11º Juzgado Civil de Santiago

COLLAO/LÓPEZ

Rol

C-17801-2020

Fecha

17 de diciembre de 2021

Materia

COMODATO PRECARIO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Comparece Claudia Lorena Durán Salas, abogada, en representación de Teresa Julia Collao Labra, dueña de casa, domiciliada en calle Betania N°256, departamento 21, comuna de Lo Barnechea, y deduce demanda de precario en contra de Stephanie Fernanda López Medel, empleada, domiciliada en calle Cabo de Hornos N°1449, departamento 204, del edificio N°7-A, Villa Freire, comuna de Renca, solicitando que en definitiva se condene a la demandada a la devolución del predio indicado, dentro de tercero día desde que la sentencia cause ejecutoria, o en el plazo que se sirva fijar, bajo apercibimiento de lanzamiento con todos los demás ocupantes con auxilio de la fuerza pública, con costas. Sostiene que su representada es la única dueña del departamento 204 del segundo piso del edificio N°7-A, ubicado en calle Cabo de Hornos N°1449, Conjunto Habitacional General Freire, comuna de Renca, de acuerdo a inscripción de fojas 12520 N°14401 del Registro de Propiedad del año 1983 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Manifiesta que la demandada se encuentra ocupando la propiedad sólo por la mera tolerancia de su parte, toda vez que carece actualmente de título sobre ella, dándose en consecuencia, los supuestos del artículo 2195 inciso 2° del Código Civil. Solicita, además, que la demandada sea condenada al pago de los servicios de agua, luz, gas, teléfono y aseo que se encuentran pendientes y que se devenguen hasta la entrega de la propiedad. C-17801-2020 Foja: 1 Funda LA demanda de precario en el artículo 2195 y siguientes del Código Civil. Con fecha 31 de mayo del año 2021, se lleva a efecto audiencia de estilo, en la que comparece la demandante y lo hace en rebeldía de la demandada. La actora ratifica la demanda en todas sus partes y se tuvo por contestada demanda en rebeldía. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce. Se recibió la causa a prueba, fijándose ésta en la efectividad de ser la demandante dueña del inmueble de marras, si la demandada ocup

Fundamentos

Considerando: Primero: Ha comparecido Claudia Lorena Durán Salas, abogada, en representación de Teresa Julia Collao Labra, deduciendo demanda de precario en contra de Stephanie Fernanda López Medel, ambas ya individualizadas, solicitando que en definitiva se condene a la demandada a la devolución del predio indicado, dentro de tercero día desde que la sentencia cause ejecutoria, o en el plazo que se sirva fijar, bajo apercibimiento de lanzamiento con todos los demás ocupantes con auxilio de la fuerza pública, con costas. Funda la demanda en antecedentes de hecho y de derecho descritos en la parte expositiva de este

Fallo

fallo que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: La demandada se mantuvo rebelde a lo largo del proceso. Tercero: La acción intentada en autos es la establecida en el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil, norma que señala que: "Constituye también precario la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño." C-17801-2020 Foja: 1 De lo señalado anteriormente se desprende que para que dicha situación de hecho se configure han de jugar tres elementos, en un primer lugar una parte que sea dueño de la cosa, en segundo lugar, que otra persona la ocupe, y finalmente, que dicha ocupación se efectúe sin un título que la justifique o legitime. Cuarto: Consecuencia de lo dicho anteriormente es que la demandante ha de acreditar el dominio sobre inmueble ubicado en calle Cabo de Hornos N°1449, Conjunto Habitacional General Freire, comuna de Renca, y que consiste en departamento 204 del segundo piso del edificio N°7-A. Para lo anterior acompaña una copia de certificado de dominio vigente de propiedad inscrita a fojas 12520 N°14401 del Registro de Propiedad del año 1983, a nombre de Teresa Julia Collao Labra y que lo adquirió por compra al Serviú Metropolitano. Quinto: Con el documento antes señalado, ha de darse por acreditado que la demandante es propietaria del inmueble ubicado en Cabo de Hornos N°1449, Conjunto Habitacional General Freire, comuna de Renca, y que consiste en departamento 204 del segundo piso del edi

Texto Completo (Preview)

C-17801-2020 Foja: 1 FOJA: 17 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17801-2020 CARATULADO : COLLAO/L PEZÓ Santiago, diecisiete de Diciembre de dos mil veintiuno Vistos: Comparece Claudia Lorena Durán Salas, abogada, en representación de Teresa Julia Collao Labra, dueña de casa, domiciliada en calle Betania N°256, departamento 21, comuna de Lo Barn

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica