BANCO DE CHILE/SALAZAR
Rol
C-4706-2020
Fecha
17 de diciembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, con fecha 07 de octubre de 2020, comparece don Christian Marcel Detre Lobo y doña Paulina Sepúlveda Guerrero, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante de BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria y financiera, éste representado por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat 847 Of. 507, Temuco, e interponen demanda ejecutiva en contra de ASESORIAS CARTOGRAFICAS Y OTROS LIMITADA, ignoran giro comercial, representado legalmente por doña ARASELI YOLANDA ESPINOZA GALAZ, ignoran profesión u oficio, en calidad de deudor principal, y en contra de esta última y de don GERMAN FRANCISCO SALAZAR FUENTEALBA, ignoran profesión u oficio, ambos en calidad de aval, fiador y codeudor solidario de la primera, todos domiciliado en calle Petrarca 01829, comuna de Temuco, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra de ellos y en definitiva acogiéndose la demanda, se ordene seguir adelante ejecución por la suma de $3.375.000, más intereses y las costas. Funda su demanda en que su representado es dueño y legitimo tenedor de pagaré suscrito por los deudores en las calidades indicadas, con fecha 28 de abril de 2009 por la suma de $3.375.000 y cuyo vencimiento era el día 06 de enero de 2020. Refiere que se pactó que en caso de mora o simple retardo en el pago del capital, se devengaría un interés penal igual al máximo convencional que la ley permite estipular, el que regirá desde la mora o simple retardo hasta el día de su pago efectivo. Señala que dicho pagaré no fue pagado a su vencimiento adeudando en consecuencia los ejecutados la suma demandada, la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, declarada admisible la excepción opuesta se recibió a prueba, término durante el cual los ejecutados no aparejaron ninguna probanza. SEGUNDO: Que correspondiéndole a éstos acreditar la prórroga de plazo a que hace referencia en su excepción, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, ésta no rindieron prueba alguna en tal sentido que acrediten las circunstancias señaladas, por lo que será rechazada la excepción, como se dirá. Y visto, además lo dispuesto en los artículos 1698 del Código Civil 144, 160, 169, 170, 254, 464 N°11, 471 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se resuelve: Que SE RECHAZA, con costas, la excepción opuesta por ASESORIAS CARTOGRAFICAS Y OTROS LIMITADA, doña ARASELI YOLANDA ESPINOZA GALAZ y don GERMAN FRANCISCO SALAZAR FUENTEALBA y, en consecuencia, se ordena seguir adelante la ejecución en su contra, hasta hacer entero pago al ejecutante de la suma de $3.375.000, más intereses y costas. Regístrese y notifíquese. Rol C-4706-2020 RESOLVIÓ DOÑA PATRICIA ALEJANDRA RÍOS ROJAS, JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-17T18:57:22-0300
Texto Completo (Preview)
Rol C-4706-2020 NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : C-4706-2020 CARATULADO : BANCO DE CHILE/SALAZAR Temuco, diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Al folio 1, con fecha 07 de octubre de 2020, comparece don Christian Marcel Detre Lobo y doña Paulina Sepúlveda Guerrero, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del g
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