1º Juzgado de Letras de Quilpue

OLIVARES/MUNCIPALIDAD DE QUILPUE

Rol

C-2731-2019

Fecha

17 de diciembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2019, comparece don Miguel Olivares G mez, Abogado, con domicilio en calle El Ocaso N 1106, edificio Colectivo N 6, pisoó ° ° 1, departamento N 12, Quilpu , ° é quien interpone demanda de en juicio ordinario civil en contra de la I. Municipalidad de Quilpu , persona jur dica de derecho p blico,é í ú representada por su Alcalde, don Mauricio Vi ambres Adasme, funcionario p blico,ñ ú ambos domiciliados en Benjam n Vicu a Mackenna N 684, Quilpu , solicitando que, ení ñ º é definitiva, se declare la prescripci n toda acci n emanada de los derecho de aseoó ó municipal correspondientes al inmueble ubicado en calle El Ocaso N 1106, edificio° Colectivo N 6, piso 1, departamento N 12, Quilpu° ° é, con costas en caso de oposici n.ó Funda su demanda se alando que seg n consta en la inscripci n de fojas 3010 Nñ ú ó ° 2339 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Quilpu que esí é due o de la propiedad se alada precedentemente. Asimismo, indica que consta en elñ ñ Informe de Deuda de Derechos de Aseo emitido por la demandada y que acompa a enñ un otros , que dicho inmueble mantiene al 2 de julio de 2019 una deuda con la Ilustreí Municipalidad de Quilpu por concepto de derechos de aseo domiciliario equivalente aé $730.000.- (setecientos treinta mil pesos). Agrega que del total del monto indicado en el p rrafo anterior, la suma deá $563.026.- corresponde a valores impagos correspondientes a los periodos comprendidos entre el 30 de abril de 2011 y el 30 de septiembre de 2014, ambos inclusive y que el municipio no ha ejercido acciones de cobro tendientes a obtener el pago de dicha deuda, raz n por la cual solicita se declaren prescritas las acciones destinadas a ese efecto.ó Por lo expuesto, previa citas legales, pide se declare la prescripci n de las accionesó que la demandada pudiere ejercer para el cobro de toda deuda por derechos municipales de aseo originada en el per odo que va desde el 30 de abril de 2011 y el 30 d

Fundamentos

Considerando: Primero: Que con fecha 18 de noviembre de 2019, comparece don Miguel Olivares G mez, Abogado, con domicilio en calle El Ocaso N 1106, edificio Colectivoó ° N 6, piso 1, departamento N 12, Quilpu , ° ° é quien interpone demanda de en juicio ordinario civil en contra de la I. Municipalidad de Quilpu , persona jur dica de derechoé í p blico, representada por su Alcalde, don Mauricio Vi ambres Adasme, funcionarioú ñ p blico, ambos domiciliados en Benjam n Vicu a Mackenna N 684, Quilpu ,ú í ñ º é solicitando que, en definitiva, se declare la prescripci n toda acci n emanada de losó ó derecho de aseo municipal correspondientes al inmueble ubicado en calle El Ocaso N° 1106, edificio Colectivo N 6, piso 1, departamento N 12, Quilpu° ° é, con costas en caso de oposici n. ó Todo ello en raz n de sus propios fundamentos ya rese ados en loó ñ expositivo del fallo, los que aqu se dan expresamente por reproducidos.í Segundo: Que, con fecha 4 de marzo de 2020, en representaci n de laó demandada, don Germ n Esponda Fern ndez, abogado, contesta la demanda se alandoá á ñ que la suma que seg n la actora corresponder a al periodo por el cual se alega laú í prescripci n se encontrar a errada, siendo la correcta la de ó í $350.028.- y que en virtud de lo dispuesto en el art culo 2521 del C digo Civil, deber determinarse si se re není ó á ú los antecedentes que hacer procedente la prescripci n extintiva de las obligaciones,ó especialmente, el transcurso del tiempo. Tercero: Que, la parte demandante, para probar los fundamentos de su acci n,ó acompa los siguientes documentos, no objetados por la contraria:ñó 1.- Informe de deudas de derechos de aseo a nombre de do a Claudia Alejandrañ Leal Ram rez, correspondiente al inmueble de calle El Ocaso N 011106 DP 12,í ° emitido por la I. Municipalidad de Quilpu , con fecha 2 de julio de 2019, acompa adoé ñ en el primer otros de la demanda.í 2.- Fotocopia de inscripci n de dominio corriente a fojas 3010 N 2339, en eló ° Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Quilpu , del a o 2019,í é ñ acompa ado en el segundo otros de la demandañ í . 3.- Informe de deudas de derechos de aseo a nombre de don Miguel Hern ná Olivares, correspondiente al inmueble de calle El Ocaso N 011106 DP 12, emitido por° la I. Municipalidad de Quilpu , con fecha 21 de agosto de 2020, acompa ado el 25 deé ñ agosto de 2020. 4. Certificado de aval o fiscal actualizado al segundo semestre de 2020,ú correspondiente al inmueble ubicado en calle El Ocaso 1106 DP12, Estero Viejo, Quilpu , emitido por el Servicio de Impuestos Internos con fecha 21 de agosto de 2020,é acompa ado el 25 de agosto de 2020.ñ Cuarto: Que la prescripci n es la sanci n de ineficacia jur dica que extingue lasó ó í acciones por no haberse ejercido stas durante cierto lapso de tiempo y concurriendo losé dem s requisitos legales, defini ndola el art culo 2492 del C digo Civil. Agrega elá é í ó art culo 2493 del mismo cuerpo legal, que qui n quiera aprovecharse d

Fallo

Por lo expuesto, previa citas legales, pide se declare la prescripci n de las accionesó que la demandada pudiere ejercer para el cobro de toda deuda por derechos municipales de aseo originada en el per odo que va desde el 30 de abril de 2011 y el 30 deí septiembre de 2014, ambos inclusive, por un valor de $563.026.- (quinientos sesenta y tres mil veintis is pesos).é Que con fecha 4 de marzo de 2020, en representaci n de la demandada, donó Germ n Esponda Fern ndez, Abogado, contesta la demanda se alando que la suma deá á ñ $563.026.- por la cual la actora solicita se declare la prescripci n se encuentra errada,ó por cuanto el valor total del periodo por el que se solicita acoger la acci n es deó $350.028.-; y que en virtud de lo dispuesto en los art culos 2492 y siguientes del C digoí ó Civil, deber determinarse si se re nen los antecedentes que hacer procedente laá ú prescripci n extintiva de las obligaciones, especialmente, el transcurso del tiempo.ó Con fecha 9 de julio de 2020, se lleva a efecto la audiencia de conciliaci n, laó que no se produce. Con fecha 14 de julio de 2020, se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 22 de noviembre de 2021, se cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando: Primero: Que con fecha 18 de noviembre de 2019, comparece don Miguel Olivares G mez, Abogado, con domicilio en calle El Ocaso N 1106, edificio Colectivoó ° N 6, piso 1, departamento N 12, Quilpu , ° ° é quien interpone demanda de en juicio ordinario civil en contra de la I. Municip

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quilpueº CAUSA ROL : C-2731-2019 CARATULADO : OLIVARES/MUNCIPALIDAD DE QUILPUE Quilpué, diecisiete de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTO: Que, con fecha 18 de noviembre de 2019, comparece don Miguel Olivares G mez, Abogado, con domicilio en calle El Ocaso N 1106, edificio Colectivo N 6, pisoó ° ° 1, departamento N 12, Quilpu , °

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