Juzgado de Familia Quilpue

ANONIMIZADO

Rol

C-538-2023

Fecha

19 de enero de 2024

Materia

COMPENSACION ECONOMICA, COMPENSACION ECONOMICA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.968, se hace efectivo el apercibimiento y se declara INADMISIBLE la demanda Archívense los antecedentes. Notifíquese por correo electrónico. RIT: C-538-2023 Proveyó y firmó digitalmente Juez(a) del Juzgado de Familia de Quilpué. IIC

Fundamentos

considerando su inactividad, la falta de notificación de la parte demandada y visto lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.968, se hace efectivo el apercibimiento y

Fallo

se declara INADMISIBLE la demanda Archívense los antecedentes. Notifíquese por correo electrónico. RIT: C-538-2023 Proveyó y firmó digitalmente Juez(a) del Juzgado de Familia de Quilpué. IIC

Texto Completo (Preview)

Quilpué, diecinueve de enero de dos mil veinticuatro. Atendido que la parte demandante no ha dado cumplimiento a lo ordenado con fecha 04 de enero, considerando su inactividad, la falta de notificación de la parte demandada y visto lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.968, se hace efectivo el apercibimiento y se declara INADMISIBLE la demanda Archívense los antecedentes. Notifíquese por cor

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica