2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

ALFARO/

Rol

V-488-2021

Fecha

27 de diciembre de 2021

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció don Luis Morales Santana, cédula de identidad número 12.800.976-0, don Marcelo Alvial Lillo, cédula de identidad número 14.429.609-5 y don Daniel Aguirre Aguirre, cédula de identidad N°13.012.625-1,todos abogados de la Corporación de Asistencia Judicial, consultorio jurídico centro, en representación de don José German Alfaro Godoy, cedula de identidad N°5.160.948-4, chileno, casado, jubilado, domiciliado en Avenida Cerro Paranal N°375, departamento N°505 del Edificio Guadalupe, de esta ciudad. Deducen la gestión voluntaria de nombramiento de curador, respecto de doña Ximena Verónica Reyes Soto, cédula nacional de identidad número 6.102.359-3, chilena, domiciliada en Avenida Cerro Paranal N°375, departamento N°505 del edificio Guadalupe, Antofagasta Fundan su solicitud y señalan que don Jorge German Alfaro Godoy es cónyuge de doña Ximena Verónica Reyes Soto. Agregan que doña Ximena Verónica Reyes Soto, nació el día 15 de febrero del año 1953, actualmente tiene 68 años de edad y padece de discapacidad mental y psíquica de un 80 % y discapacidad física la cual asciende al mismo porcentaje, esto es, 80 %, lo cual consta en credencial de discapacidad del Servicio de Registro Civil. Agregan que, lo que motivó dicha discapacidad psíquica y física se debe a un accidente de tránsito de tipo atropello que doña Ximena Reyes sufrió hace 10 años atrás. A partir del hecho antes señalado, se comenzó a tramitar la interdicción de doña Ximena Reyes, trámite que culminó con la sentencia definitiva, de fecha 26 de febrero del año 2015. En ella se declaró la 1 Código: TEFDXNXMCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl interdicción de la solicitada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, causa Rol C-1581-2014. Señalan que, si bien dicho trámite terminó de manera satisfactoria, no se realizó el trámite del nombramiento de curador, ya que en dicha causa solo se solicitó lo relativo a la declaración de interdicción, más no al nombramiento de curador. Indica que doña Ximena Reyes Soto ha empeorado en su condición y por ello su cónyuge don José German Alfaro González, solicita el nombramiento de curador nombrándosele como tal a él, teniendo en cuenta que él que se hace cargo de todos los cuidados de la solicitada. Cita los artículos 456, 462 N°2, 1.446, 1447 del Código Civil y el artículo 5° de la Ley 20.442, articulo 2 y 4 de la Ley 18.600 y solicita tener por interpuesta gestión voluntario de nombramiento de curador en contra de doña Ximena Verónica Reyes Soto, suficientemente individualizada en autos, acogerla a tramitación y declarar como curador definitivo a su representado don José Germán Alfaro Godoy, ya individualizado en autos, en atención a los hechos expuestos, siendo él la persona encargada de todas las atenciones necesarias que permiten mantener al solicitado en un buen estado y de efectuar todos los trámites necesarios para su subsi

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 338, 447, 456, 461 y 462 del Código Civil; 160, 170 y 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y la Ley Nº 19.954 que modificó la Ley Nº 18.600; se declara: I.- Que se acoge la solicitud de nombramiento de curador interpuesta por don Luis Morales Santana; don Marcelo Alvial Lillo; y don Daniel Aguirre Aguirre, Abogados de la Corporación de Asistencia Judicial, consultorio jurídico centro, en representación de don José German Alfaro Godoy, en contra de doña Ximena Verónica Reyes Soto, todos ya individualizados. II.- Que en consecuencia se designa curador de bienes a don José German Alfaro Godoy, cedula de identidad 5.160.948-4, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 462 Nº 1 del Código Civil. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Rol V-488-2021 Dictada por doña Marjorie Galleguillos Ayala, Juez 4 Código: TEFDXNXMCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Subrogante. En Antofagasta, a veintisiete de diciembre del año dos mil veintiuno, se anotó en el estado diario la presente sentencia de acuerdo a lo previsto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. 5 Código: TEFDXNXMCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2021-12-27T14:28:48-0300

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CAUSA ROL : V-488-2021 MATERIA : NOMBRAMIENTO DE CURADOR. CÓDIGO : N01A SOLICITANTE : JOSE GERMAN ALFARO GODOY. FECHA INICIO : 04.08.2021 Antofagasta, a veintisiete de diciembre del año dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció don Luis Morales Santana, cédula de identidad número 12.800.976-0, don Marcelo Alvial Lillo, cédula de identidad número 14.429.609-5 y don Danie

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