2º Juzgado de Letras de Osorno

ELECTRICA PILMAIQUEN S.A./

Rol

V-122-2021

Fecha

27 de diciembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes voluntarios digitales rol V 122 2021, comparece don Víctor Enrique Pérez Villa, Chileno, Casado, Abogado, RUN 12.422.032-7, actuando en representación de Empresa Eléctrica Pilmaiquén S A., RUT 95.511.810-1, domiciliada en avenida Vitacura N°2969 piso 7, comuna de las Condes, Santiago; presenta el 1 de septiembre de 2021, pedimento con el objeto de establecer la existencia de minerales de libre adquisición en terrenos no aptos para el cultivo, ubicados en la comuna de Puyehue, provincia de Osorno, de la Décima Región de Los Lagos, un yacimiento de sustancias concesibles, que denominará “CAPILLA B1”, de una superficie de 100 hectáreas, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio referidas al Elipsoide de Referencia Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Huso 18, son las siguientes: Norte 5.502.800,00 metros y Este 688.950,00 metros y corresponde a la intersección de un cuadrado cuyas aspas con orientación Norte-Sur U.T.M. una superficie de 1.000 metros de largo en el sentido norte-sur por 1.000 metros en el sentido este-oeste, y encerrando una superficie total de 100 hectáreas de terreno.- Dicho pedimento fue inscrito el 10 de septiembre de 2021, a fojas 69 número 30, del Registro de Descubrimientos de Minas de año 2021 del Conservador de Minas de Osorno, y la copia de esta inscripción fue publicada íntegramente en el Boletín Oficial de Minería de Santiago, con fecha 27 de septiembre de 2021, VII Sección, CVE 2014302, según da cuenta de la pieza acompañada de dicho ejemplar en el folio 5. Se pagó la tasa del pedimento y la patente proporcional en tiempo y forma, según consta en el folio 5. En el folio 5 y con fecha 12 de noviembre de 2021, y dentro de plazo legal, se solicita dictación de sentencia constitutiva de la concesión. En el folio 8, el Servicio Nacional de Geología y Minería por oficio Nº2999, de fecha 23 de diciembre de 2021, informa que los aspectos técnicos relacionados con el pedimento y el plano de la c

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el peticionario cumplió con todos los trámites establecidos por la Ley, en tiempo y forma.- SEGUNDO: Que no existen faltas o ilegalidades sobre las que este Tribunal deba pronunciarse. TERCERO: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni caducidad que lo anulen y; CUARTO: Que en estas circunstancias, y atendido que según lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 57 del Código de Minería, no es facultad discrecional de los Tribunales otorgar la concesión o no hacerlo, por lo que solo corresponde declararla constituida. Con lo relacionado anteriormente y lo dispuesto, además, en los artículos 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 86, 87, 89, 90, 91 y 107 del Código de Minería, 160 y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: I.- Declárese constituida la concesión de exploración ubicada la comuna de Puyehue, provincia de Osorno, de la Décima Región de Los Lagos, un yacimiento de sustancias concesibles, que denominará “CAPILLA B1”, de una superficie total de 100 hectáreas, cuyas coordenadas U.T.M. de los vértices y la relación en azimut y distancia del vértice 1 con el punto medio son: Punto Medio: Norte 5.502.800,00 metros; Este: 688.950,00 metros. Vértice 1: Norte: 5.503.300,00 metros; Este: 688.450,00 metros. Vértice 2: Norte: 5.503.300,00 metros; Este: 689.450,00 metros. Vértice 3: Norte: 5.502.300,00 metros; Este: 689.450,00 metros. Vértice 4: Norte: 5.502.300,00 metros; Este: 688.450,00 metros. El vértice 1 se encuentra a una distancia U.T.M. de 707,11 metros y azimut U.T.M. de 150,0000 grados centesimales. El azimut está expresado en sistema centesimal. Las coordenadas U.T.M. están referidas al Elipsoide internacional 1924, origen Datum provisorio Sudamericano “La Canoa” 1956, Zona 18, II.- Otorgase la concesión constituida en el número anterior, a Empresa Eléctrica Pilmaiquén S. A., RUT 95.511.810-1, domiciliada en avenida Vitacura N°2969 piso 7, comuna de las Condes, de la ciudad de Santiago.. III.- Apruébese el plano de la concesión constituida y otorgada, acompañada en el folio 5, y archívese una copia en el Oficio del Conservador de Minas que se indica a continuación en el número V. IV.- Publíquese en extracto esta sentencia en el Boletín Oficial de Minería, antes de

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Osorno, veintisiete de diciembre de dos mil veintiuno.- VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes voluntarios digitales rol V 122 2021, comparece don Víctor Enrique Pérez Villa, Chileno, Casado, Abogado, RUN 12.422.032-7, actuando en representación de Empresa Eléctrica Pilmaiquén S A., RUT 95.511.810-1, domiciliada en avenida Vitacura N°2969 piso 7, comuna de las Condes, Santiago; presenta el 1 d

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