6º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ ELIZABETH CAROL HERRERA CATALÁN

Rol

O-6112-2021

Fecha

24 de julio de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos 1: El día 20 de septiembre de 2021, aproximadamente a las 03:50 horas , el imputado Cristian Sebastián Muñoz Catalán, acompañado de un segundo sujeto, no identificado, concurrió hasta la estación de Servicios Copec, ubicada en calle Mapocho número 3180 Quinta Normal, una vez allí ingresaron hasta la tienda punto copec ubicada en dicho lugar e intimidaron a las víctimas de nombres Norwin Yesenia Ochoa García y Douglas Armando Terán Alpiz, procediendo el sujeto no identificado a intimidar a la víctima, Ochoa García, con un elemento similar a un arma de fuego que colocó en su cuello, mientras que el imputado Muñoz Catalán a la víctima, Teherán Alpiz, lanzándole un golpe y manifestándole quédate ahí, si no le haremos algo a tu amiga, logrando apropiarse los imputados del dinero en efectivo de la caja registradora, la cajetilla de cigarros que mantenían a la venta en el local y un teléfono marca Huawei modelo I9S para luego darse a la fuga. Hecho 2: El día 26 de septiembre de 2021 aproximadamente a las 0:30 horas los imputados Elizabeth Herrera Catalán y Cristian Muñoz Catalán, previamente concertados, concurrieron hasta la estación de servicio Copec, Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema. ubicada en Calle San Pablo 2602 comuna de Santiago, una vez allí ingresaron hasta la tienda Copec ubicada en dicho lugar, intimidaron a la víctima, Milagros Yumila González Siso, apuntándola con un cuchillo, el imputado Muñoz, arrebatándole su teléfono celular marca Huawei modelo I9 2019, color rosado, además del dinero de la caja, mientras la imputada Herrera se apropiaba, además de cajetillas de cigarro y otras especies del lugar, para luego ambos darse a la fuga. Parte resolutiva Vistos y dispuestos en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 25, 30, 50, 52, 67, 69, 432, 436, 439 y 449 todos del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 341, 342, 343, 406 y siguientes del Código P

Fallo

se declara: I.- Que se condena al acusado CRISTIAN SEBASTIÁN MUÑOZ COLOMA, ya individualizado; a la pena única de CINCO (5) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y para cargos y oficios públicos y a la pena accesoria de inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito reiterado de robo con intimidación en grado de consumado, perpetrados en las comunas de Quinta Normal y de Santiago los días 20 de septiembre del año 2021 y 26 de septiembre del año 2021 y en perjuicio de Norwin Yesenia Ochoa García, Douglas Armando Terán Alpiz y Milagros Yumila González Siso. II.- No concurriendo en la especie los requisitos que establece la Ley 18.216 no se concede ninguna pena sustitutiva, por lo que lo que el sentenciado deberá cumplir la pena de manera efectiva, sirviéndole de abono todo el tiempo por el cual ha permanecido privado de libertad por este proceso bajo la medida cautelar de prisión preventiva desde el día 23 de diciembre del año 2021 hasta el día 12 de agosto del año 2022. III.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación permitiendo la procedencia de un juicio abreviado, se le exime del pago de las costas de la causa. IV.- Dese cumplimiento a o dispuesto en el artículo 17 de ley 19970, salvo que por sentencia anter

Texto Completo (Preview)

Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema. Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticinco Procedimiento Abreviado. R.U.C. 2100872221-5 R.I.T. 6112 – 2021 JUEZ PABLO ORLANDO CONTRERAS GUERRERO FISCAL CRISTIAN SOTO RIVERA DEFEN

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