2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RIVERA/SERVICIOS TURISTICOS INTERNACIONALES Y NACIONALES LTDA

Rol

O-493-2022

Fecha

1 de diciembre de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1,2, 3,7,8,9,67,73,162,163,168,172,173,420 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.-SE ACOGE la demanda interpuesta por doña CECILIA RECABARREN RABY, Rut 8.238.664-3, en representación del trabajador don MANUEL FERNANDO RIVERA SALAMANCA, Rut 9.243.578-4, ya individualizado, deducida en contra su exempleador SERVICIOS TURISTICOS INTERNACIONALES Y NACIONALES y COMPAÑÍA LIMITADA, Rut 77.742.020-8, legalmente representado por don HERNÁN ESTEBAN VERGARAY GONZÁLEZ, Rut 7.512.737-5, ya individualizado, en cuanto se declara; que entre las partes existió una relación laboral que se extendió entre el 30 de abril de 2019 hasta el 30 de marzo de 2021, y que el despido que afectó al trabajador fue injustificado, indebido e improcedente y además nulo, y que la demandada deberá pagar al actor las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $488.750.- b) Indemnización por 2 años de servicio por la suma de $977.500.- c) Recargo legal de 50% por la suma de $488.750.- d) Feriado legal y proporcional de 41 días corridos por la suma de $537.611.- e) Remuneraciones pendientes de pago desde marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2021, por la suma de $5.783.000.- f) Además, se ordena el pago de las remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, 30 de marzo de 2021, hasta la época o fecha en que se convalide este despido, teniendo como base de cálculo la suma de $488.750.-siendo a cargo del trabajador el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social que se devenguen durante este periodo. g) Se ordena oficiar a las instituciones previsionales específicamente a la AFC CHILE Y AFP PLANVITAL, a fin de que cobren las cotizaciones previsionales impagas conforme a lo que se indica en esta sentencia. II.-Las sumas ordenadas a pagar deberán serlo con los reajustes e intereses previstos en el artículo 63 y 173 d

Fallo

se declara: I.-SE ACOGE la demanda interpuesta por doña CECILIA RECABARREN RABY, Rut 8.238.664-3, en representación del trabajador don MANUEL FERNANDO RIVERA SALAMANCA, Rut 9.243.578-4, ya individualizado, deducida en contra su exempleador SERVICIOS TURISTICOS INTERNACIONALES Y NACIONALES y COMPAÑÍA LIMITADA, Rut 77.742.020-8, legalmente representado por don HERNÁN ESTEBAN VERGARAY GONZÁLEZ, Rut 7.512.737-5, ya individualizado, en cuanto se declara; que entre las partes existió una relación laboral que se extendió entre el 30 de abril de 2019 hasta el 30 de marzo de 2021, y que el despido que afectó al trabajador fue injustificado, indebido e improcedente y además nulo, y que la demandada deberá pagar al actor las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $488.750.- b) Indemnización por 2 años de servicio por la suma de $977.500.- c) Recargo legal de 50% por la suma de $488.750.- d) Feriado legal y proporcional de 41 días corridos por la suma de $537.611.- e) Remuneraciones pendientes de pago desde marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2021, por la suma de $5.783.000.- f) Además, se ordena el pago de las remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, 30 de marzo de 2021, hasta la época o fecha en que se convalide este despido, teniendo como base de cálculo la suma de $488.750.-siendo a cargo del trabajador el pago de las cotizaciones previsionales y de s

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 1 DE DICIEMBRE DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 20 VIRTUAL RUC 22-4-0380977-6 RIT O-493-2022 MAGISTRADO MARITZA VASQUEZ DIAZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS KATHERINE SPULER RIFFO HORA DE INICIO 11:25 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:16 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2240380977-6-1349-221201-00 P

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