BANCO DE CHILE/MATTAR
Rol
C-1620-2021
Fecha
28 de diciembre de 2021
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 2 de Junio de 2021, folio 1, comparece Paula Arancibia Rodr guez, Cedula de Identidad N° 9.342.648-7, abogado, ení representaci nó convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo Gerenteó General es don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados en calle Ahumada Nº 251, comuna de Santiago, quien deduce demanda de terminaci n del contrato de arrendamiento por no pago de rentas enó contra de Jaime Patricio Mattar Seeger, factor de comercio, con domicilio en Vi a del Mar, calle Terravista Nº 102 departamento Nº 82,ñ Conc n, a fin seó acoja la demanda, declarando la terminaci n del contrato de arrendamiento; seó condene al demandado restituir dentro de tercero d a que la sentencia causeí ejecutoria, los bienes dados arrendamiento, o en el plazo que el Tribunal determine; se condene al demandado a pagar al Banco de Chile, la suma de 1.823,900.- Unidades de Fomento, que al d a 28 de Abril de 2021, equivalentes en monedaí nacional a $53.780.044.-, correspondientes a las cuotas de arrendamiento vencidas, m s todas aquellas cuotas que seá devenguen hasta la restituci nó de cada bien dado en arrendamiento, ambas cantidades incrementadas con el m ximoá inter sé que la ley permite pactar, conforme al tenor de los contratos de arrendamiento, o aquellas que el Tribunal determine con costas. Con fecha 1 de Octubre de 2021, folio 14, se notifica la demanda al demandado de conformidad con lo dispuesto en el art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil. Con fecha 28 de Octubre de 2021, folio 20, se lleva a efecto la audiencia de estilo, por video conferencia, se efect o la segunda reconvenci nú ó de pago y se efectu el llamado a conciliaci n, el que result frustrado anteó ó ó la inasistencia de la demandada. Se recibi la causa a prueba, rindiendo laó parte demandante su prueba. Con fecha 17 de Noviembre de 2021, folio 21, se cit a las partes aó o r sentencia. í
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: De la demanda. Que con fecha 2 de Junio de 2021, folio 1, comparece Paula Arancibia Rodr guez, abogada, en representaci n convencionalí ó del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo Gerente General es donó Eduardo Ebensperger Orrego, ya individualizado en lo expositivo, quien deduce demanda de terminaci n del contrato de arrendamiento por no pago de rentasó en contra de Jaime Patricio Mattar Seeger, ya individualizado, a fin se acoja la demanda, declarando la terminaci n del contrato de arrendamiento; seó condene al demandado restituir dentro de tercero d a que la sentencia causeí ejecutoria, los bienes dados arrendamiento, o en el plazo que el Tribunal determine; se condene al demandado a pagar al Banco de Chile, la suma de 1.823,900.- Unidades de Fomento, que al d a 28 de Abril de 2021, queí equivalen en moneda nacional a $53.780.044.-, correspondientes a las cuotas de arrendamiento vencidas, m s todas aquellas cuotas que se devenguen hasta laá restituci n de cada bien dado en arrendamiento, ambas cantidadesó incrementadas con el m ximo inter s que la ley permite pactar, conforme alá é tenor de los contratos de arrendamiento, o aquellas que el Tribunal determine con costas. Expone que consta en la Escritura P blica de fecha 28 de Abril deú 2017, otorgada en la Notar aí de Vi añ del Mar, por don Francisco Javier Fuenzalida Rodr guez,í repertorio Nº 1488, que su representada el Banco de Chile celebró un “Contrato de Arrendamiento con Opci nó de Compra” de los bienes inmuebles que m sá adelante se singularizan, con la “Parte Demandada”. Se ala que se estipul en el contrato de arrendamiento, que ste tendr a unñ ó é í plazo de duraci n desde laó fecha de otorgamiento del contrato el 28 de Abril de 2017 hasta el 12 de Junio de 2027, y que el precio del arrendamiento ser aí pagado de la siguiente forma: a) Con una renta equivalente a 1.860.- Unidades de Fomento, pagadas a la fecha de que se inscriban los inmuebles a favor del Banco de Chile en el Conservador de Bienes Ra cesí respectivo. b) Mediante 120 rentas iguales, mensuales, y sucesivas de 26,67.- Unidades de Fomento, cada una de ellas, que deber aní pagarse a partir del d aí 12 de Junio de 2017. Indica que conforme al referido contrato, se pact que cualquier pago queó la parte arrendataria realizara con posterioridad a la fecha pactada en el contrato, dar a derecho alí arrendador para cobrar el inter sé m ximoá que la ley permite estipular para operaciones de cr ditoé de dinero. Agrega que se estipuló en la cl usulaá d cimoé cuarta del t tuloí segundo del contrato que el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por el arrendatario en el contrato y, en especial la falta de pago oportuno de cualquiera de las cuotas de arrendamiento, facultar alá Banco de Chile para solicitar la terminaci nó del presente contrato y,
Fallo
por tanto, exigir la inmediata devoluci n deó los bienes arrendados y el pago de todas las rentas de arrendamiento vencidas pendientes de pago a la poca de la terminaci n anticipada del contrato, declaradaé ó judicialmente, con los intereses moratorios que correspondan, y a t tulo de estimaci ní ó anticipada de los perjuicios que el incumplimiento y t rmino anticipado del contratoé pudiere causar al arrendador, una cantidad nica equivalente a las sumas de todas lasú rentas de arrendamiento pactadas en el contrato, con vencimiento entre la fecha de terminaci nó anticipada del mismo, declarada judicialmente, y hasta el d a en que elí arrendamiento hubiese terminado naturalmente m s el valor de la opci n deá ó compra, que en este caso asciende 26,67.- Unidades de Fomento, y los gastos, consider ndoseá por esa sola circunstancia resuelto el contrato, sin necesidad de declaraci nó judicial previa. Que adem s se estipul en la cl usula d cimaá ó á é s ptima del contrato que el contratoé terminar en el plazo estipulado, siná necesidad de requerimiento previo alguno. Si al t rmino delé plazo el arrendatario hubiera cumplido todas las obligaciones que emanan del contrato, podr optará por devolver el bien arrendado o bien adquirirlo, comunicando por escrito su decisi nó al Banco de Chile, dentro de los ltimosú 10 d así de vigencia del contrato. Si nada dice dentro de ese plazo, se entiende que opta por comprar el bien arrendado. Si no paga la cuota correspondiente a la opci nó de compra
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FOJA: 22 .- veintid s .-ó NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-1620-2021 CARATULADO : BANCO DE CHILE/MATTAR Vi a del Marñ , veintiocho de Diciembre de dos mil veintiuno VISTO: Con fecha 2 de Junio de 2021, folio 1, comparece Paula Arancibia Rodr guez, Cedula de Identidad N° 9.342.648-7, abogado, ení representaci nó convencional del Banco de Chil
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