PÉREZ/
Rol
V-263-2021
Fecha
23 de diciembre de 2021
Materia
CONSIGNACIÓN, PAGO POR ART. 1600 C.C.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 en presentación de fecha 21 de octubre de 2021, comparece don Rodrigo Mauricio Paredes Aro, abogado, cédula nacional de Identidad N° 12.934.263-3, domiciliado en calle Benavente N° 308, piso 3, Edificio La Araucana, de la ciudad de Puerto Montt, en representación de don Ricardo Javier Pérez Barros, cédula nacional de Identidad N° 12.714.136-3, empleado, domiciliado para estos efectos en calle Benavente N° 308, Piso 3, Edificio La Araucana, de la ciudad de Puerto Montt, solicitando notificar y poder en conocimiento a la Tesorería Regional de la República comunal de Puerto Montt, Rut. 60.805.000-0, representado legalmente por don Franklin Eduardo Vildósola Saavedra, Cedula Nacional de Identidad se ignora, Tesorero Comunal de Puerto Montt, ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas N° 420, de la ciudad de Puerto Montt, del pago por consignación efectuado por su representado, en consideración a los antecedentes de hecho y de derecho que expone: Primero, en cuanto de la procedencia del Pago por Consignación efectuada por don Ricardo Javier Pérez Barros, explica que su representado en la actualidad adeuda a uno o unos acreedores indeterminados, la suma total de $760.000.- (setecientos sesenta mil pesos), desconociendo a los acreedores a la fecha a quienes habría girado dos cheques protestados con fecha 26 de octubre del año 2016 y con fecha 15 de septiembre del año 2017 respectivamente valorizados en la suma de $480.000.- cuatrocientos ochenta mil.-, y $280.000.- doscientos ochenta mil cada uno. Refiere que a la fecha se ha hecho imposible determinar a quién o a quiénes corresponde el pago de la suma señalada, ya que no ha mediado cobro por parte de terceros, desconociendo el domicilio del lugar del acreedor en el lugar del pago, no es habido el acreedor, también hay incertidumbre acerca de la persona del acreedor de ambos cheques, para de esta forma poder cumplir con Foja: 1 su respectiva obligación d
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1598 y siguientes del Código Civil, y artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Foja: 1 Que se acoge, la solicitud de folio 1, formulada por don Rodrigo Mauricio Paredes Aro, abogado, en representación de don Ricardo Javier Pérez Barros, y en consecuencia, se declara suficiente el pago efectuado por el solicitante por la suma de $760.000. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. .- Dictada por doña ERIKA STILLNER LEDEZMA, Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt. Se deja constancia que con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Puerto Montt, a 23 de diciembre de 2021. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-23T12:15:32-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puerto Monttº CAUSA ROL : V-263-2021 CARATULADO : P REZ/É Puerto Montt, a veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 en presentación de fecha 21 de octubre de 2021, comparece don Rodrigo Mauricio Paredes Aro, abogado, cédula nacional de Identidad N° 12.934.263
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