22º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/VIVEROS

Rol

C-8896-2020

Fecha

27 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, comparece Jos Miguel Matte Risopatr n, abogado,é ó mandatario judicial del BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n, cuyo Gerenteó ó General es Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos con domicilio para estos efectos en Av. Libertador Bernardo O Higgins N 1449’ ° Torre IV, Piso 8, Edificio Santiago Down - Town, comuna de Santiago, quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de PEDRO ANTONIO VIVEROS MAUREIRA, ignora profesi n u oficio, conó domicilio en Pasaje Alceo N 2840, Comuna De Maip .° ú Funda su pretensi n en el hecho de ser su representada due a deló ñ pagar N D05199961608, de fecha 05 de junio de 2019, suscrito ené ° representaci n de la ejecutada por Marcela Alejandra Mu oz Contreras,ó ñ debidamente facultada, por la suma de $4.232.917.-, por concepto de capital, pagadero en 24 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $208.052.- cada una, con vencimientos los d as 03 de cada mes, venciendo la primeraí de ellas el d a 03 de julio de 2019. A ade el hecho de haberse pactadoí ñ intereses y cl usula de aceleraci n.á ó Explica que la demandada no pag la cuota N 09, con vencimiento al 03ó ° de marzo de 2020, raz n por la cual viene en hacer exigible el total de loó adeudado ascendente a la suma de $2.971.640.-, m s intereses y costas.á A folio 12, consta notificaci n personal subsidiaria a la ejecutada.ó C-8896-2020 Foja: 1 A folio 14, la parte ejecutada deduce las excepciones de los art culosí 464 N 2, 4, 6, 7, 8 y 14 del C digo de Procedimiento Civil, con costas.° ó En cuanto a la primera de las excepciones, indica que el mandatario que comparece por el demandante, en ninguna parte de la cadena de poderes, ha sido delegado por los otorgantes, a quien se le han concedido las facultades judiciales que invoca en esta causa. Respecto a la segunda excepci n, esto es la ineptitud del libelo,ó descansa sobre dos reproches distintos. Por una parte la falta de d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ interpone demanda ejecutiva en contra de PEDRO ANTONIO VIVEROS MAUREIRA, seg n fuere anteriormente expuesto. ú SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso las excepciones del art culo 464 N 2, 4, 6, 7, 8 y 14 del C digo de Procedimiento Civil,í ° ó conforme fuere anotado previamente. TERCERO: Que, en consecuencia, la acertada decisi n del asuntoó pasa por determinar si el mandatario de la ejecutante carece de facultades para comparecer en juicio, si existen circunstancias que tornen inepto el libelo, si se presentan circunstancias que provocan que el t tulo cobrado ení autos sea falso, si el pagar materia de autos adolece de defectos queé frustren su m rito ejecutivo, si se ha sobrevalorado la deuda, o si laé obligaci n de autos adolece de un vicio de nulidad.ó CUARTO: Que, en cuanto a la primera defensa, a folio 3 se adjuntó instrumento titulado Acta n mero seiscientos cuarenta y dos de la reuni n“ ú ó de directorio del Banco de Cr dito e Inversiones celebrada el martesé veinticinco de junio de dos mil diecinueve , en el cual consta mandato” judicial conferido por la ejecutante a diversos letrados, entre ellos a José Miguel Matte Risopatr n, respecto al cual ó “( ) El Directorio, por la… unanimidad de sus miembros presentes, acord otorgar poder deó representaci n judicial y extrajudicial ( )ó … .” En concordancia con lo anterior, la actora consta con toda las facultades para accionar en los presentes autos, y adem s en dicho instrumento, se expresa que á “( ) Asistieron tambi n el… é Gerente General, se or Eugenio Von Chrismar Carvajal ( )ñ … ,” y teniendo presente que seg n el art culo 49 de la Ley N 18.046, sobre Sociedadesú í ° An nimas, el cual establece que ó “Al gerente o gerente general en su caso, C-8896-2020 Foja: 1 corresponder la representaci n judicial de la sociedad estando legalmenteá ó investido de las facultades establecidas en ambos incisos del art culo 7 delí ° C digo de Procedimiento Civil( )ó … , de esta forma siendo carga de la” demandada desvirtuar la presunci n antes mencionada, y no habi ndoseó é rendido probanza alguna en dicho orden, corresponde rechazar su planteamiento. QUINTO: Que, respecto a la segunda defensa formulada, esto es, la ineptitud del libelo, debe recordarse que conforme lo han resuelto insistentemente nuestros Tribunales Superiores de Justicia, nos hallaremos ante tal defecto cuando “mal formulada, ininteligible o vaga respecto de las personas o de la causa de pedir o de la cosa pedida, de modo que se afecte el derecho de la contraparte a poder defenderse . ” La demandada, fundamenta su excepci n en dos argumentos diversos.ó Por una parte expresa que, el actor no ha cumplido con lo dispuesto en el art culo 254 N 2 del C digo de Procedimiento Civil, y por otra parte, losí ° ó antecedentes expuestos en el libelo no justificar an el monto perseguido ení autos. En cuanto al primero de ellos, ha cumplido cabalmente con lo dispuesto en la norma en come

Fallo

POR TANTO, visto lo dispuesto en el art culo 1698, 2492, 2514 yí siguientes del C digo Civil, 139, 140, 170, 434, 438, 459 y siguientes, 464ó N 2, 4, 6, 7, 8 y 14, 465, 466 y 471 del C digo de Procedimiento Civil y° ó la reglamentaci n pertinente de la Ley N 18.092, se resuelve: ó ° I.- Que, SE RECHAZAN las excepciones del art culo 464 N 2, 4,í ° 6, 7, 8 y 14 del C digo de Procedimiento Civil, opuestas por el ejecutadoó orden ndose seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplidoá ó pago de su acreencia a la ejecutante, m s los intereses moratorios pactados.á II.- Que, SE CONDENA en costas al ejecutado. Reg strese y notif quese.í í C-8896-2020 Pronunciada por do a Lorena Cajas Villarroel, Juez Suplente.ñ C-8896-2020 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-27T14:52:40-0300

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C-8896-2020 Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8896-2020 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/VIVEROS Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, comparece Jos Miguel Matte Risopatr n, abogado,é ó mandatario judicial del BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , sociedad a

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