GONZÁLEZ/
Rol
V-35-2021
Fecha
23 de diciembre de 2021
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 28 de abril de 2021 comparece do a Gisella Andrea C ceresñ á C ceres, abogada en representaci n de do aá ó ñ ANAL A OHAYA GONZ LEZÍ Á MEL NDEZÉ chilena, casada, separada totalmente de bienes, c dula nacional deé identidad 12.803.869-8, con domicilio en Galvarino n mero mil setecientos quince,ú poblaci n Juan Soldado, comuna de La Serena.ó Indica que en su calidad de curadora general definitiva de su, hermano don Alan Alejandro Gonz lez Mel ndez, á é de actuales 36 a os, sin profesi n u oficio, de suñ ó mismo domicilio, solicita se le autorice a enajenar los derechos hereditarios en el inmueble que pertenece a ambos en copropiedad, inmueble ubicado en lote A gui nó treinta y cinco (35), resultante de la subdivisi n del Fundo El Sauce ubicado en laó “ ” subdelegaci n de Tambillo, comuna de Coquimbo, de conformidad al plano deó subdivisi n archivado bajo el n mero ciento ochenta y dos (182) al final del Registro deó ú Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo del a o mil novecientosí ñ noventa y siete (1997). El referido Lote tiene los siguientes deslindes: AL NORTE, l neaí recta del trazo C-D, de ochenta metros, resultante de los v rtices C (esquinero nor-é poniente) y D (esquinero nororiente) mediante la cual deslinda con el Lote A-Treinta y siete, cerco de por medio; AL SUR, l nea recta de ochenta metros, definida por losí v rtices extremos A (esquinero suroriente) B (esquinero sur-poniente), definen este ladoé que deslinda con el camino p blico, cerco de por medios; AL ORIENTE, l nea recta deú í trescientos setenta y cinco metros, limitada por los v rtices D (nororiente) y A (esquineroé suroriente) y que cierre de alambrada de por medio, deslinda con Lote A-Treinta y cuatro; y AL PONIENTE, l nea recta de trescientos setenta y cinco metros del trazo BC,í que cerco de por medio lo separa del Lote A-Treinta y seis. Lado definido por los v rtices B (esquina surponiente).é Manifiesta que ella y su hermano Alan Alejandro Gonz lez Mel ndez,á
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, cabe se alar que de conformidad al art culo 393 del C digoñ í ó Civil “No será licito al tutor o curador, sin previo decreto judicial, enajenar los bienes raíces del pupilo, ni gravarlos con hipoteca, censo o servidumbre, ni enajenar o empeñar los muebles preciosos o que tenga valor de afección; ni podr á el juez autorizar estos actor, sino por causa de utilidad o necesidad manifiesta . Por su parte, el art culo 891” í del C digo de Procedimiento Civil establece que Cuando deba obtenerse autorizació “ ón judicial para obligar como fiador a un incapaz, o para enajenar, gravar con hipoteca, censo o servidumbre, o para dar en expresarán las causas o razones que exijan o legitimen estas medidas, acompañando los documento necesarios u ofrezcan información sumaria para acreditarlas. En todo caso se oirá el dictamen del respectivo defensor antes de resolverse en definitiva”. SEGUNDO: Que, en apoyo de su solicitud la peticionaria acompa losñó siguientes antecedentes documentales: 1) Copia autorizada de la posesi n efectiva de do a Silvia Edith Mel ndez Cort s,2)ó ñ é é Copia autorizada de la posesi n efectiva de don Alberto Hern n Gonz lezPino,3) Copiaó á á de la inscripci n de la herencia de do a Silvia Edith Mel ndez Cort s y de don Albertoó ñ é é Hern n Gonz lez Pino,4) Copia de c dula de identidad de don Alan Alejandro Gonz lezá á é á Mel ndez.5) Copia de la inscripci n de interdicci n de don Alan Alejandro Gonz lezé ó ó á Mel ndez. 6) Certificado de discapacidad de don Alan Alejandro Gonz lez Mel ndez. 7)é á é Copia de credencial de discapacidad de don Alan Alejandro Gonz lez Mel ndez. 8)á é Sentencia en la cual se nombra curadora de bienes a do a Anal a Ohaya Gonz lezñ í á Foja: 1 Mel ndez de su hermano Alan Alejandro Gonz lez Mel ndez. 9) Detalle liquidaci n deé á é ó pensi n de don Alan Alejandro Gonz lez Mel ndez correspondiente a los meses deó á é enero, febrero y marzo del presente a o. 10) Certificado de aval o fiscal del inmueble.ñ ú 11) Declaraci n jurada de don Ricardo Andr s Mu oz Ram rez, c dula nacional deó é ñ í é identidad n mero catorce millones quinientos diez mil setenta y tres gui n nueve, deú ó fecha 30 de Marzo 2021, firmada ante el Notario P blico de La Serena, don Rub nú é Reinoso Herrera, en la cual declara bajo juramento que cuenta con el dinero para concretar la compra del inmueble ya indicado. TERCERO: Que, asimismo, en apoyo de la solicitud, con fecha,10 de mayo de 2021, se lleva a efecto la audiencia decretada en auto con la asistencia de YASNA CAROLINA OLIVARES POLANCO, cedula nacional de identidad 10.020.788-5 y de LEOPOLDO DAVID NU EZ CLASSINGÑ , cedula nacional de identidad 8.855.853-7.- 1. Declaraci n de ó YASNA CAROLINA OLIVARES POLANCO, se ala queñ conoce a Anal a Gonz lez Mel ndez desde el a o 1998, desde la poca deí á é ñ é estudiantes de Ingenier a en Inform tica, con el tiempo nos hicimos amigas, en laí á instancia de nuestra practica profesionales, as las cosas, llegue a conocer
Fallo
se declara la interdicci n definitiva de don ó ALAN ALEJANDRO GONZ LEZ MEL NDEZÁ É , design ndose a do a á ñ ANALIA OHAYA GONZ LEZÁ MEL NDEZ, É como curadora definitiva de este, por sentencia definitiva en la causa voluntaria Rol N V-92-2015, de fecha 20 de abril de 2015 dictada por el Tercerº Juzgado de Letras de La Serena. La interdicci n fue inscrita a fojas seis mil doscientosó veintisiete (6227), n mero tres mil novecientos noventa (3990) del Registro deú Interdicciones y Prohibiciones del Conservador de Bienes Ra ces de La Serena,í correspondiente al a o dos mil quince (2015). Agrega que se hace cargo de su hermanoñ don Alan Alejandro Gonz lez Mel ndez y de cubrir sus necesidades, desde haceá é aproximadamente 6 a os, gastos que cada d a se le hacen m s dif cil de sustentar, ya queñ í á í al mismo tiempo est imposibilitada de adquirir un empleo de tiempo completo, ya que,á su hermano requiere de cuidados permanentes. El inmueble materia de autos se adquiri por sucesi n hereditaria intestada aló ó momento de fallecer su madre, do a Silvia Edith Mel ndez Cort s, el 11 de noviembreñ é é de 2010, cuya posesi n efectiva fue tramitada en el a o dos mil trece y su n mero deó ñ ú inscripci n es trece mil doscientos sesenta y uno (13.261) del a o dos mil trece (2013).ó ñ Asimismo, don Alan Alejandro Gonz lez Mel ndez y su hermana do a Anal a Ohayaá é ñ í Gonz lez Mel ndez adquieren el resto de derechos del inmueble por sucesi n hereditariaá é ó intestada al momento de fallecer
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Coquimboº CAUSA ROL : V-35-2021 CARATULADO : GONZ LEZ/Á Coquimbo, veintitr s de Diciembre de dos mil veintiunoé VISTOS Con fecha 28 de abril de 2021 comparece do a Gisella Andrea C ceresñ á C ceres, abogada en representaci n de do aá ó ñ ANAL A OHAYA GONZ LEZÍ Á MEL NDEZÉ chilena, casada, separada totalmente de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica