada por los hechos que expone. Que, a fin de resolver la objeción documental deducida se tendrá presente que los fundamentos de la objeción dicen relación con aspectos relativos al valor probatorio del documento, y no con las causales invocadas, y siendo la apreciación de la prueba una función exclusiva del sentenciador y correspondiendo a ésta pronunciarse a continuación, se desestimará la objeción documental. EN CUANTO AL FONDO: SEGUNDO: Que, con fecha 23 de enero de 2021 el abogado don Carlos Fuentes Quiroz, en representación del Banco Santander-Chile, sociedad del Giro Bancario, representado por su Gerente General don Miguel Mata Huerta, todos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat 847, oficina 801, Temuco, dedujo demanda ejecutiva en contra de doña Cristina Donna Urra Almarza, ignora profesión u oficio, en su calidad de demandada principal, domiciliado en Pasaje Foja

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-209-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/URRA Temuco, veintinueve de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 23 de enero de 2021 comparece el abogado don Carlos Fuentes Quiroz, en representación del Banco Santander-Chile, sociedad del Giro Bancario, representado por su Gerente Ge

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica