2º Juzgado Civil de Temuco

FACTORONE S.A./AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL MAKSUR SPA

Rol

C-2236-2021

Fecha

27 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 23 de Julio de 2021 comparece la abogada doña Cherie Romero Malla, en representación de la Sociedad FactorOne S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rut Nº 76.635.200-6, representada legalmente por Felipe Alberto Muñoz Rodríguez, Ingeniero Comercial, todos domiciliados para estos efectos en la sucursal de la sociedad actora, ubicada en calle Andrés Bello Nº 841, oficina 901, Comuna de Temuco, quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de Agrícola Ganadera y Forestal Maksur SPA, Rut Nº 77.144.883-6, representada por doña Karen Nicole Aeschlimann Yañez, cédula de identidad Nº 15.243.081-7, se ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en El Tirol 180, casa 145, Temuco y en contra de doña Karen Nicole Aeschlimann Yañez, ya individualizada, en su calidad de avalista y codeudora solidaria, en base a los argumentos de hecho y derecho que expone en su demanda. Con fecha 30 de agosto de 2021 las demandadas fueron notificadas personalmente de la demanda y requeridas de pago. Con fecha 03 de septiembre de 2021 la ejecutada opone excepciones a la ejecución. Con fecha 06 de octubre 2021 la ejecutante evacúa el traslado conferido. Con fecha 08 de octubre de 2021 se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 14 de diciembre de 2021 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de Julio de 2021 la abogada doña Cherie Romero Malla, en representación de la Sociedad FactorOne S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rut Nº 76.635.200-6, representada legalmente por Felipe Alberto Muñoz Rodríguez, Ingeniero Comercial, todos domiciliados para estos efectos en la sucursal de la sociedad actora, ubicada en calle Andrés Bello Nº 841, oficina 901, Comuna de Temuco, dedujo demanda ejecutiva en contra de Agrícola Ganadera y Forestal Maksur SPA, Rut Nº 77.144.883-6, representada por doña Karen Nicole Aeschlimann Yañez, cédula de identidad Nº 15.243.081-7, se ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en El Tirol 180, casa 145, Temuco y en contra de doña Karen Nicole Aeschlimann Yañez, ya individualizada, en su calidad de avalista y codeudora solidaria, en base a los argumentos de hecho y derecho que expone en su demanda, al siguiente tenor: “Los hechos :Mi representada es dueña del Pagaré Nº 112205, por un valor de $20.881.123.- (veinte millones ochocientos ochenta y un mil ciento veintitrés pesos). Según consta en escritura pública de fecha 06 de enero de 2021, repertorio Nº 40- 2021, otorgada ante Rodrigo Sanhueza Ríos Notario Público Suplente del Titular de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, Karen Nicole C-2236-2021 Foja: 1 Aeschlimann Yañez en representación de Agrícola Ganadera y Forestal Maksur SPA, suscribieron con FactorOne S.A. el contrato de Factoring y Mandato especial e irrevocable que se acompaña en un otrosí. En la cláusula décima de dicho instrumento Agrícola Ganadera y Forestal Maksur SPA, confirió a Factorone S.A. mandato comercial e irrevocable en los en los términos del artículo doscientos cuarenta y uno del Código de Comercio, para que “actuando separadamente en nombre y representación del mandante, por medio de apoderados autorizados por el mandatario, proceda a reconocer deudas, llenar y/o suscribir a la orden de Factorone S.A., con facultad de autocontratar y sin ánimo de novar, uno o más pagares por la cantidad correspondiente a las sumas que el cliente adeudare a Factorone S.A., originadas de una o más operaciones que hubiere realizado, incluido capital, intereses y otros gastos; siguiendo las instrucciones que se señalaran…” Luego, en el mismo contrato se estipula que “Factorone S.A. queda además especialmente autorizada para incorporar en el o los pagares que suscriban, todas las menciones necesarias para su validez como título ejecutivo, pudiendo establecer todas las menciones exigidas por la ley numero dieciocho mil noventa y dos y, hacer autorizar la firma de los apoderados ante Notario Público u otro ministro de fe competente, liberándolo de la obligación de protesto” En la cláusula referida, Agrícola Ganadera y Forestal Maksur SPA, legalmente representada, imparte las instrucciones a las que debe someterse FactorOne S.A. en la ejecución de este cometido, en particular al incorporar las enunciaciones relativas a la cantidad, fecha de vencimient

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 14 de diciembre de 2021 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de Julio de 2021 la abogada doña Cherie Romero Malla, en representación de la Sociedad FactorOne S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rut Nº 76.635.200-6, representada legalmente por Felipe Alberto Muñoz Rodríguez, Ingeniero Comercial, todos domiciliados para estos efectos en la sucursal de la sociedad actora, ubicada en calle Andrés Bello Nº 841, oficina 901, Comuna de Temuco, dedujo demanda ejecutiva en contra de Agrícola Ganadera y Forestal Maksur SPA, Rut Nº 77.144.883-6, representada por doña Karen Nicole Aeschlimann Yañez, cédula de identidad Nº 15.243.081-7, se ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en El Tirol 180, casa 145, Temuco y en contra de doña Karen Nicole Aeschlimann Yañez, ya individualizada, en su calidad de avalista y codeudora solidaria, en base a los argumentos de hecho y derecho que expone en su demanda, al siguiente tenor: “Los hechos :Mi representada es dueña del Pagaré Nº 112205, por un valor de $20.881.123.- (veinte millones ochocientos ochenta y un mil ciento veintitrés pesos). Según consta en escritura pública de fecha 06 de enero de 2021, repertorio Nº 40- 2021, otorgada ante Rodrigo Sanhueza Ríos Notario Público Suplente del Titular de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, Karen Nicole C

Texto Completo (Preview)

C-2236-2021 Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-2236-2021 CARATULADO : FACTORONE S.A./AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL MAKSUR SPA Temuco, veintisiete de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 23 de Julio de 2021 comparece la abogada doña Cherie Romero Malla, en representación de la Sociedad FactorOne S.A., persona jurídica

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