2º Juzgado de Letras de Copiapó

GÓMEZ/

Rol

V-905-2021

Fecha

24 de diciembre de 2021

Materia

REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, por solicitud presentada al Tribunal con fecha 02 de junio del presente año, se dio inicio a estos autos Rol V-905-2021, en la cual comparece el abogado don Osvaldo Rodrigo Manthey Pinto, domiciliado en calle Colipí N° 785-A, Oficina 401, de esta ciudad, en representación de doña Paulina Andrea Gómez Talamilla, chilena, casada, profesora de enseñanza general básica, cédula de identidad N° 10.990.432-5, en su calidad de madre y representante legal del adolescente Daniel Alberto Díaz Gómez, cédula de identidad N° 21.818.073-6, estudiante, ambos domiciliados en callejón Diego de Almagro N° 91, departamento 104, Edificio Paipote, de esta ciudad, quien nació el día 11 de abril de 2005, y su nacimiento se inscribió en el Registro de Nacimientos a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, bajo el N° 862, Circunscripción de Copiapó, y pide autorización judicial para proceder a la rectificación de su partida de nacimiento el sentido de eliminar su apellido paterno “Díaz”, reemplazarlo por el apellido paterno “Macías”, quedando en definitiva el adolescente con el nombre y apellidos de “DANIEL ALBERTO MACÍAS GÓMEZ”. Como

Fundamentos

fundamentos a su solicitud expone que su representada conoció a don Claudio Iván Díaz Rojas, padre biológico de su hijo Daniel en el año 1992, y que posteriormente en el año 2004 mantuvo una relación informal conviviendo durante 5 años de la cual resultó embarazada de Daniel. Indica que al comunicarle la noticia de su embarazo a don Claudio Díaz no lo toma de buena forma en su momento. Por otro lado, dice que cuando el hijo de su representada tenía 4 años ellos dejaron el hogar común que tenían con el padre biológico, lo que se tradujo que desde esa época los contactos que don Claudio Díaz tenía con Daniel fueron disminuyendo pese a vivir en la misma ciudad, contactos que se traducían en una o dos veces al mes hasta la edad de 10 años en que ya no hubo contactos de ningún tipo por parte del padre biológico hacia el niño. Sostiene que el año 2007 su representada conoce a don Paulo César Macías Urizar, con quien inició y mantuvo una relación desde el año 2010 hasta el año 2019, contrayendo matrimonio el 19 de julio de ese mismo año, que se inscribió en la Circunscripción de Copiapó bajo el número 281 del año 2019, iniciando así una vida en familia junto a su cónyuge y su hijo Daniel, junto además a sus hermanos, David Remigio Macías Gómez, nacido el 21 de febrero de 2012, y Jacinta Dominique Macías Gómez, nacida el 29 de septiembre de 2015. Afirma que el padre biológico del hijo de su representada siempre ha sido una persona totalmente ausente en lo afectivo relacional y que no ha formado parte de su vida. Es más, expresa que en situaciones concretas como enfermedades o la pandemia a consecuencia del Covid-19 que se vive actualmente, jamás ha demostrado un interés y preocupación por la salud de Daniel ,o en lo que dice relación con sus estudios, a diferencia de su cónyuge quien desde hace ya 11 años y hasta la fecha ha cumplido la labor de padre en su continuo vital, asumiendo responsabilidades económicas en diversas índoles del desarrollo y crecimiento de Daniel, siendo con él con quien Daniel se representa. Hace presente que el hijo de su representada ha sufrido actos de discriminación en relación con su hermano y hermana, en actividades del colegio o en la vida cotidiana, por no llevar consigo el mismo apellido paterno, lo que le ha generado perjuicios y menoscabos en su diario vivir, hechos que han llevado que él quiera cambiar su primer apellido, de forma que culmine sus estudios de enseñanza media y que en su diploma diga “DANIEL ALBERTO MACÍAS GÓMEZ”, y de esa forma llevar el apellido de la persona que ha ejercido durante todos estos años el rol de figura paterna. Asevera que por su círculo social, así como las personas que forman parte de su grupo familiar, ha sido conocido el adolescente como Daniel Alberto Macías Gómez, lo que ha venido ocurriendo por más de 7 años a la fecha, desconociendo incluso, algunas de estas personas la diferencia de sus apellidos inscritos en su partida de nacimiento. Previas citas legales, pide tener por pr

Fallo

se declara: Que, HA LUGAR a la petición formulada por solicitud de fecha 02 de junio del presente año efectuada al Tribunal por el abogado don Osvaldo Rodrigo Manthey Pinto en representación de doña Paulina Andrea Gómez Talamilla, representando a su hijo menor de edad, Daniel Alberto Díaz Gómez, cuyo nacimiento se encuentra inscrito en el Registro de Nacimientos a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, Circunscripción de Copiapó, bajo el N° 862, Registro del año 2005, Circunscripción Copiapó, en el sentido de proceder a rectificar su Partida de Nacimiento, eliminando su apellido paterno “Díaz” por el apellido “Macías”, siendo los nombres y apellidos definitivos del adolescente de “DANIEL ALBERTO MACÍAS GÓMEZ” cédula de identidad N° 21.818.073-6. Con todo, procédase por el Oficial del Servicio del Registro Civil competente, a rectificar la Partida de Nacimiento de la Circunscripción de Copiapó, Inscripción N° 862, Registro del año 2005, en los términos relacionados. Anótese regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña MARÍA TERESA MARABOLÍ VERGARA, Jueza Letrada Titular de este Segundo Juzgado de Letras de Copiapó. HLT Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, veinticuatro de diciembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de sep

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-905-2021 CARATULADO : GÓMEZ/ Copiapó, veinticuatro de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, por solicitud presentada al Tribunal con fecha 02 de junio del presente año, se dio inicio a estos autos Rol V-905-2021, en la cual comparece el abogado don Osvaldo Rodrigo Manthey Pi

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