CONSTRUCTORA BERNARDITA ROSAS OSSA Y COMPAÑÍA LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RECOLETA
Rol
C-6059-2021
Fecha
28 de diciembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y de derecho ya reseñados en la parte expositiva de esta sentencia, los que se dan por reproducidos para todos los efectos legales. SEGUNDO: Que no obstante haber sido notificada legalmente la demandada y su proveído a la demandada, ésta no ha comparecido a esta instancia, permaneciendo rebelde. C-6059-2021 Foja: 1 TERCERO: Que a fin de acreditar sus alegaciones la demandante acompañó la siguiente prueba instrumental, no objetada de contrario: 1.- Copia de Ress N° 678 de 25 de marzo de 2021 emitida por la Municipalidad por concepto de patente municipal. CUARTO: Que por su parte, la demandada no acompaño prueba alguna. QUINTO: Que la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los demás requisitos legales, y se encuentra tratada en el Código Civil, en los artículos 2492 y siguientes. SEXTO: Que la prescripción se inserta en un sistema jurídico proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jurídicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutela o protección de los mismos, instando en definitiva a que los partícipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando con ello incertidumbre y falta de consolidación de las diversas situaciones jurídicas. Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protección al acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pacífico y en definitiva la eficacia de su derecho; protege a su vez al sujeto pasivo de la relación, estableciendo con normas de orden público el real alcance y permanencia del deber que de esta relación emana. La prescripción extintiva o liberatoria, permite la estabilidad de los derechos dando seguridad jurídica y, en definitiva se constituye en un castigo para el actor negligente q
Fundamentos
considerando décimo cuarto de este fallo. II.- Cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. ROL N°C-6059-2021. Pronunciada por doña Karina Portugal Cuevas, Juez Subrogante del Décimo Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de Diciembre de dos mil veintiuno C-6059-2021 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-28T16:38:17-0300
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1567, 1698, 2514, 2515, 2518 y 2521 del Código Civil; artículos 160, 170, 254, 313 y 314 del Código de Procedimiento Civil; Decreto Ley n° 3036; artículo 53 del Código Tributario, y demás pertinentes, se declara que: I.- Se acoge la demanda de lo principal de folio 1, en la forma establecida en el considerando décimo cuarto de este fallo. II.- Cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. ROL N°C-6059-2021. Pronunciada por doña Karina Portugal Cuevas, Juez Subrogante del Décimo Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de Diciembre de dos mil veintiuno C-6059-2021 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-28T16:38:17-0300
Texto Completo (Preview)
C-6059-2021 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6059-2021 CARATULADO : CONSTRUCTORA BERNARDITA ROSAS OSSA Y COMPA A LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RECOLETAÑÍ Santiago, veintiocho de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS. Comparece doña María Cecilia Villablanca Silva, abogado, con domicilio en Algarrobo, Ruta F-840, Km. 24 “Solar de Vil
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