BANCO DE CHILE/CORTÉS
Rol
C-17436-2020
Fecha
31 de diciembre de 2021
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en presentaci n de fecha 24 de noviembre de 2020 ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparecen don Patricio Andr sé é Pacheco Cofr , do a Daniela Rubilar Urrutia, don Javier G mez Leiva yé ñ ó do a Carolina Calluil Villanueva, abogados, mandatarios judiciales deñ Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada porí su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerenteó general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Bandera N 577, 2 Piso de la° ° comuna de Santiago, quienes interponen demanda ejecutiva en contra de don Luis Hern n Cort s Morelá é , comerciante, domiciliado en Pasaje Manantiales N 383, sitio 7, manzana D de la comuna de Curacav ,° í solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargoó por la cantidad de U.F. 1.000,0000.- equivalente al d a 09 de noviembre deí 2020 a la suma de $28.888.760.-, m s intereses y costas.á Se ala que por escritura de mutuo e hipoteca de fecha 6 de junio deñ 2019, otorgada ante el Notario P blico de Santiago don Rene Benaventeú Cash, el Banco de Chile dio en mutuo al demandado la cantidad de 1.000.- Unidades de Fomento, que el deudor se oblig a pagar en el plazo de 144ó meses a contar del d a 1 de septiembre de 2019, por medio de igual n meroí ú de dividendos, mensuales, vencidos y sucesivos, los que comprender n laá JJX C-17436-2020 Foja: 1 amortizaci n y los intereses. Se estipulo, adem s, que la obligaci n tiene eló á ó car cter de indivisible para todos los efectos legales y que la tasa de inter sá é real, anual y vencida que devenga el contrato ser del 3,66% anual.á A ade que las partes acordaron que el retardo por m s de 10 d as enñ á í el pago de cualquier dividendo facultar a al Banco para exigir el pago delí total adeudado, conside
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos el Banco de Chile, debidamente representado, interpuso demanda ejecutiva en contra de don Luis Hern ná Cort s Morel, a fin de que pague la cantidad de U.F. 1.000,00.-,é equivalentes al d a 09 de noviembre de 2020 a la suma de $28.888.760.-,í que corresponde a un mutuo otorgado al ejecutado por escritura p blica deú mutuo e hipoteca de fecha 06 de junio de 2019, respecto del que no habr aí pagado ninguna de las 144 cuotas o dividendos pactados, el primero de ellos con vencimiento el d a 01 de septiembre de 2019, raz n por la que haí ó interpuesto la acci n ejecutiva en su contra para obtener el entero yó cumplido pago de las sumas que se le adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, se opuso a la ejecuci n a trav s de las excepciones contempladas en losó é numerales 7, 9 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó argumentando que la obligaci n no es exigible al no ser posible o al menosó dif cil de precisar si su parte se encontraba en mora, que ha efectuadoí abonos o pagos que han deducido el monto adeudado y que se le han concedido esperas para el pago, de acuerdo a los antecedentes que fueron rese ados en la parte expositiva de este fallo.ñ TERCERO: Que, en relaci n a la excepci n consistente en ó ó la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, es preciso asentar que la excepci ní ó alegada supone la falta de alguno de los requisitos para que proceda la acci n ejecutiva, sea porque el t tulo no re ne todas las condicionesó í ú JJX C-17436-2020 Foja: 1 establecidas por la ley para que se le considere como ejecutivo o porque la deuda no es l quida o actualmente exigible, debiendo lo anteriorí relacionarse con aquellos preceptos legales que consagran determinadas exigencias para que un t tulo tenga dicha condici n.í ó CUARTO: Que en lo que respecta a esta excepci n, fundada en laó infracci n del art culo 437 del C digo de Procedimiento Civil, esta seró í ó á rechazada, pues del m rito de la escritura de mutuo e hipoteca fundante deé la acci n consta que se trata de una obligaci n determinada que deb a seró ó í pagada en cuotas, habi ndose alegado el incumplimiento desde la cuota Né ° 1 en adelante, con vencimiento pactado para el d a 01 de septiembre deí 2019, por lo que existe la precisi n necesaria respecto de la exigibilidad, y eló t tulo cumple con los requisitos necesarios para gozar de fuerza ejecutiva.í QUINTO: Que en lo relativo a las excepciones de los numerales 9 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, cabe asentar queí ó conforme la regla general del onus probandi consignada en el art culo 1698í del C digo Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinci n al queó ó alega aqu llas o sta. é é SEXTO: Que as las cosas era de cargo de la parte demandadaí probar los hechos en los cuales fundament las excepciones incoadas deó pago parcial y la de conc
Fallo
se declararonó admisibles las excepciones aludidas y seguidamente se recibi la causa aó prueba. JJX C-17436-2020 Foja: 1 De conformidad con la incorporaci n del art culo 12 de la Ley Nó í ° 21.226 publicada con fecha 20 de septiembre de 2021, mediante presentaci n de 01 de octubre de 2021, la ejecutante solicit la reactivaci nó ó ó del t rmino probatorio, a lo que se accedi por resoluci n de folio 34,é ó ó debidamente notificada a la ejecutada con fecha 03 de noviembre de 2021, sin que se haya rendido prueba. Por resoluci n de 03 de diciembre de 2021 a folio 32 se cit a lasó ó partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos el Banco de Chile, debidamente representado, interpuso demanda ejecutiva en contra de don Luis Hern ná Cort s Morel, a fin de que pague la cantidad de U.F. 1.000,00.-,é equivalentes al d a 09 de noviembre de 2020 a la suma de $28.888.760.-,í que corresponde a un mutuo otorgado al ejecutado por escritura p blica deú mutuo e hipoteca de fecha 06 de junio de 2019, respecto del que no habr aí pagado ninguna de las 144 cuotas o dividendos pactados, el primero de ellos con vencimiento el d a 01 de septiembre de 2019, raz n por la que haí ó interpuesto la acci n ejecutiva en su contra para obtener el entero yó cumplido pago de las sumas que se le adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, se opuso a la ejecuci n a trav s de las excepciones contempladas en losó é numerales 7, 9 y 11 del art culo 464 del C
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C-17436-2020 Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17436-2020 CARATULADO : BANCO DE CHILE/CORT SÉ Santiago, treinta y uno de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Que en presentaci n de fecha 24 de noviembre de 2020 ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparecen don Patricio Andr sé é Pacheco Cofr , do a Daniel
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