13º Juzgado Civil de Santiago

NADER/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES

Rol

C-14085-2020

Fecha

24 de diciembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Al folio 1, comparece Tomas Alejandro Nader Araya, comunicador multimedia, domiciliado en Emilio Vaisse N° 760, departamento 1906, comuna de Ñuñoa, interponiendo demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva contra Banco de Crédito e Inversiones, del giro de su denominación, representado legalmente por Eugenio Von Chrismar Carvajal, ambos con domicilio en Agustinas N° 1161, 7° piso, comuna de Santiago. Expone que suscribió pagaré y deuda en favor del banco demandado, no obstante, por diversas situaciones financieras adversas no pudo cumplir con dicha obligación en su totalidad. Indica que a la fecha el demandado no ha realizado ninguna acción de cobro de su acreencia, sólo realizando el protesto, informándolo al Boletín Comercial de la Cámara de Comercio, lo que le ha significado un perjuicio a la hora de conseguir trabajo, poder optar a nuevas oportunidades, aun cuando la deuda publicada se encuentra prescrita. Refiere que el detalle del informe en el boletín comercial siguiente: 1) Cuota morosa pagaré por $12.216.167, con vencimiento el 5 de marzo de 2018; 2) Cuota morosa pagaré por $12.216.167, también con vencimiento el 5 de marzo de 2018. Previas citas legales y en virtud del tiempo transcurrido desde el vencimiento de la obligación, pide se declare la prescripción extintiva de la acción cambiaria emanada de las referidas deudas que originan los pagarés, junto con ordenar la eliminación del registro en el Boletín Comercial, y cualquier registro comercial a su nombre. Con fecha 1 de diciembre de 2020, se practicó la notificación de la demanda en virtud del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. La demanda se tuvo por contestada en rebeldía. El día 30 de junio de 2021, se llamó a las partes a conciliación, sin éxito. Por resolución de 1 de julio de 2021, se recibió la causa a prueba, la cual fue notificada a las partes a folios 45 y 48, respectivamente. Al folio 56, encontrándose la causa en estado, y reanudado el término probatori

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 1, comparece Tomas Alejandro Nader Araya, interponiendo demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva contra Banco de Crédito e Inversiones, del giro de su denominación, representado legalmente por Eugenio Von Chrismar Carvajal, todos ya individualizados, fundada en los antecedentes de hecho y derecho que han sido reseñados en lo expositivo de este

Fallo

fallo y que se dan por enteramente reproducidos en este considerando; SEGUNDO: Que, la demandada compareció al folio 17, contestando la demanda y deduciendo acción reconvencional de cobro de pesos. No obstante, dado que fue emplazada con fecha 1 de diciembre de 2020, y su presentación fue realizada fuera del término dispuesto por el numeral 2 del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, se resolvió no darle tramitación por extemporánea. En consecuencia, se tuvo por contestada la demanda en su rebeldía, silencio al que ha de atribuírsele la consecuencia de negar todos los hechos, quedando entonces la actora obligada a probar sus asertos; TERCERO: Que la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales, regulada en los artículos 2492 y siguientes del Código Civil. Tiene por finalidad principal otorgar certeza y seguridad a las relaciones jurídicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutela o protección de los mismos, instando a que los partícipes de dichas relaciones no se hallen vinculados en forma indefinida, provocando con ello incertidumbre y falta de consolidación de las diversas situaciones jurídicas. CUARTO: Que el artículo 2514 del Código Civil dispone que la prescripción liberatoria exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-14085-2020 CARATULADO : NADER/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES Santiago, veinticuatro de Diciembre de dos mil veintiuno Vistos: Al folio 1, comparece Tomas Alejandro Nader Araya, comunicador multimedia, domiciliado en Emilio Vaisse N° 760, departamento 1906, comuna de Ñuñoa, interponiendo demanda en juicio ordinari

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