SAN MARTÍN/FISCO DE CHILE
Rol
O-5048-2021
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos expuestos en la demanda, argumentando que la relación existente entre la demandante y el servicio corresponde a una de carácter civil, esto es, convenios de honorarios a suma alzada, celebrados bajo los parámetros establecidos en el artículo 11 del Estatuto Administrativo, dentro del marco de la ley 21.180 de Transformación Digital del Estado de 2019, en el cual la prestación de servicios del actor se realizó en calidad de agente público. En subsidio indica que no le es aplicable la sanción de la nulidad del despido. Solicita el rechazo de la demanda con costas. Tercero. Audiencia preparatoria. Que, llamadas las partes a conciliación, esta no se produce. Se fija el siguiente hecho no controvertido: El demandante prestó servicios en la División de Gobierno Digital del Ministerio Secretaría General de la Presidencia desde el 10 de junio de 2019 hasta el 24 de junio de 2021. Luego estimando la existencia de hechos, sustanciales, pertinentes y controvertidos, el Tribunal recibe la causa a prueba fijando en los siguientes puntos: 1. Existencia de la relación laboral que habría ligado a las partes, jornada, funciones y lugar de prestación de los servicios. 2. Monto de la última remuneración mensual. 3. Naturaleza y duración de la relación que ligó a las partes. 4. Haber sido despedido el demandante en la forma y fecha que indica en su presentación, en su caso, existencia de los hechos en que la demandada fundaría el despido y haber incurrido en ellos la demandante. 5. Estado de pago de las cotizaciones previsionales del actor a la fecha de término de la relación laboral. 6. Efectividad de tener derecho el actor al feriado legal, proporcional y progresivo demandado. Hechos que lo acreditan. En su caso, estado de pago de dichas prestaciones. Cuarto. Incorporación de medio probatorios. Que la parte demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental. 1. Correo Electrónico de 3 de junio de 2019, a las 11:52 horas, con asunto “Ingreso Saul San Martín
Fundamentos
considerando tanto las tendencias tecnológicas como la realidad de las instituciones gubernamentales a quienes el Gobierno Digital sirve. Asistir, asesorar y coordinar al equipo de líderes de productos en la identificación temprana de impedimentos, trabajando con la organización y/u otros equipos de trabajo para eliminarlos o mitigar su impacto en el proceso de desarrollo y escalamiento de productos. Coordinar y resolver proactivamente dependencias de los productos transversales a nivel de sus desarrollos y actualizaciones correspondientes, teniendo en cuenta la seguridad y eficacia. Asistir, asesorar y coordinar al equipo de atención institucional y soporte, en la planificación estratégica y ejecución del modelo de atención institucional de forma coherente y coordinada a los lineamientos de la división y evolución particular de cada producto tecnológico. Velar activamente y reportar el cumplimiento e hitos de avance de las metas del instructivo presidencial, estrategia de transformación digital y los desafíos de la ley de transformación digital referente a los productos asociados. Elaborar reportes al jefe de la división de Gobierno Digital en torno a los avances y cumplimientos y las demás funciones conexas o complementarias a las que se le han encomendado. Al respecto el testigo del demandante Cristian Carraha Deik, señala que este se desempeñó en la División de Gobierno Digital del Segpres desde fines del año 2019, era Jefe De Tecnología, Clave Única y Documento Digital, tenía personal a su cargo, luego lo colocaron en la plataforma Comisaría Virtual. Agrega que los informes eran evacuados al jefe de la división de Gobierno Digital. Por su parte la testigo Mónica Griselda Nadal manifiesta que conoció al actor en Segpres en Gobierno Digital era el jefe del Proyecto Escritorio Empresa, las funciones las desempeñaban en Moneda esquina Teatinos en el mismo piso, iba todos los días, tenía que cumplir horario. Señala que Saúl realizó mejoras en Clave Única y Gobierno Digital. Igualmente analizados los informes trimestrales de desempeño de honorarios a suma alzada acompañados por el requirente se observa que en ellos se indican que las actividades realizadas consistían en la supervisión de líderes de proyectos clave única, ser o papel, cero filas, Pymes Gob, reuniones de coordinación con equipo directivo división de gobierno digital. Reunión inicio etapa proyecto Pymes Gob con proveedores y M de economía. Revisión estrategia Chile atiende con equipo de IPS, coordinación proyecto cero filas con equipo de registro nacional de trámites RNT, sesiones de trabajo con equipo de proyecto doc.digital, rediseño procesos y estructura gobierno digital, reunión con proveedores de firma digital entre otras. Que de la prueba antes descrita es dable concluir que las labores realizadas por el actor eran precisamente aquellas a las cuales se encontraba obligado en virtud de los contratos a honorarios suscritos, no incorporándose en juicio ningun medio de prueba que a
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 54, 453, 454 y siguientes, del Código del Trabajo, ley 18.834 y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE. I.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por Saúl San Martín Almeyda, cédula nacional de identidad N° 10.298.052-2, en contra de Fisco de Chile, Rol Único Tributario Nº 61.806.000-4, cuyo representante legal y presidente del Consejo de Defensa del Estado es don Juan Antonio Peribonio Poduje, Rut N° 7.834.852-6, todos previamente individualizados. II.-Que no se condena en costas al demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : O-5048-2021 RUC : 21- 4-0355019-9 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintinueve de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. Vistos. Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-5048-2021, por reconocimiento de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Saúl Sa
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