2º Juzgado de Letras de Curicó

COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/

Rol

V-75-2021

Fecha

17 de diciembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, de fecha 25 de mayo de 2021, comparece don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº8.625.311-9, domiciliado en paseo Huérfanos Nº 1270, piso N° 10, Santiago, en representación según acredita en el primer otrosí, de la COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, Empresa Chilena, del giro de su denominación, RUT 78.860.780-6, del mismo domicilio, quien por orden y encargo de la Compañía Contractual Minera Los Andes, viene en solicitar para ella la constitución de una concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terrenos fiscales abiertos e incultos. El punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M. Al NORTE 6.130.000,00metros; Al ESTE 353.000,00 metros y se encuentra ubicado en la Comuna de ROMERAL, Provincia de CURICO, SEPTIMA Región de MAULE. El área solicitada que se propone explorar tendrá la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M. medirán 4.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste U.T.M. medirán 2.000 metros, encerrando una superficie de 800 hectáreas. En virtud de lo anterior, solicita al Tribunal se sirva conceder a su mandante, Compañía Contractual Minera Los Andes, la concesión de exploración que se denominará "ROMERAL B 22", con un total de 800 hectáreas. En conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 46 del Código de Minería, el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas solicitadas. De conformidad con lo dispuesto de los artículos 34 y siguientes del Código Minería, y 14 inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento, solicita tener por Foja: 1 presentado este pedimento, ordenar su inscripción y publicación de conformidad a la ley, ordenando que el señor Secretario le dé la copia autorizada y el certificado que dispone el artículo 50 del mismo Código para los fines allí previstos, tramitarla y, en definitiva declarar constituida en favor de la Compañía Contractual Minera Los Andes, la concesión minera de exploración "ROMERAL B 22". SEGUNDO: Que, a folio 7, de fecha 4 de junio de 2021, el Secretario Subrogante del Tribunal, certificó que la presente causa, fue ingresada a este Tribunal en la fecha y horario que se indica a continuación: Fecha Ingreso: 25/05/2021 11:50– OJV. - TERCERO: Que, la petición fue presentada al Tribunal el 25 de mayo de 2021, folio 1, la cual, fue publicada en el Boletín Oficial de Minería corriente, en su edición del 29 de junio de 2021, según consta a folio 8, de fecha 2 de agosto de 2021. CUARTO: Que, el pedimento fue inscrito a fojas 155 vta. N°62 del año 2021, en el Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Bienes Raíces de Comercio y Minas de Curicó, como consta a folio 8, de fecha 2 de agosto de 2021. QUINTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Mi

Fallo

se resuelve: Que se aprueba el plano y se declara constituida la Concesión de Exploración denominada “ROMERAL B22” a favor de COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES, con una superficie de ochocientas hectáreas. Extráctese la presente sentencia constitutiva y publíquese en el Boletín Oficial de Minería. Cumplido lo ordenado, inscríbase en el plazo legal la sentencia precedente en el Registro de Descubrimiento del Conservador de Minas de Curicó y archívese el plano en el Conservador mencionado. Remítase copia de esta sentencia, una vez ejecutoriada, al Servicio Nacional de Geología y Minería, como asimismo copia del acta de mensura y original de plano. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese copia autorizada al interesado para los efectos legales pertinentes. Notifíquese, anótese y archívese en su oportunidad, si no apelare. Rol Nº V- 75-2021.- Dictada por doña MARCIA ARCE AYUB, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Curicó.- En Curicó a diecisiete de diciembre de dos mil veintiuno notifiqué por el estado diario la sentencia precedente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curico, diecisiete de Diciembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insu

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Foja: 1 FOJA: 17.- diecisiete.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Curicó CAUSA ROL : V-75-2021 CARATULADO : COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/ Curico, diecisiete de Diciembre de dos mil veintiuno VISTO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, de fecha 25 de mayo de 2021, comparece don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº8.

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