Juzgado de Letras de Tomé

GUTIÉRREZ/GUERRA

Rol

C-83-2021

Fecha

28 de diciembre de 2021

Materia

INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.9 LEY 18.287

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Son partes en este juicio sumario indemnizatorio Rol C-83-2021 como demandante don LUIS AURELIO GUTIERREZ BROT, jubilado, c dula deé identidad 6.543.108-4, domiciliado en Pabell n 10, Casa D, de la Poblaci n Exó ó Gimnasio, Comuna de Lota, y como demandada do a ñ LORETO JULIANA GUERRA TAPIA, ignora profesi n u oficio, c dula de identidad 15.980.215-9,ó é domiciliada en Bello Atardecer 33, Punta de Parra, Tomé Con fecha 23 de febrero del 2021, Folio 1, rola demanda de indemnizaci n deó perjuicios. Con fecha 01 de junio del 2021, Folio 17 rola audiencia de estilo con la asistencia del apoderado de la parte demandante y del apoderado de la parte demandada. La parte demandante ratifica la demanda en todas sus partes con costas. El tribunal tiene por ratificada la demanda. El apoderado de la demandada se ala que acaba de subir minutañ escrita a la oficina judicial virtual y se ala en forma extractada el contenido de la misma,ñ solicitando el rechazo de la demanda con expresa condenaci n en costas. El tribunaló tiene por contestada la demanda. Asimismo, la demandada en el primer otros formulaí objeci n de documento a lo cual el tribunal concede traslado. Que el segundo otros laó í demandada invoca la prescripci n de la acci n deducida y el tribunal se ala que a pesaró ó ñ de ser una alegaci n de fondo y por an mala concede traslado para o r a laó ó í demandante. El apoderado de la demandante evacuando el traslado, solicita el rechazo de la misma con costas, quedando para definitiva y ser resuelta con la acci n principal.ó Llamadas las partes a conciliaci n esta no se produce. Se suspende el t rmino probatorioó é conforme lo dispuesto en el art culo 6 de la Ley 21.226.í Con fecha 19 de noviembre del 2021 se recibi la causa a prueba y se fijaron losó puntos sobre los cuales debe recaer. Con fecha 10 de diciembre del 2021 se cit a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Y Foja: 1 1 .- º Que con fecha 23 de febrero del 2021 comparece en juicio sumario de indemnizaci n de perjuicios don ó LUIS AURELIO GUTIERREZ BROT, jubilado, c dula de identidad 6.543.108-4, domiciliado en Pabell n 10, Casa D, de la Poblaci né ó ó Ex Gimnasio, Comuna de Lota, demandando a do a ñ LORETO JULIANA GUERRA TAPIA, ignora profesi n u oficio, c dula de identidad 15.980.215-9, domiciliada enó é Bello Atardecer 33, Punta de Parra, Tom .é Funda su demanda en con fecha 22 de diciembre de 2014, aproximadamente a las 12:50 horas, en circunstancias que conduc a el veh culo tipo Station Wagon, placaí í patente FJFF-66, marca Hyundai, modelo Tucson, color plateado, a o 2013, por la rutañ 160, en la comuna de Coronel, en direcci n sur a norte, por la segunda pista deó circulaci n. Al llegar al cruce de la intersecci n de Avda. Galvarino, enfrentando luzó ó verde del sem foro funcionando, fue impactado por el veh culo Station Wagon, queá í realizaba un viraje hacia el sur, placa patente GRWS-68, en ese entonces propiedad de la demandada de marras, como se acredita con los documentos acompa ados en unñ otros de su demanda. Agrega, que su veh culo, result con da os de consideraci n ení í ó ñ ó toda la parte frontal y costado derecho del veh culo, lo que se acreditar en laí á oportunidad procesal que corresponda. Se ala que antecedentes pasaron a conocimientoñ del Juzgado de Polic a Local de Coronel, en causa Rol N 16.444-2014, dict ndoseí º á sentencia el d a 8 de marzo de 2016, en la cual se tiene por establecida laí responsabilidad infraccional de do a ñ LORETO JULIANA GUERRA TAPIA, conden ndola al pago de una multa de uno coma cinco unidades tributarias mensualesá (1,5 UTM), por su responsabilidad en el accidente de acuerdo a lo previsto en los art culos 108 (Actual art culo 114) y 104 inciso 1 (Actual art culo 110 n mero 1 letra C)í í ° í ú de la ley 18.290, esto es conducir un veh culo sin ir atento a las condiciones del tr nsito,í á no respetando la luz roja, manteniendo su veh culo en circulaci n, siendo su conducta laí ó causa principal del accidente, y absolvi ndole de toda responsabilidad en los hechos.é Da o material o emergente: Da o material Monto: ñ ñ Repuestos $ 6.806.049. Obra de mano $ 770.246. IVA $ 1.439.496. TOTAL $9.015.791. Da o Moral:ñ $ 9.000.000. El Derecho: Al efecto, el actor funda la demanda en los art culos 114 incisoí 1 y 2 , 172, y 174 de la Ley 18.290 de la Ley de Tr nsito como asimismo en los° ° á art culos 1.437, 2.314, 2.329 del C digo Civil. Asimismo, la demandante bas ndose en laí ó á doctrina que se ala los requisitos para que opere la responsabilidad extracontractual.: ñ a) Una comisi n u omisi n que constituyan un il cito civil. Se ala que la demandadaó ó í ñ incurri en una comisi n ya que fue la nica responsable en conducir un veh culo sin iró ó ú í atenta a las condiciones del tr nsito, sin respetar la luz roja. á b) Que el autor sea capaz de delito o cuasidelito. Al efecto, la demandada es mayor

Fallo

Por tanto, ruega tener por interpuesta demanda de indemnizaci n deó perjuicios en contra de do a ñ LORETO JULIANA GUERRA TAPIA, ya individualizada, en su calidad de conductora, del veh culo que provoc los da os, y porí ó ñ tanto responsable de los mismos, ocasionados al veh culo placa patente FJFF-66,í admitirla a tramitaci n, para en definitiva acogerla, disponer que: ó 1.- Se condene a la demandada a indemnizar al demandante por los siguientes montos y conceptos: A. Por da o emergente: ñ $9.015.791 B. Por da o moral: ñ $9.000.000 o, en subsidio la suma inferior que el tribunal determine. 2.- Las sumas que deber pagar la demandadaá deber n ser reajustadas conforme a la variaci n que haya experimentado el ndice deá ó Í Precios al Consumidor (I.P.C.), o el indicador que legalmente haga sus veces, entre la fecha de ocurrir el hecho da oso y la de su pago efectivo, m s intereses corrientes parañ á operaciones reajustables por el mismo per odo; o bien que ser n reajustadas y se leí á aplicar n los intereses que el tribunal determine, todo ello de la manera, y conforme aá las bases, per odos y m todo de c lculo que US. establezca, 3.-Que se condena a laí é á demandada a pagar las costas procesales y personales de la causa. 2 .-° Que con fecha 01 de junio del 2021 tuvo lugar el comparendo de estilo con la asistencia del apoderado de la parte demandante y del apoderado de la parte demandada. La parte demandante ratifica la demanda en todas sus partes con costas. El tribunal tiene p

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Tomé CAUSA ROL : C-83-2021 CARATULADO : GUTI RREZ/GUERRAÉ Tome, veintiocho de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Son partes en este juicio sumario indemnizatorio Rol C-83-2021 como demandante don LUIS AURELIO GUTIERREZ BROT, jubilado, c dula deé identidad 6.543.108-4, domiciliado en Pabell n 10, Casa D, de la

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