22º Juzgado Civil de Santiago

SANTANDER CONSUMER CHILE S.A./BRAVO

Rol

C-8782-2020

Fecha

27 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Sebasti n Fern ndez Del Pino, abogado, ená á calidad de mandatario judicial de SANTANDER CONSUMER CHILE S.A., sociedad del giro de su denominaci n, representada a su vez por eló Se or Jorge Julio Tagle Arrizaga, ingeniero comercial, todos domiciliadosñ para estos efectos en Amun tegui N 277 oficina 500, Santiago, quien vieneá º en interponer demanda ejecutiva en contra de RODRIGO JAVIER BRAVO VELIZ, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Cerro de Losó Llanos N 19348, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago.° Funda su pretensi n, en que su mandante es due a del Pagaró ñ é N 860997, extendido a la orden de su representada, el cual fue suscrito por° la demandada con fecha 11 de junio de 2019, y cuya firma se encuentra autorizada ante Notario, por la cantidad de $10.486.316.- por concepto de capital, m s un inter s igual al 1,79% cada 30 d as, suma que deb a pagarseá é í í en 55 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $303.973.-, siendo el vencimiento de la primera cuota para el d a 15 de julio de 2019. A ade elí ñ hecho de haberse pactado una cl usula de aceleraci n e interesesá ó moratorios. Con todo, se ala ser del caso la ejecutada no dio cumplimiento a suñ obligaci n contra da encontr ndose en mora en el pago de la cuota conó í á vencimiento el d a 16 de marzo de 2020, adeudando a la fecha la suma deí $9.567.881.-, suma a la que debe recargarse el inter s m ximo convencionalé á para operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional, hasta la fechaé del pago efectivo, de acuerdo con lo establecido como inter s penal.é C-8782-2020 Foja: 1 Debido a lo anterior, es que viene en interponer demanda ejecutiva en contra de la demandada ya individualizada, solicitando que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma total deó $9.567.881.-, m s reajustes e intereses, y que se siga adelante con estaá ejecuci n hasta hacer a su mandante entero y cumplido pago de estasó sumas, con expresa condenaci n en costas.ó A

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, SANTANDER CONSUMER CHILE S.A. interpone demanda ejecutiva en contra de RODRIGO JAVIER BRAVO VELIZ, seg n fuere anteriormente expuesto.ú C-8782-2020 Foja: 1 SEGUNDO: Que, a su turno, la parte ejecutada dedujo la excepci nó del art culo 464 N 2, 7, 14 y 11 del C digo de Procedimiento Civil, seg ní ° ó ú ya fuere expuesto con precedencia. TERCERO: Que, en consecuencia, la acertada decisi n del asuntoó pasa por determinar si el mandatario de la ejecutante carece de facultades para comparecer en juicio, si el pagar materia de autos adolece de defectosé que frustren su m rito ejecutivo, si la obligaci n de autos adolece de uné ó vicio de nulidad o si se han concedido esperas o pr rrogas para eló cumplimiento de la obligaci n por parte del acreedor.ó CUARTO: Que, en cuanto a la primera defensa, a folio 3 se adjuntó mandato judicial conferido por la ejecutante a diversos letrados, entre ellos a Sebasti n Fern ndez del Pino, quien interpone la demanda. á á Que, no obstante lo anterior, en el referido mandato judicial comparece Ademir Guillermo Ibacache Gonz lez y Juan Alejandroá Siraqyan P rez, é ( ) ambos en representaci n de SANTANDER“ … ó CONSUMER CHILE S.A. , lo cual es complementado en su cl usula” á s ptima, la que establece que é “La personer a de don ADEMIRí GUILLERMO IBACACHE GONZ LEZ y de don JUAN ALEJANDROÁ SIRAQYAN P REZ, para representar a SANTANDER CONSUMERÉ CHILE S.A., consta en escritura p blica ( ) la que no se inserta por serú … conocida de las comparecientes y del Notario que Autoriza ( )… .” As las cosas, del instrumento precedentemente analizado no esí posible colegir que don Jorge Tulio Tagle Arrizaga, quien comparece en autos como representante legal de la instituci n bancaria demandante, seaó efectivamente su representante, el cual adem s, conforme al relato delá letrado Sebasti n Fern ndez del Pino, debi conferirle poder suficiente paraá á ó actuar en autos interponiendo la acci n objeto de esta decisi n. ó ó Debido a lo anterior, es que el mandato judicial acompa ado en autosñ no da fe de la representaci n legal del demandante, toda vez que no constaó en autos la calidad de representante legal de quien dice serlo. En raz n deó lo expuesto y razonado, y no habiendo acreditado la ejecutante que aquel que comparece en calidad de representante legal efectivamente lo sea, es que deber acogerse la excepci n opuesta. á ó C-8782-2020 Foja: 1 QUINTO: Que, habi ndose acogido la excepci n de falta deé ó personer a, es que no ser necesario un pronunciamiento sobre las restantesí á excepciones opuestas. SEXTO: Que, habiendo resultado vencida la ejecutante, las costas ser n de su cargo, por disponerlo expresamente el art culo 471 del C digoá í ó de Procedimiento Civil.

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi laó causa a prueba. A folio 27, se reactiva el t rmino probatorio.é A folio 29, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, SANTANDER CONSUMER CHILE S.A. interpone demanda ejecutiva en contra de RODRIGO JAVIER BRAVO VELIZ, seg n fuere anteriormente expuesto.ú C-8782-2020 Foja: 1 SEGUNDO: Que, a su turno, la parte ejecutada dedujo la excepci nó del art culo 464 N 2, 7, 14 y 11 del C digo de Procedimiento Civil, seg ní ° ó ú ya fuere expuesto con precedencia. TERCERO: Que, en consecuencia, la acertada decisi n del asuntoó pasa por determinar si el mandatario de la ejecutante carece de facultades para comparecer en juicio, si el pagar materia de autos adolece de defectosé que frustren su m rito ejecutivo, si la obligaci n de autos adolece de uné ó vicio de nulidad o si se han concedido esperas o pr rrogas para eló cumplimiento de la obligaci n por parte del acreedor.ó CUARTO: Que, en cuanto a la primera defensa, a folio 3 se adjuntó mandato judicial conferido por la ejecutante a diversos letrados, entre ellos a Sebasti n Fern ndez del Pino, quien interpone la demanda. á á Que, no obstante lo anterior, en el referido mandato judicial comparece Ademir Guillermo Ibacache Gonz lez y Juan Alejandroá Siraqyan P rez, é ( ) ambos en representaci n de SANTANDER“ … ó CONSUMER CHILE S.A. , lo cual es complementado en su cl usula” á s ptima, la que establece que é “La personer a de don ADEMIRí GUILLERMO

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C-8782-2020 Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8782-2020 CARATULADO : SANTANDER CONSUMER CHILE S.A./BRAVO Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTO: A folio 1, comparece Sebasti n Fern ndez Del Pino, abogado, ená á calidad de mandatario judicial de SANTANDER CONSUMER CHILE S.A., sociedad del giro de su

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