2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CARRASCO/LOGISTICA Y TRANSPORTES VABENE LTDA

Rol

O-2795-2022

Fecha

29 de noviembre de 2022

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos lo dispuesto en los artículos 1, 3, 9, 10, 160, 162, 820 y siguiente del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de don ROBERTO FERNANDO LÓPEZ PINTADO en contra de LOGISTICA Y TRANSPORTES VABENE LTDA representada por Jorge Zúñiga González, todos debidamente ya individualizados, se declara la existencia de una relación laboral a partir del 04 de mayo de 2020 hasta el día 17 de marzo de 2022, habiendo terminado el contrato por una causal indebida y nula, en la fecha ya indicada, por lo tanto se ordena a la demandada el pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva por falta del aviso previo por $700.000. b. Indemnización por años de servicio por $1.400.000. c. Recargo legal sobre los años de servicio por $1.120.000. d. Remuneraciones adeudadas del mes de febrero de 2022 y 17 días del mes de marzo de 2022, por un total $1.096.661. e. Por feriado legal y proporcional la suma total de $886.754. f. Indemnización convencional a todo evento pactada en la cláusula octava del contrato de trabajo por la cantidad de $2.000.000. g. Cotizaciones morosas desde mayo de 2020 a 17 de marzo de 2022. II. Que se condena a la demandada al pago en favor del demandante de las remuneraciones y demás estipulaciones del contrato entre el periodo comprendido en la fecha del despido, esto es el 17 de marzo de 2022 hasta la fecha de envió o entrega de la comunicación en que se informe el pago de las cotizaciones morosas, por no haber enterado el demandado las cotizaciones previsionales de conformidad a lo que dispone el artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo. III. Que las sumas ordenadas pagar serán con los intereses y reajustes legales con las que son otorgadas de conformidad al artículo 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda. IV. Que se condena en costas a la demandada, las que se regulan en la suma de $400.000. Una vez que se encuentre ejecutoriada la presente sentencia se ordena

Fallo

Por estas consideraciones y vistos lo dispuesto en los artículos 1, 3, 9, 10, 160, 162, 820 y siguiente del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de don ROBERTO FERNANDO LÓPEZ PINTADO en contra de LOGISTICA Y TRANSPORTES VABENE LTDA representada por Jorge Zúñiga González, todos debidamente ya individualizados, se declara la existencia de una relación laboral a partir del 04 de mayo de 2020 hasta el día 17 de marzo de 2022, habiendo terminado el contrato por una causal indebida y nula, en la fecha ya indicada, por lo tanto se ordena a la demandada el pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva por falta del aviso previo por $700.000. b. Indemnización por años de servicio por $1.400.000. c. Recargo legal sobre los años de servicio por $1.120.000. d. Remuneraciones adeudadas del mes de febrero de 2022 y 17 días del mes de marzo de 2022, por un total $1.096.661. e. Por feriado legal y proporcional la suma total de $886.754. f. Indemnización convencional a todo evento pactada en la cláusula octava del contrato de trabajo por la cantidad de $2.000.000. g. Cotizaciones morosas desde mayo de 2020 a 17 de marzo de 2022. II. Que se condena a la demandada al pago en favor del demandante de las remuneraciones y demás estipulaciones del contrato entre el periodo comprendido en la fecha del despido, esto es el 17 de marzo de 2022 hasta la fecha de envió o entrega de la comunicación en que se informe

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 21 VIRTUAL RUC 22-4-0400170-5 RIT O-2795-2022 MAGISTRADO IVETTE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS MARÍA JOSÉ DOMÍNGUEZ ANDRADES HORA DE INICIO 11.16 HRS. HORA DE TÉRMINO 11.48 HRS. N° REGISTRO DE AUDIO 2240400170-5-1349-

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