BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/QUIÑONES
Rol
C-1101-2019
Fecha
18 de diciembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 01 comparece doña Paulina Paniagua Ibarra, Abogada, con domicilio en calle Arturo Prat N° 548, Oficina 402, Antofagasta, en representación del Banco de Crédito e Inversiones, con domicilio en esta ciudad, calle Washington N° 2.683, quien interpone demanda ejecutiva en contra de don Eduardo Edmundo Quiñones Castillo, con domicilio en calle Castro N° 6.185, Población O’Higgins, Antofagasta. Funda su demanda en que según consta en Pagaré N° D26299952718, el ejecutado se constituyó deudor de su mandante por la suma de $7.997.093.- pesos, que se obligó a pagar en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $199.402.- pesos cada una, venciendo la primera de ellas el día 22 de Mayo del año 2.017, y las restantes los días 22 de cada mes, venciendo la última de ellas el 22 de Abril del año 2.022. Agrega que, en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las estará facultado para hacer Código: SHXXXLHHXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl exigible, como si fuera plazo vencido, la deuda que consta en el Pagaré como así de todas las demás obligaciones de crédito de dinero que el deudor hubiera contraído o contraiga con el Banco, devengándose en ese caso, como interés moratorio, el pactado en el pagaré aumentado en un 50%, o el interés máximo convencional para operaciones no reajustables vigentes en esta fecha o a las épocas de la mora o retardo, a elección del acreedor. Añade que, el interés pactado recargado en un 50% no puede en caso alguno superar el interés máximo convencional vigente a la fecha de suscripción del pagaré o durante la mora o retardo, cualquiera fuere el mayor. El interés moratorio indicado se aplicará sobre el total del saldo adeudado, desde la mora o simple retardo y hasta la fecha de su pago efectivo. Destaca que, el deudor ha dejado de pagar desde el 22 de Mayo del año 2.018, adeudando la suma de $7.216.330.- pesos, más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza, considerándose de plazo vencido en conformidad a lo pactado en el documento. Señala que la firma del suscriptor fue autorizada por la Notaria Pública de esta ciudad de Don Julio Abasolo Aravena, por lo que dicho instrumento tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y la acción no se encuentra prescrita. Solicita tener por interpuesta demanda en juicio ejecutivo en contra de don Eduardo Edmundo Quiñones Castillo, y despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $7.216.330- pesos (siete millones doscientos dieciséis mil trescientos treinta pesos), más el interés máximo convencional que rija durante la mora o simple retardo y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero pago del capital adeudado, intereses y costas. Código: SHXXXLHHXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, a folio 17 compa
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 160, 161, 170, 254, 394, 464 N° 17, 438, 439, 465, 466, 467, 470 y 471 del Código de Procedimiento Civil; artículo 98 Ley N° 18.092, se declara: Que, se acoge sin costas, la excepción de prescripción formulada a folio 17 por el abogado don Felipe Verdugo Oyarce, en representación del ejecutad don Eduardo Edmundo Quiñones Castillo, y en consecuencia se rechaza la ejecución iniciada en su contra. Código: SHXXXLHHXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese, notifíquese y archívese digitalmente en su oportunidad. Rol C-1.101-2.019. Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. En Antofagasta, a dieciocho de diciembre del año dos mil veintiuno, se anotó el presente fallo en el estado diario, de conformidad con lo prevenido en el artículo 162 inciso final del Código de Procedimiento Civil. Código: SHXXXLHHXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2021-12-18T16:26:52-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]SENTENCIA. JUZGADO : 2º JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ANTOFAGASTA. CAUSA ROL : C-1.101-2.019. CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES / QUIÑONES. MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. CÓDIGO : C07A. DEMANDANTE : BANCO CRÉDITO E INVERSIONES. R.U.T. : 97.006.000-6. DEMANDADO : EDUARDO EDMUNDO QUIÑONES CASTILLO. R.U.T. : 10.709.078-9. FECHA INICIO : 27.02.2019. Antofagasta, a
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