14º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SCOTIABANK CHILE S.A./MUÑOZ

Rol

C-7707-2020

Fecha

17 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Diego Jos Benavente D az, abogado, mandatario judicial ené í representaci n convencional de ó Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria, cuyoó gerente general es don Francisco Sard n de Taboada, todos domiciliados en Morandó é Nro. 226, comuna de Santiago; quien deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar ené contra de don Luis Fernando Mu oz Tovarñ , ignora profesi n u oficio, domiciliado enó Alberto Undurraga 1689, Condominio El Solar 4, comuna de Huechuraba. Asegura que el demandado adeuda a su representado la obligaci n contenida enó el pagar Nro. é 710082145005 suscrito por l a la orden de Scotiabank Chile, con fechaé 13 de septiembre del a o 2019, por la suma de ñ $86.146.080, por concepto de capital pagadero en 71 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 70 cuotas por un valor de $1.720.883 cada una y la ltima por un valor de $1.746.135, siendo el primerú vencimiento el d a 05 de noviembre del a o 2019 y las restantes los d as 05 de los mesesí ñ í siguientes. Indica que se estipul que el capital adeudado devengar a desde la fecha deó í emisi n del pagar y hasta la fecha de vencimiento de la ltima cuota, un inter s deló é ú é 1,00% mensual. Asimismo, se pact que en caso de mora o simple retardo en el pagoó ntegro y oportuno del total o parte de cualquier cuota de capital y/o intereses de esteí pagar , dar a derecho al banco para exigir el pago de la o las cuotas morosas o el pagoé í total del cr dito, el que se har a ntegra e inmediatamente exigible, como si fuere deé í í plazo vencido. En ambos casos, desde la fecha de la mora o simple retardo y hasta la fecha del pago ntegro y efectivo se devengar a un inter s penal igual al m ximoí í é á convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripci n del pagar a menos que laó é tasa que rija durante la mora o retardo sea superior en cuyo caso se cobrar a esta ltimaí ú A ade que se estipul que el Banco podr a hacer exigible el pago total de la sumañ ó í C-7707-2020 Foja: 1 de la deu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Diego Jos Benavente D az, abogado,é í mandatario judicial, en representaci n convencional de Scotiabank Chile, quien deduceó demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de don Luis Fernando Mu oz Tovar,é ñ C-7707-2020 Foja: 1 solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $86.146.080, m s intereses y costas, ordenando se siga adelante con la ejecuci n hastaá ó hacerse entero pago de todo lo adeudado; fundado en los antecedentes de hecho y de derecho rese ados en lo expositivo de esta sentencia, los que se dan por reproducidos enñ este considerando. SEGUNDO: Que legalmente notificado y requerido de pago, el ejecutado opone a la ejecuci n seguida en su contra las excepciones de los Nros. 7 y 17 del art culo 464ó í del C digo de Procedimiento Civil, en base a las argumentaciones que expresa, seg n haó ú sido detallado precedentemente. TERCERO: Que a fin de acreditar su pretensi n, la parte ejecutante aparejó ó Pagar en cuotas Operaci n Nro. 710082145005, de fecha 13 de septiembre de 2019,é ó suscrito por don Luis Fernando Mu oz Tovar, por $86.146.080, suma que deb a serñ í pagada por medio de 71 cuotas mensuales y sucesivas, conforme a lo rese ado en elñ mismo documento. Consta autorizaci n notarial de la firma del suscriptor, de conformidad a la ley.ó CUARTO: Que por su parte, la ejecutada no rindi prueba alguna en defensaó de sus alegaciones. QUINTO: Que la excepci n del Nro. 7 del art culo 464 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, fundada en el hecho de no constar el pago del impuesto de timbres y estampillas, ser rechazada; pues el pago del impuesto aparece acreditado con laá menci n que se ala el mismo pagar , en su parte final. Al respecto, si bien el inciso 1ó ñ é ° del art culo 26 del Decreto Ley Nro. 3.475 dispone que no tendr n m rito ejecutivo losí á é documentos que sirvan de base a la acci n mientras no se acredite el pago del impuestoó respectivo, el inciso segundo del mismo establece que esa disposici n no es aplicableó respecto de los documentos cuyo impuesto se paga por ingreso en dinero en Tesorer a yí que cumplan con los requisitos que establece esa ley y el Servicio de Impuestos Internos. El requisito de acreditar el pago de los impuestos por medio de un timbre fijo o mediante el empleo de m quinas impresoras no se exige respecto de instituciones comoá la ejecutante, bastando que se emita la leyenda indicativa de que el impuesto de timbres y estampillas ha sido satisfecho mediante ingreso de dinero en Tesorer a, de modo que elí ejecutante no necesita probar el pago del tributo para valerse del m rito ejecutivo deé dicho instrumento. SEXTO: Que luego, y en lo que se refiere a la excepci n de prescripci nó ó opuesta, contenida en el numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento° í ó Civil, se dir que tal instituci n es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguirá ó las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cos

Fallo

se declaran admisibles las excepciones, y se recibe la causa a prueba por el t rmino legal. Consta notificaci n de la interlocutoria de prueba a ambas partes, aé ó folios 20 y 21, de conformidad a la ley. A folio 30 se cita a las partes a o r sentencia.í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Diego Jos Benavente D az, abogado,é í mandatario judicial, en representaci n convencional de Scotiabank Chile, quien deduceó demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de don Luis Fernando Mu oz Tovar,é ñ C-7707-2020 Foja: 1 solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $86.146.080, m s intereses y costas, ordenando se siga adelante con la ejecuci n hastaá ó hacerse entero pago de todo lo adeudado; fundado en los antecedentes de hecho y de derecho rese ados en lo expositivo de esta sentencia, los que se dan por reproducidos enñ este considerando. SEGUNDO: Que legalmente notificado y requerido de pago, el ejecutado opone a la ejecuci n seguida en su contra las excepciones de los Nros. 7 y 17 del art culo 464ó í del C digo de Procedimiento Civil, en base a las argumentaciones que expresa, seg n haó ú sido detallado precedentemente. TERCERO: Que a fin de acreditar su pretensi n, la parte ejecutante aparejó ó Pagar en cuotas Operaci n Nro. 710082145005, de fecha 13 de septiembre de 2019,é ó suscrito por don Luis Fernando Mu oz Tovar, por $86.146.080, suma que deb a serñ í pagada por medio de 71 cuotas mensuales y sucesiva

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C-7707-2020 Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7707-2020 CARATULADO : BANCO SCOTIABANK CHILE S.A./MU OZÑ Santiago, diecisiete de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Comparece don Diego Jos Benavente D az, abogado, mandatario judicial ené í representaci n convencional de ó Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria, cuyoó

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