URIBE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ
Rol
C-1804-2021
Fecha
22 de diciembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, con fecha 14 de Septiembre de 2021, comparece NICOLÁS RICARDO URIBE GUAJARDO, Chileno, Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad Nº16.859.334-1, domiciliado en Calle 10 Norte Nº4090 casa Nº8 de la ciudad de Talca, quien viene en deducir demanda en juicio ordinario en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ, persona jurídica de derecho público, Rut N°69.100.100-8, representada legamente por su alcalde don JAVIER MUÑOZ RIQUELME, cedula de identidad N°10.204.975-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Estado N°279, de la ciudad de Curicó, con la finalidad que se declare la prescripción sobre la deuda que mantiene por concepto de derechos de aseo domiciliario correspondiente a la propiedad ubicada en Calle Doctor Osorio Nº500 de la ciudad de Curicó, Rol de evalúo fiscal Nº00351-00001 del Servicio de Impuestos Internos de Curicó. Solicita que se acoja la presente demanda señalando que la Ilustre Municipalidad de Curicó cobra una tarifa por el servicio de aseo que presta a la comunidad. Este derecho se encuentra contemplado en el artículo 7º y siguientes del Decreto Ley Nº3.063, sobre rentas Municipales. Es del caso que se encuentra moroso en el pago de los Derechos de Aseo respecto de su propiedad ubicada en Calle Doctor Osorio Nº500, la cual desde el día 30 de abril del año 2009, a la fecha mantiene una deuda de $1.393.436. Indica que la acción de cobro del periodo correspondiente desde el mes de septiembre del año 2009 hasta el mes de noviembre del año 2018, se encuentra prescrita, por lo que su cobro es improcedente. Previa alusión a la institución de la prescripción extintiva, finaliza solicitando tener por presentada demanda ordinaria de prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Curicó, representada legalmente por su alcalde, acogerla a tramitación y, en definitiva declarar la prescripción de la acción del cobro del pago del Derecho de Aseo Domiciliario, respecto del C-1804-2021 Foja: 1 periodo comprendido entre el mes d
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a fin de acreditar la efectividad de encontrarse prescrita la deuda de autos, la demandante acompañó junto a su libelo de demanda, la documental consistente en: 1. Certificado de deuda sobre “Derechos de Aseo Domiciliario” emitido por la Dirección de Aseo y Ornato de la Ilustre Municipalidad de Curicó con fecha 27 de Octubre de 2021. 2. Certificado de Avalúo Fiscal de fecha 16 de noviembre de 2021. SEGUNDO: Que, es menester señalar que el artículo 2514 del Código Civil dispone que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, contándose este tiempo desde que la obligación se hizo exigible. TERCERO: Que, para que resulte procedente declarar la prescripción de las referidas acciones y derechos, es necesario que hayan transcurrido los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligación y que el titular de aquellos no los haya ejercido, manteniéndose inactivo a su respecto. CUARTO: Que, del mérito de la documentación acompañada por las partes del juicio, teniendo presente además lo dispuesto en el artículo 2521 del Código Civil, que dispone en su parte pertinente que “prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos” , configurándose en la especie la efectividad de lo señalado en la norma legal recién citada y teniendo presente además, el allanamiento efectuado por la Ilustre Municipalidad de Curicó, se acogerá la acción interpuesta en lo principal de folio 1, en el sentido de declarar prescritas las acciones tendientes al cobro de derechos de aseo domiciliarios del inmueble ubicado en Calle Doctor Osorio Nº500 de la ciudad de Curicó, desde la cuota que venció el día 30 de abril de 2009 hasta la cuota que venció el día 30 de noviembre de 2018. C-1804-2021 Foja: 1
Fallo
Por tanto y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1698 y 2521 del Código Civil, artículos 160, 170, 703 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: - Que, se hace lugar a la demanda interpuesta a folio 1 por NICOLÁS RICARDO URIBE GUAJARDO en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ, y se declara la prescripción extintiva de las acciones tendientes al cobro de los derechos de aseo domiciliarios respecto del inmueble ubicado en Calle Doctor Osorio Nº500 de la ciudad de Curicó, desde la cuota que venció el día 30 de abril de 2009 hasta la cuota que venció el día 30 de noviembre de 2018. - Que no se condena en costas a la demandada por haberse allanado a la acción deducida en su contra.- Anótese, regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese, si no se apelare.- Rol N° 1804-2021. Dictada por MARIA ALEJANDRA ORELLANA YAÑEZ, Jueza Titular.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curico, veintid s de Diciembre de dos mil veintiunoó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-22T19:34:13-0300
Texto Completo (Preview)
C-1804-2021 Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-1804-2021 CARATULADO : URIBE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ Curico, veintid s de Diciembre de dos mil veintiunoó VISTO: A folio 1, con fecha 14 de Septiembre de 2021, comparece NICOLÁS RICARDO URIBE GUAJARDO, Chileno, Agrónomo, Cédula Nacional de Identidad Nº16.859.334-1, domi
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