GALLO/CORPORACION EDUCACIONAL SER
Rol
C-498-2020
Fecha
24 de diciembre de 2021
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece la se ora Janet Eugenia Gallo Santib ez,ñ áñ empleada, domiciliada en parcela 14-A, Llanos de Ferrera, comuna de Vallenar, en representaci n de don Guido Hern n Gallo Carmona, jubilado, domiciliado en calleó á Balmaceda N 335, poblaci n Baquedano, comuna de Vallenar, deduciendo demanda deº ó reconvenciones de pago y terminaci n de contrato de arrendamiento en contra de laó Corporaci n Educacional Ser , persona jur dica de derecho privado del giro de suó “ ” í denominaci n, representada por do a Ver nica Fabiola P ez Pena, se ignora profesi n uó ñ ó á ó oficio, ambas con domicilio en calle Ram rez N 1586, de la ciudad de Vallenar.í º Que fundamenta su acci n se alando que con fecha 16 de junio del a o 2009ó ñ ñ don Guido Gallo Carmona y la Sociedad D az Ltda., celebraron un contrato deí arrendamiento sobre el inmueble ubicado en calle Ram rez N 1586, de Vallenar,í º suscribi ndose con fecha 29 de junio del a o 2010 un anexo mediante el cual se autorizé ñ ó el subarriendo de la propiedad a la Sociedad Educacional Praxis S.A., otro anexo el 26 de diciembre del a o 2011, por medio del cual se autorizaba el subarriendo a lañ Sociedad Educacional D az P ez Ltda., un anexo m s el d a 6 de febrero del a o 2015,í á á í ñ en que se modificaba la raz n social de la parte arrendataria, quedando sta comoó é Corporaci n Educacional Ser, denominaci n que se mantiene hasta la actualidad, y poró ó ltimo, con fecha 1 de abril del a o 2019, se suscribi el ltimo de dichos instrumentos,ú ñ ó ú pact ndose mediante el mismo que a contar del mes de marzo del a o 2019, la rentaá ñ ascender a a la $1.100.000.- mensuales, pagaderos los d as 15 de cada mes, reajustablesí í semestralmente seg n variaci n del IPC, y estableci ndose que la arrendataria deber aú ó é í pagar las contribuciones de la propiedad arrendada, correspondientes a las cuotas pendientes del segundo semestre el a o 2018, debiendo descontar del pago de las rentasñ de los meses de abril, junio, septiembre y noviembre, la suma de $80.000.-, las que eran de cargo del arrendador atendida la tasaci n de la propiedad original, e indic ndose queó á el contrato tendr a una duraci n de dos a os, renovables autom ticamente por per odosí ó ñ á í de 1 a o.ñ Que explica que la demandada no ha pagado las rentas de arrendamiento, encontr ndose en mora del pago de los meses de marzo del a o 2020 a agosto del a oá ñ ñ Foja: 1 2020, a raz n de $1.132.268 del mes de marzo de 2020, y de $1.232.268, por los mesesó de abril de 2020 a agosto de 2020, por lo que adeudar a a la fecha la suma deí $10.193.115.-, m s los respectivos reajustes en la proporci n en que hubiere variado elá ó valor de la unidad de fomento entre la fecha en que debieron realizarse y aquella en que efectivamente se hagan, de conformidad a lo se alado por el art culo 21 de la Leyñ í N 18.101, no habiendo solucionado tampoco el pago de las contribuciones de la° propiedad desde el segundo semestre del a o 2018, cuesti n que
Fallo
por lo expuesto, peticiona al tribunal tener por interpuesta demanda por reconvenciones de pago y terminaci n de contrato de arrendamiento en contra de laó Corporaci n Educacional Ser, declarando en definitiva el t rmino del contrato yó é condenar a la demandada al pago de las rentas adeudadas ascendentes a $10.193.115, m s todas las que se devenguen durante la secuela del juicio hasta la entrega delá inmueble; a la suma de $2.899.507 por deuda de impuestos territoriales y se ordene restituir la propiedad dentro de tercero d a despu s de que la sentencia que se dicte ení é estos autos cause ejecutoria, o desde el que se fije por el tribunal. SEGUNDO: Que en el primer otros de su presentaci n comparece igualmenteí ó la se ora Janet Eugenia Gallo Santib ez, en representaci n de don Guido Hern nñ áñ ó á Gallo Carmona, jubilado, domiciliado en calle Balmaceda N 335, poblaci n Baquedano,º ó comuna de Vallenar, demandando a la Sociedad Educacional Ser, en subsidio de lo principal y en el evento que la demandada intente enervar la acci n pagando las rentasó atrasadas y sus otras obligaciones, la terminaci n del contrato de arrendamiento referidoó en lo principal, al no desear perseverar con el contrato con la demandada , por los mismos fundamentos de hecho y derecho expuestos en lo principal de su escrito. TERCERO: Que no compareciendo la demandada a la audiencia de rigor, se tuvo por contestada la demanda en su rebeld a, y por fracasado el llamado a conciliaci ní ó por el mismo m
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Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Vallenarº CAUSA ROL : C-498-2020 CARATULADO : GALLO/corporacion educacional ser Vallenar, veinticuatro de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece la se ora Janet Eugenia Gallo Santib ez,ñ áñ empleada, domiciliada en parcela 14-A, Llanos de Ferrera, comuna de Vallenar, en rep
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