4º Juzgado Civil de San Miguel

PICHULMÁN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA

Rol

C-4106-2021

Fecha

27 de diciembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece do a ñ Alejandrina Del Pilar Pichulm n Huaiqui ná á , chilena, due a de casa, c dula nacional de identidad N°ñ é °9.580.235-4, domiciliada en Av. Lo Ovalle N°0854, depto. C 1014, comuna de La Cisterna, quien interpone demanda de prescripci n extintiva de derechos de aseo en juicioó ordinario de m nima cuant a correspondientes al per odo que va desde el í í í 30 de septiembre de 2015 al 30 de junio de 2016, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, persona jur dica de derecho p blico del giro de suí ú denominaci n, R.U.T. 69.072.000-0 representada legalmente por su alcalde donó Joel Andr s Olmos Espinoza, ingeniero civil industrial, C.I. 15.454.284-1, ambosé domiciliados para estos efectos en Pedro Aguirre Cerda N° 0161, comuna de La Cisterna. Se ala, que la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Municipalidadñ ó ó de La Cisterna le ha emitido un informe de deuda de Derechos de Aseo del inmueble de su propiedad ubicada en Av. Lo Ovalle N°0854, depto. C 1014, comuna de La Cisterna, Regi n Metropolitana, el cual habita, actualizado al mes deó septiembre de 2021, que incluye las cuotas desde el vencimiento de 30 de septiembre de 2015 al 30 de junio de 2016, seg n imagen que adjunta.ú Funda su demanda en los art culos 2492, 2493, 2497, 2514, 2521, delí C digo Civil, se alando que la presente acci n es procedente toda vez que eló ñ ó art culo 2492 del C digo Civil establece que í ó “la prescripci n es un modo deó adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante ciertoí lapso de tiempo y, concurriendo los dem s requisitos legalesá ”. Por su parte, el art culo 2493í del mismo c digo establece la necesidad de alegar la prescripci nó ó para aprovecharse de ella, no pudiendo ser declarada de oficio por el juez. A su vez, indica que la presente acci n busca obtener que el tribunaló declare la concurrencia del instituto

Fundamentos

considerando lañ poca a partir de la cual la Municipalidad de La Cisterna se encontraba facultadaé para proceder al ejercicio de tales derechos, por lo que concurre el primer requisito de la prescripci n, esto es, el transcurso de cinco a os desde que la acci n oó ñ ó derecho es exigible. A ade, que el art culo 2518 establece el otro requisito de la prescripci nñ í ó extintiva ordinaria de derechos ajenos, esto es, que no haya sido interrumpida natural, ni civilmente durante el t rmino de los cinco a os. En tal sentido, resultaé ñ adecuado afirmar que en el presente caso no ha existido reconocimiento expreso o t cito respecto de la deuda, ni tampoco se ha interpuesto demanda judicial queá tenga por objeto obtener el pago de los derechos de aseos que se discuten en el caso. En s ntesis, se han cumplido cabalmente las condiciones que exige la leyí para que opere la prescripci n como forma de extinguir los derechos y accionesó ajenas, es decir, el transcurso ininterrumpido del plazo de 5 a os desde que estosñ se han tornado exigibles. Por lo cual solicita, se declare la prescripci n ordinaria de los derechos deó aseo ya individualizados. Indica, que atendido que la cuant a de lo disputado asciende a la suma deí $180.132 (ciento ochenta mil ciento treinta y dos pesos) y considerando que el valor de la Unidad Tributaria Mensual al mes de noviembre de 2021 es de $53.476 (cincuenta y tres mil cuatrocientos setenta y seis pesos), la cuant a equivale aí menos de 10 UTM solicita que el juicio se tramite bajo las reglas del juicio ordinario de m nima cuant a del art culo 703 y siguientes del C digo deí í í ó Procedimiento Civil. Termina solicitando, tener por interpuesta en Procedimiento Ordinario de M nima Cuant a, demanda de prescripci n ordinaria de la acci n de cobro de losí í ó ó Derechos de Aseo Municipal en contra de la Municipalidad de La Cisterna, representada por su Alcalde don Joel Andr s Olmos Espinoza, ya individualizado,é por las acciones de cobro derivadas de los derechos de aseo municipal correspondientes al periodo que va desde el 30 de septiembre de 2015 al 30 de junio de 2016, que asciende a la suma de $180.132 (ciento ochenta mil ciento treinta y dos pesos), y en definitiva declarar prescrita la acci n de cobro deó derechos de aseo municipal, con expresa condena en costas para el caso de oposici n.ó A folio 5, se dio curso a la demanda. A folio 6, comparece do a Tania Quezada Z iga, abogada, directora deñ úñ Asesor a Jur dica y Alcaldesa (S), conforme al Decreto alcaldicio N° 1811 deí í fecha 14 de julio de 2021, representando a la Corporaci n de Derecho P blico, I.ó ú Municipalidad de La Cisterna, ambos domiciliados en Avenida Pedro Aguirre Cerda N° 0161, comuna de La Cisterna, quien en lo principal solicita se le tenga por notificada expresamente de la demanda y de la resoluci n que le da curso.ó En el primer otros , contesta la demanda interpuesta por la contraria, en laí cual, tras una relaci n de los fundamentos de la contrari

Fallo

se declarar la extinci n del derecho de cobro de los reajustes, multas y cualquierá ó recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al per odo antesí referido, atento, precisamente, la calidad de accesorios de aquellos cobros en relaci n a stos, sin que esto importe el incurrir esta sentenciadora en vicio deó é ultra petita, atento, precisamente a la calidad de accesorios de aquellos cobros en relaci n a stos.ó é Noveno: Que as las cosas, atendido el m rito de lo razonadoí é precedentemente, el allanamiento expreso de la demandada y advirtiendo este Tribunal que los periodos objeto de la presente demanda se encuentran prescritos, la demanda ser acogida en todas sus partes.á Y visto adem s lo dispuesto en los art culos 1.698, 2.492. 2.514, 2.515 delá í C digo Civil; art culos 160, 170, 698 y siguientes del C digo de Procedimientoó í ó Civil; Se Declara: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta a folio 1, por do a ñ Alejandrina Del Pilar Pichulm n Huaiqui ná á , en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, representada legalmente por don Joel Andr s Olmos Espinoza, y ené consecuencia, se declara la prescripci n de las acciones para el cobro deó derechos de aseo domiciliario de la propiedad ubicada en Av. Lo Ovalle N°0854, depto. C 1014, comuna de La Cisterna, cuya fecha de vencimiento ocurriera en el per odo comprendido entre el í 30 de septiembre de 2015 al 30 de junio de 2016, ambos inclusive, as como tambi n lasí é referentes a los reajustes, intereses,

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-4106-2021 CARATULADO : PICHULM N/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEÁ LA CISTERNA San Miguel, veintisiete de Diciembre de dos mil veintiuno Vistos: A folio 1, comparece do a ñ Alejandrina Del Pilar Pichulm n Huaiqui ná á , chilena, due a de casa, c dula nacional de identidad N°ñ é °9.580.235-4,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica