FEDIR CHILE SPA/INSPECCION DEL TRABAJO COLCHAGUA
Rol
I-5-2022
Fecha
30 de noviembre de 2022
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que la sustentan. Detalla que se menciona una trabajadora, con un sólo nombre y apellido, y sin identificar cual sería el cargo que aquella desempeña en la empresa, lo que en este caso es primordial para poder comprender la arbitraria decisión del fiscalizador actuante. De esta manera, queda en evidencia que en la resolución hay una serie de antecedentes que NO SE MENCIONAN, aclarando a continuación el nombre, cargo y fecha de ingreso de la trabajadora. Explica que, en efecto, una de las condiciones de todo ACTO ADMINISTRATIVO, atentos al principio de legalidad, es que aquel SE BASTE A SÍ MISMO, es decir, que la actuación emanada de la autoridad pública contenga un razonamiento fundado de la medida adoptada, sobre todo cuando estamos en presencia, como es el caso, de la imposición de multas onerosas como las contenidas en la Resolución N° 1745/22/21, impuesta a su representada. Además, se infracciona el principio de legalidad y del debido proceso. Luego de citas legales y reglamentarias, pide acoger la reclamación. SEGUNDO: Actuaciones en audiencia única. Que, con fecha 23 de noviembre de 2022, se celebra la audiencia de estilo con la comparecencia de las partes. La reclamada comparece y contesta, pidiendo en definitiva que se rechace el reclamo. Se efectúa el llamado a conciliación, el que se da por frustrado en razón de las políticas de litigación de la Inspección del Trabajo. Acto seguido, se establecieron como hechos controvertidos, los siguientes: 1.- Efectividad de haber incurrido en un error de hecho la parte reclamada al dictar la resolución de multa recurrida, circunstancias y antecedentes. 2.- En su caso, si la parte reclamante dio cumplimiento a las normas legales que se indican como infringidas en la respectiva resolución de multa, circunstancias y antecedentes. 3.-La procedencia de la rebaja subsidiaria de la multa solicitada por la parte reclamante, circunstancias y antecedentes. TERCERO: Que, LA PARTE DEMANDANTE incorpora la siguient
Fundamentos
Fundamentos por los cuales y tenendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 432, 425, 446, 459, 503, 504, 505 y demás pertinentes del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I. Que, SE RECHAZA la reclamación principal de la multa 1745/22/21 -1. II. Que atento lo razonado en el considerando SEPTIMO, SE ACOGE LA PETICIÓN SUBSIDIARIA y en consecuencia se rebaja la multa y se la establece en la suma de 10 Unidades Tributarias Mensuales. III. Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese, cuando en derecho corresponda. RIT I-5-2022 RUC 22-4-0406532 Dictada por don PABLO DIONISIO RAMOS ABARZÚA, Juez Titular del Juzgado de Letras y del Trabajo de Parral.
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Juzgado de Letras y del Trabajo de Parral Procedimiento: Monitorio Materia: Reclamación de multa RIT I-5-2022 RUC 22-4-0406532 Demandante: FEDIR CHILE SPA. Demandada: INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE PARRAL Juez Titular: Pablo Dionisio Ramos Abarzúa Fecha de ingreso: 03 de junio de 2022 Fecha de sentencia: 30 de noviembre de 2022 Parral, treinta de noviembre de dos mil veintidós. Vistos, oídos y
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