ENERGY HEAD SPA/
Rol
V-20-2021
Fecha
23 de diciembre de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, con fecha 6 de mayo de 2021, compareció el abogado Luis Andrés Miranda Durán, en representación judicial de ENERGY HEAD SpA., sociedad chilena del giro de desarrollo de proyectos de energía eléctrica, rol único tributario N° 77.166.685-k, representada legalmente por DIEGO ANDRÉS INFANTE GONZÁLEZ, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero civil eléctrico, cédula de identidad N° 16.018.218-0, todos domiciliados en Príncipe de Gales 5921, oficina 1109, comuna de La Reina, Santiago, y expone: Que solicita en favor de la sociedad mencionada, concesión minera de exploración sobre todas las sustancias concesibles ubicadas en una superficie de 200 hectáreas, de la Región de Ñuble, Provincia de Diguillín. El punto medio se ubica en la comuna de San Ignacio. Indicó que la cara superior de la concesión que se pide, tiene la forma de un rectángulo. Abarca una superficie de 200 hectáreas y su punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M: Norte: 5.926.600 metros; Este: 760.900 metros. Sus lados miden 2.000 metros Norte-Sur U.T.M. por 1.000 metros orientados Este-Oeste U.T.M. Por último, señaló que el Tribunal se sirva tener por presentado este pedimento, que se denominará “GRACIELA I”. Terminó solicitando que, en mérito de lo expuesto y de lo que disponen los artículos 43 y 46 del Código de Minería y 14 inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento, se tenga por presentado pedimento y acogerlo a tramitación, ordenando su inscripción y publicación de acuerdo al artículo 48 del Código de Minería vigente y tener por hecho este pedimento, certificar su hora y día de ingreso a este tribunal, sirviéndose ordenar su inscripción y publicación conforme a la ley; y otorgar las copias de la solicitud de pedimento, debidamente certificadas por ministro del fe del Tribunal en señal de ser copias fiel del que consta en el expediente electrónico de la página web del Poder Judicial. A folio 2, con fecha 10 de mayo de 2021, se ordenó inscribir y publicar el pedimento
Fallo
en mérito de lo expuesto y de lo que disponen los artículos 43 y 46 del Código de Minería y 14 inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento, se tenga por presentado pedimento y acogerlo a tramitación, ordenando su inscripción y publicación de acuerdo al artículo 48 del Código de Minería vigente y tener por hecho este pedimento, certificar su hora y día de ingreso a este tribunal, sirviéndose ordenar su inscripción y publicación conforme a la ley; y otorgar las copias de la solicitud de pedimento, debidamente certificadas por ministro del fe del Tribunal en señal de ser copias fiel del que consta en el expediente electrónico de la página web del Poder Judicial. A folio 2, con fecha 10 de mayo de 2021, se ordenó inscribir y publicar el pedimento minero solicitado, publicación que se llevó a efecto en el Boletín Oficial de Minería en Diario Oficial N° 42.972 de fecha 7 de Junio de 2021. A folio 6, con fecha 18 de mayo de 2021 se certificó que la solicitud de pedimento minero ingresó por medio de la Oficina Judicial Virtual el día 6 de mayo de 2021, a las, 14:19 horas. A folio 7, con fecha 2 de agosto de 2021, se acompañaron comprobante de pago de tasa de pedimento; comprobante de pago patente de concesión minera de exploración; inscripción del pedimento “GRACIELA I” en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Bulnes, inscrito a fojas 30, N° 12 del año 2021; ejemplar de publicación del Boletín Oficial de Minería en Diario Oficial N° 42.972 de fecha 7 de Junio de
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Bulnes CAUSA ROL : V-20-2021 CARATULADO : ENERGY HEAD SPA/ Bulnes, veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno VISTO: A folio 1, con fecha 6 de mayo de 2021, compareció el abogado Luis Andrés Miranda Durán, en representación judicial de ENERGY HEAD SpA., sociedad chilena del giro de desarrollo de proyectos de energía eléctrica,
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