Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

COMERCIAL ECCSA S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DEL OSORNO

Rol

I-10-2022

Fecha

2 de diciembre de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y CONSIDERANDO. Primero: Que doña Silvia Hortensia Soto Rojas, cédula de identidad N°7.041.495-3, abogada, domiciliado en avenida Alcántara 200, oficina 405, Las Condes, en representación convencional de Comercial Eccsa S.A, del mismo domicilio, deduce reclamación judicial en contra de la Resolución N°51, de fecha 21 de febrero de 2022, la cual fue notificada por correo electrónico, el día 25 de febrero de 2022, emanada de la Inspección del Trabajo de Valdivia la cual es representada por doña Norma Ojeda Ramírez, profesión la ignora, ambas domiciliadas en Avenida Ramón Picarte N°608, 2° Piso, Valdivia , quien negó lugar a una reconsideración de multa deducida manteniendo la decisión original y el monto aplicado, en base a los siguientes antecedentes. Por resolución N°4499/21/36 de 11 de noviembre de 2021, emanada de Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, por la cual el funcionario de dicha dependencia Sra. Gladys Jeannette Vargas Gatica, aplicó a dos multas por un total de 60 UTM cada una, rechazándose la solicitud de reconsideración administrativa, solicitando se deje sin efecto la Resolución N°51, de fecha 21 de febrero de 2022, la cual fue notificada mediante Correo Electrónico el 25 de febrero de 2022 , emanada de la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 511 N°1 del Código del Trabajo o en subsidio rebajarla prudencialmente según el numeral de la misma disposición, con expresa condenación en costas. Segundo: Que la reclamada contestó la demanda, solicitando su rechazo con costas, fundado en que el procedimiento administrativo fue efectuado conforme a derecho, al constatar el fiscalizador un hecho infraccional que se ve reflejada en la multa, la cual es proporcional en base a la calidad de gran empresa de la reclamante. Tercero: Que se efectuó el llamado a conciliación el cual no prosperó, fijándose los hechos substanciales, pertinentes y controvertidos. Cuarto: Que el reclamante presentó las si

Fundamentos

considerando anterior, por lo que en consecuencia se rechazará la petición como se dirá en lo resolutivo. Undécimo: Que respecto a la rebaja de la multa no hay antecedente alguno que amerite tal concepto, más aun, cuando la conducta ha sido mantenida y reiterada en el tiempo, por lo que en consecuencia la aplicación del monto máximo que establece el legislador es absolutamente acertado. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 5, 7, 156, 425 y siguientes, 456, 496 y siguientes, 503, 511, 512 y siguientes del Código del Trabajo; y artículo 144 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: I.- Que se RECHAZA la reclamación deducida por Comercial Eccsa S.A, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, respecto de la Resolución N°51, de fecha 21 de febrero de 2022. II.- Que se condena en costas al reclamante al haber sido absolutamente vencido. Anótese, regístrese, y archívese en su oportunidad. Dictó David Silva Estrada, Juez Suplente del Juzgado del Trabajo de Valdivia.

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Valdivia, dos de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO. Primero: Que doña Silvia Hortensia Soto Rojas, cédula de identidad N°7.041.495-3, abogada, domiciliado en avenida Alcántara 200, oficina 405, Las Condes, en representación convencional de Comercial Eccsa S.A, del mismo domicilio, deduce reclamación judicial en contra de la Resolución N°51, de fecha 21 de febrero de 2022, la

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