2º Juzgado Civil de Valparaíso

BANCO DEL ESTADO DE CHILE / COMERCIALIZADORA ORMAR LIMITADA

Rol

C-3133-2015

Fecha

20 de diciembre de 2021

Materia

ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, CPC

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En el folio N 1, comparece don Patricio Antonio Sobera Vollaire,° administrador de empresas, agente de la oficina Valpara so Prat de Bancoí del Estado de Chile, en representaci n convencional de Banco del Estado deó Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estado, cuyo representante legal esó é su gerente general ejecutivo, do a Jessica L pez Saffie, ingeniero comercial,ñ ó quien deduce demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento yó cobro de rentas de bien mueble en contra de Comercializadora Ormar Ltda., sociedad de responsabilidad limitada, representada por don Orlando Antonio Salas Alfaro, empresario, y en contra de este ltimo tambi n en suú é calidad de fiador y codeudor solidario. En el folio N 42, se notifica la demanda a la parte demandada. ° En el folio N 52, se tiene por contestada la demandada, en rebeld a° í de la parte de la parte demandada. En el folio N 52, se efect a el llamado a conciliaci n, sin que se° ú ó logre llegar a acuerdo, atendida la rebeld a de la demandada.í En el folio N 55, se recibe la causa a prueba, rindi ndose la que° é consta en autos. Luego, se cita a las partes a o r sentencia. í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de fs. 1, comparece don Patricio Antonio Sobera Vollaire, administrador de empresas, agente de la oficina Valpara soí Prat de Banco del Estado de Chile, domiciliado en Prat 656, Valpara so, ení representaci n convencional de Banco del Estado de Chile, empresaó aut noma de cr ditos del Estado, cuyo representante legal conforme a su leyó é org nica, el D.L. N 2079, es su gerente general ejecutivo, do a Jessicaá ° ñ L pez Saffie, ingeniero comercial, ambos domiciliados en Avenidaó Libertador Bernardo O Higgins N 1111, Santiago, quien deduce demanda’ ° de terminaci n de contrato de arrendamiento y cobro de rentas de bienó mueble, en contra de Comercializadora Ormar Ltda., sociedad de responsabilidad limitada, representada por don Orlando Antonio Salas Alfaro, empresario, ambos con domicilio en Pasaje Ross 149, Valpara so, yí en contra de don Orlando Antonio Salas adem s como fiador y codeudorá solidario de su representada. Se ala que, en escritura p blica, de fecha 18 de mayo de 2012,ñ ú extendida en la notar a de Valpara so de don Luis Fisher Y var, Banco delí í á Estado de Chile y la parte demandada, Comercializadora Ormar Ltda., representada por don Orlando Antonio Salas Alfaro, celebraron contrato de arrendamiento del bien corporal mueble consistente en un cami n marcaó JAC, modelo F HFC mil ciento treinta y dos, chasis cabina, carrocer aí Induvan, congelado aislada cien mm y equipo congelador Hwasung Thermo modelo CT tres mil TCC THermal, a o comercial 2012, nuevo y sin uso,ñ arriendo con una duraci n de cuarenta y nueve meses contado desde laó WLX fecha de entrega del bien arrendado, lo que ocurri , con fecha 01 de agostoó de 2012. En la cl usula vig simo cuarta, don Orlando Antonio Salas Alfaro, seá é constituy en fiador y codeudor solidario de su representada.ó En la cl usula segunda, el arrendatario declara que esa opci n deá ó leasing, a su solicitud, se acogi a la cobertura del fondo de garant a paraó í peque os empresarios (Fogape), y que el pago de las rentas deñ arrendamiento estipuladas en la cl usula quinta del contrato incluye unaá comisi n legal en favor del fondo de 2% anual sobre el saldo del capitaló anual garantizado por el fondo, que cauciona el 80% del saldo del capital adeudado, dej ndose constancia que el valor financiado es de $27.556.003á (veintisiete millones quinientos cincuenta y seis mil tres pesos), todo conforme al D.L. 3472. La parte demandada se oblig al pago de las siguientes rentas, poró concepto de arrendamiento: una renta de $4.201.781 (cuatro millones doscientos un mil setecientos ochenta y un pesos), m s impuesto al valorá agregado, y cuarenta y ocho rentas iguales, mensuales y sucesivas de $710.189 (setecientos diez mil ciento ochenta y nueve pesos), m s impuestoá al valor agregado, pagaderas todos los d as diecis is, a partir del d a 16 deí é í junio de 2012. La parte demandada no ha pagado las rentas desde el 16 de agosto de 2013 (renta N 16), monto que, al 1

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 1552, 1554, 1698, 1700, 1709, 1710 y 1915 y siguientes del C digo Civil yó 144, 160, 170 y 341 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, ó se resuelve: 1.- Que se hace lugar a la demanda presentada por don Patricio Antonio Sobera Vollaire, agente de la oficina Valpara so Prat de Banco del Estadoí de Chile, en representaci n convencional de Banco del Estado de Chile,ó cuyo representante legal es su gerente general ejecutivo, do a Jessica L pezñ ó Saffie, en lo principal del folio N 1, en contra de Comercializadora Ormar° Ltda., representada por don Orlando Antonio Salas Alfaro, y en contra de este ltimo en calidad de fiador y codeudor solidario, y, en consecuencia, seú declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado, con fecha 18 de mayo de 2012, respecto del cami n marca JAC, modelo F HFC mil cientoó treinta y dos, chasis cabina, carrocer a Induvan, congelado aislada cien mmí y equipo congelador Hwasung Thermo modelo CT tres mil TCC THermal, a o comercial 2012, nuevo y sin uso,ñ debiendo la parte demandada restituir a la parte demandante el bien mueble precedentemente indicado, dentro del plazo de tercero d a desde que esta sentencia definitiva se encuentre firme yí ejecutoriada. Adem s, se condena a los demandados a pagar,á solidariamente, a la parte demandante, las rentas adeudadas por un total de $8.522.268 (ocho millones quinientos veintid s mil doscientos sesenta y ochoó pesos), lo

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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-3133-2015. CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE / COMERCIALIZADORA ORMAR LIMITADA. MATERIA : T RMINO DE ARRENDAMIENTO BIEN MUEBLE.É Valpara so, veinte de diciembre de dos mil veintiuno.í VISTO: En el folio N 1, comparece don Patricio Antonio Sobera Vollaire,° administrador de empresas, agente de la oficin

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