5º Juzgado Civil de Santiago

MILLAR/ROMERO

Rol

C-8418-2021

Fecha

28 de diciembre de 2021

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 19 de octubre del a o 2021 folio 1, comparece Albertoñ Urrejola Davanzo, abogado habilitado para el ejercicio de la profesi n,ó domiciliado en Avenida Apoquindo 6410, oficina 212, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, en representaci n, de don Alejandro Millaró ó Hern ndez, empleado, domiciliado en Avenida Apoquindo 6410, oficinaá 212, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, deduciendo demandaó de terminaci n inmediata de contrato de arrendamiento, por no pago deó rentas y restituci n de la propiedad en contra de In s Del Carmen Romeroó é P ez, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Alfa Centauro 1665,á ó comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, en procedimiento especialó conforme art culo 8 de la Ley 18.101 conforme a los art culo 1915 y 1977 yí í siguientes del C digo Civil; solicitando se someta a tramitaci n y, enó ó definitiva, se declare la terminaci n del contrato de arrendamiento deló inmueble y se ordene su restituci n; se condene a la demandada al pago deó todas las rentas adeudadas y las dem s que se devenguen durante la secuelaá del juicio, m s multas, servicios b sicos y gastos comunes, todo hasta laá á restituci n del inmueble, fundado en los antecedentes de hecho y derechoó que expone. Se ala que con fecha 1 de mayo del a o 2021, Alejandro Millarñ ñ Hern ndez celebr contrato de arrendamiento con do a In s Del Carmená ó ñ é Romero P ez, respecto del inmueble ubicado en Alfa Centauro 1665,á comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, cuyo plazo ser a de 6 meses,ó í no renovable. Agrega que en la cl usula tercera del contrato de arrendamiento, seá pact que la renta ascender a a la suma de $350.000.-, reajustableó í trimestralmente seg n variaci n del IPC, y la que se pagar a en formaú ó í anticipada, dentro de los 5 primeros d as de cada mes. í RIT« » Foja: 1 Agrega que en anexo de contrato adjunto, se acord un incrementoó de $100.000.-, a la renta establecida anteriormente, por tanto, la renta asciende a la suma de $4

Fundamentos

motivos de cobranza un monto de 0,1 UF .” Expone que el arrendatario, no ha hecho el pago ntegro de la rentaí pactada en contrato de arrendamiento y su respectivo anexo, pagando s loó la suma de $350.000, esto, desde el mes de mayo de 2021. En conclusi n, por concepto de rentas de arrendamiento, la deudaó asciende a la suma de $600.000.-, hasta la fecha, correspondientes a la diferencia pendiente de pago en las rentas de los meses de mayo hasta octubre de 2021. Asimismo expone que ha solicitado al arrendatario la restituci n y eló pago de lo adeudado, sin obtener respuesta alguna al respecto, manteni ndose la deuda hasta la fecha. Agrega que, con fecha 9 deé septiembre del presente a o, Alejandro Millar Hern ndez envi a lañ á ó demandada, arrendataria, carta certificada al arrendatario, notific ndole suá voluntad de poner t rmino al contrato y solicit ndole la devoluci n de laé á ó propiedad para el d a 31 de octubre, sin obtener ninguna respuesta hasta laí fecha. Es por esto que solicita que se declare la terminaci n del contrato deó arrendamiento, que se condene a la parte demandada pagar la suma correspondiente a rentas adeudadas, que realice el pago de los servicios b sicos y rentas que se devenguen durante el juicio, m s los intereses,á á reajustes y costas ; restituir la propiedad en forma inmediata. En subsidio demanda el desahucio del contrato. RIT« » Foja: 1 Con fecha 24 de noviembre del a o 2021, se notific personalmente,ñ ó In s del Carmen Romero P ez, en el mismo acto se practic la primeraé á ó reconvenci n de pago y no pago las rentas demandadas. ó Con fecha 13 de diciembre del a o 2021, se llev a cabo elñ ó comparendo de estilo, con la asistencia de la parte demandante y en rebeld a de la demandada, en esa oportunidad se realiz la segundaí ó reconvenci n de pago.ó En la audiencia se tuvo por contestada la demanda, en rebeld a de lsí demandada.- Se realiz el llamado a conciliaci n lo que no se produjo por laó ó rebeld a se alada. Se recibi la causa a prueba, rindi ndose la que consta ení ñ ó é autos. En la misma audiencia se cit a las partes a o r sentencia.ó í Con lo relacionado y considerando. PRIMERO: Que con fecha 19 de octubre del a o 2021, folio 1,ñ Alberto Urrejola Davanzo, en representaci n, Alejandro Millar Hern ndezó á deduce demanda de terminaci n inmediata de contrato de arrendamiento,ó por no pago de rentas y restituci n de la propiedad en contra de In s Deló é Carmen Romero P ez, en procedimiento especial conforme art culo 8 de laá í Ley 18.101, fund ndose para ello en los antecedentes de hecho y de derechoá expuestos en su libelo y que han sido precedentemente rese ados en loñ expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que de lo establecido en los art culos 1545, 1938 yí 1942 del C digo Civil se desprende que el contrato de arrendamiento es unó contrato bilateral, por medio del cual una de las partes, el arrendador, concede el goce una cosa y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar el precio o renta determinada

Fallo

por tanto, la renta asciende a la suma de $450.000.- Respecto de la vigencia del contrato de arrendamiento, se pact queó el contrato tendr a una duraci n de 6 meses, no prorrogable, por lo que aí ó su juicio concluir a el d a 31 de octubre de 2021 (sic).í í “ ” En cuanto a la multa se ala que en la cl usula tercera del contratoñ á se alado, se estableci lo siguiente:ñ ó Al momento de acumular un retraso de m s de 10 d as en el pago“ á í del respectivo periodo se proceder a efectuar multa por cada d a de retrasoá í por motivos de cobranza un monto de 0,1 UF .” Expone que el arrendatario, no ha hecho el pago ntegro de la rentaí pactada en contrato de arrendamiento y su respectivo anexo, pagando s loó la suma de $350.000, esto, desde el mes de mayo de 2021. En conclusi n, por concepto de rentas de arrendamiento, la deudaó asciende a la suma de $600.000.-, hasta la fecha, correspondientes a la diferencia pendiente de pago en las rentas de los meses de mayo hasta octubre de 2021. Asimismo expone que ha solicitado al arrendatario la restituci n y eló pago de lo adeudado, sin obtener respuesta alguna al respecto, manteni ndose la deuda hasta la fecha. Agrega que, con fecha 9 deé septiembre del presente a o, Alejandro Millar Hern ndez envi a lañ á ó demandada, arrendataria, carta certificada al arrendatario, notific ndole suá voluntad de poner t rmino al contrato y solicit ndole la devoluci n de laé á ó propiedad para el d a 31 de octubre, sin obtener ninguna respuesta hasta laí fe

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8418-2021 CARATULADO : MILLAR/ROMERO Santiago, veintiocho de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 19 de octubre del a o 2021 folio 1, comparece Albertoñ Urrejola Davanzo, abogado habilitado para el ejercicio de la profesi n,ó domiciliado en Avenida Apoquindo 6410, oficina 212, comuna de

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