17º Juzgado Civil de Santiago

VARAS/SERVICIOS INTEGRALES MACLIN SPA

Rol

C-8022-2021

Fecha

24 de diciembre de 2021

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 29 de septiembre de 2021, por presentaci n realizada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece don Hern n Antonio Varasé á Gregorat, abogado, c dula de identidad N 11.225.327-0, domiciliado ené ° Pasaje Rosa Rodr guez N 1375, oficina 617, comuna de Santiago, Regi ní ° ó Metropolitana, quien interpone demanda en procedimiento sumario especial de la Ley N 18.101, de cobro de rentas adeudadas en contra de la° sociedad Servicios Integrales Maclin SpA, antes Servicios Integrales Maclin Limitada, sociedad del giro de servicios de seguridad privada, representada por don Daniel Rocha Ort z y/o por do a Ximena Rocha, de quienesí ñ ignora profesi n u oficio, con domicilio todos en calle Tucapel Jim nez Nó é ° 56, oficina 205, comuna de Santiago. Expone que con fecha 01 de julio de 2006 suscribi un contrato deó arrendamiento el cual tuvo por objeto el Box de Estacionamiento N 55 del° Primer Subterr neo del edificio con acceso por calle Manuel Rodr guez Ná í ° 53, comuna de Santiago, pactado de manera indefinida, estableci ndose queé cualquiera de las partes podr a ponerle t rmino avisando con un mes deí é anticipaci n. ó Indica que con fecha 22 de junio de 2021, se le comunic v aó í Whatsapp por parte de la arrendataria que no podr an seguir arrendando,í ofreciendo como arrendatario substituto, quien se le dijo era un familiar de los representantes legales de esa empresa y persona de su confianza, lo que fue aceptado, declar ndose terminado el contrato de arrendamiento yá suscribiendo un nuevo contrato con esta persona a contar de julio de 2021. Afirma que al momento de poner t rmino al contrato deé arrendamiento, la demandada adeudaba 6 meses de renta, a raz n deó $60.000.- mensuales, habida cuenta de los reajustes que el contrato primitivo hab a tenido durante todos los a os en que se mantuvo vigente. í ñ Precisa que el ltimo pago efectuado por la demandada en el mes deú febrero de 2021, alcanz la suma de $180.000.- correspondiente a la rentaó a

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos comparece don Hern n Antonio Varasá Gregorat quien deduce demanda de cobro de rentas adeudadas en contra de la sociedad Servicios Integrales Maclin SpA, antes Servicios Integrales Maclin Limitada, en su calidad de arrendataria, en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho ya rese ados en la parte expositiva deñ esta sentencia. SEGUNDO: Que, se tuvo por contestada la demanda, en rebeld aí de la parte demandada, hecho que constituye aquello que la doctrina denomina contestaci n ficta , esto es, que el silencio procesal de la parte“ ó ” demandada, debe interpretarse como una negaci n de todos y cada uno deó C-8022-2021 Foja: 1 los hechos en los cuales la actora ha fundado su pretensi n, de modo queó corresponder tenerlos por controvertidos. á TERCERO: Que, a partir de los art culos 1915 y siguientes delí C digo Civil, se desprende que el contrato de arrendamiento es un contratoó bilateral en virtud del cual, una de las partes cede el goce de una cosa a otra, y el arrendatario se obliga a pagar un precio o renta determinada, y a restituirla al t rmino del contrato.é CUARTO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 1942 delí C digo Civil, el arrendatario es obligado a pagar el precio o rentaó convenida. Por su parte, el art culo 7 de la Ley N 18.101, elí ° ° procedimiento establecido en dicho cuerpo legal es aplicable, entre otras materias, a las dem s cuestiones derivadas de estos contratos, por lo queá partiendo de la base que la misma demandante ha reconocido que el contrato de arrendamiento se encuentra terminado, la acci n de cobroó pretendida puede encausarse a trav s de procedimiento especial. é QUINTO: Que, entonces, la controversia suscitada en estos autos radica en dirimir acerca de la efectividad de haberse celebrado un contrato de arrendamiento entre las partes de esta causa, sus cl usulas, condiciones yá estipulaciones, y la efectividad de haber cumplido la demandada con el pago de las rentas de arrendamiento adeudadas, seg n refiere el actor en suú libelo, y de conformidad a los puntos de prueba fijados por el Tribunal. SEXTO: Que, atendida la naturaleza de la acci n deducida, esó carga de la parte demandante acreditar la efectividad de las obligaciones contra das por la demandada, y es de cargo de esta ltima acreditar que lasí ú ha cumplido. SEPTIMO: Que, a fin de acreditar lo correspondiente, la parte demandante acompa la siguiente prueba instrumental, consistente en: 1)ñó Contrato de arrendamiento de estacionamiento box, fechado el 01 de julio de 2006, suscrito entre las partes de este juicio, mediante instrumento privado; 2) Historial de conversaciones de Whatsapp sostenidos con quien dice llamarse Ximena Rocha Estacionamiento; 3) Cartola de cuenta corriente del actor de Banco BICE, donde consta abono por la suma de $180.000.- efectuado por Servicios Integrales Maclin SpA fechado el 25 de febrero de 2021; 4) Comprobante de transferencia efectuado por la empresa Servicios Integrales M

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los art culos 1, 6, 7, 8 yí siguientes y 21 de la Ley N 18.101, modificada por la Ley N 19.866;° ° art culos 1437, 1537, 1543, 1544, 1545, 1698, 1706, 1915 y siguientes,í 1942, 1947 y 1977 y dem s pertinentes del C digo Civil; y art culos 144,á ó í 160, 170 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve:ó I.- Que se acoge la demanda de cobro de rentas adeudadas interpuesta con fecha 29 de septiembre de 2021, por don Hern n Antonioá Varas Gregorat, en contra de la sociedad Servicios Integrales Maclin SpA, antes Servicios Integrales Maclin Limitada, conden ndose a la demandada aá pagar las rentas de arrendamiento devengadas entre los meses de enero a junio de 2021, por la suma de $360.000.-, a raz n de $60.000.- mensuales,ó suma que no ha sido discutida por la demandada, suma que deber será reajustada de conformidad a lo establecido en el art culo 21 de la Ley Ní ° 18.101, modificada por la Ley N 19.866, seg n liquidaci n que practicar° ú ó á la se ora Secretaria del tribunal en la etapa de cumplimiento del fallo, m sñ á los intereses pactados conforme a lo dicho en el motivo 12 de esta° sentencia; II.- Que se deber descontar el pago reconocido expresamente por elá actor en la etapa de cumplimiento de la sentencia, esto es, la suma de $360.000.- III.- Que se condena en costas a la demandada por haber resultado completamente vencida. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í DICTADA POR DO A ROCIO P REZ

Texto Completo (Preview)

C-8022-2021 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- MENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8022-2021 CARATULADO : VARAS/SERVICIOS INTEGRALES MACLIN spA Santiago, veinticuatro de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 29 de septiembre de 2021, por presentaci n realizada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece don Hern n Antonio Varasé á Gregorat, ab

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