SCOTIABANK CHILE S. A./GONZÁLEZ
Rol
C-2369-2020
Fecha
17 de diciembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1 comparece don HUGO LARRAIN PRAT, abogado, con domicilio en Concepci n, calle Caupolic n 374 oficina 511, en representaci n deló á ó BANCO SCOTIABANK CHILE, sociedad an nima bancaria, de su mismoó domicilio para estos efectos, y deduce demanda ejecutiva en contra de do añ PAULINA ANDREA GONZALEZ MIRANDA, enfermera, domiciliada en la comuna de San Pedro de la Paz, calle El Progreso 8098 casa 42 Villa El Rosario, en base de las siguientes consideraciones: Indica que el demandante, antes denominado Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, ya individualizado, es due o y beneficiario de ñ 1 pagaré, suscrito por la demandada. El pagar es el siguiente: é 1.- Pagar né º 710077131911 suscrito con fecha 11 de junio de 2019, cuyas firmas fueron autorizadas con fecha 11 de junio de 2019, por el cual el suscriptor qued obligado a pagar al Banco, la suma de ó $13.300.064, por concepto de capital, m s la suma que resulta al aplicar al capital adeudado una tasa deá inter s del é 1.3% mensual, en 48 cuotas mensuales por la suma de $386.064 cada una, excepto la ltima de ú $386.064, a contar del 09 de septiembre de 2019 y las restantes los d as que para cada uno de los meses calendarios siguientes a partirí de dicha fecha, se indican en el propio pagar ; pact ndose que en caso de mora oé á simple retardo se devengar an intereses penales a raz n de la tasa pactada m s uní ó á 50% de la misma, y que el Banco podr a hacer de inmediato exigible el total delí saldo como s fuera de plazo vencido. í Expone que s lo se pagaron las primeras 5 cuotas del pagar , estando lasó é dem s cuotas insolutas, cuyo capital al á 10 de febrero de 2019 asciende en total a la suma de $12.580.265 y que el Banco pudo exigir a partir del d a í 11 de febrero de 2020 y que viene en hacer exigible en este acto, de acuerdo a la cl usula de aceleraci n y de capitalizaci n de intereses pactada. á ó ó Menciona que el pagar fue suscrito personalmente por é PAULINA ANDREA GONZALEZ MIRANDA. La firma
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don HUGO LARRAIN PRAT, en representaci n del ó BANCO SCOTIABANK CHILE, y deduce demanda ejecutiva en contra de do a ñ PAULINA ANDREA GONZALEZ MIRANDA, solicitando en definitiva acoger la demanda en todas sus partes, ordenando que se siga adelante la ejecuci n hasta el entero pago de la suma de ó $12.580.265 adeudada, en capital, intereses y costas. SEGUNDO: Que, a folio 13 comparece la ejecutada y se opone a la ejecuci n en virtud de lo dispuesto en el art culo 464 N° 11 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, esto es, la concesi n de esperas o pr rrogas del plazo, y losó ó siguientes argumentos: Indica que se acreditar en autos, que el pagar que ha sido acompa ado yá é ñ que sirve de base a la presente ejecuci n, es la garant a al pago de una obligaci nó í ó de car cter crediticio. Justamente en virtud de lo anterior, es que en forma previaá a la ejecuci n, su parte se acerc a conversar con la ejecutante, teniendo unaó ó respuesta positiva de su parte. Despu s de innumerables conversaciones, reuniones yé llamados telef nicos, el acreedor propuso un plan de pago, el cual se materializaró á en las pr ximas semanas, ya que s lo se est a la espera de que se se ale laó ó á ñ primera fecha de pago. Es por lo anteriormente expuesto que, la notificaci n de la demanda yó requerimiento de pago, han sido una sorpresa para su representada, toda vez que la respuesta del ejecutante siempre fue positiva, en cuanto a la concesi n de esperas yó pr rrogas en el plazo de pago de la obligaci n.ó ó Finaliza solicitando, en m rito de lo expuesto y de las normas legalesé pertinentes, se acoja la excepci n deducida y en su m rito rechazar la demandaó é ejecutiva en todas sus partes, con expresa condenaci n en costas.ó TERCERO: Que, a folio 15 la ejecutante contesta el traslado otorgado, solicitando el rechazo de la excepci n, en raz n de lo que sigue:ó ó Indica que la ejecutada no indica con claridad cu l fue el supuesto plazoá que el Banco le habr a otorgado para dar cumplimiento a su obligaci n. í ó Luego, agrega que no son efectivos los hechos expuestos por la demandada, ya que no es verdad que se hubiese dirigido al Banco a negociar con alg nú funcionario la pr rroga del documento de cr dito que da lugar a estos autos, loó é que es de tanta claridad, que de ser ciertos los hechos expuestos constar a en losí t tulos o en un anexo que el banco otorg pr rroga o concedi esperas para elí ó ó ó pago. Por otro lado, dice que se desprende de los propios fundamentos de la oposici n que no se cumplen los requisitos establecidos por la Ley para que seaó acogida, conforme a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, por lo que pide que se rechace la excepci n opuesta, acogi ndose la demanda ejecutiva, enó é todas sus partes, orden ndose que se siga adelante la ejecuci n hasta el entero pagoá ó de lo adeudado, en capital, intereses y costas. CUARTO: Que conforme lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civilí ó “Incum
Fallo
por tanto, siendo la deuda l quida, actualmente exigible y estando contenida ení t tulo ejecutivo no prescrito, corresponde se despache la ejecuci n en contra de laí ó demandada por la suma de $12.580.265 m s intereses penales y costas. á Finaliza solicitando, en m rito de lo expuesto y de las normas que cita,é tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de la suscriptora, do añ PAULINA ANDREA GONZALEZ MIRANDA ya individualizada; admitirla a tramitaci n, disponiendo que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enó ó su contra por suma de $12.580.265 m s intereses penales y costas, conteni ndoseá é en el mandamiento la orden de requerirle de pago y la de embargarle bienes suficientes si no efectuare el pago en el acto de su intimaci n; y, en definitiva,ó acoger la presente demanda en todas sus partes, ordenando que se siga adelante la ejecuci n hasta el entero pago de lo adeudado, en capital, intereses y costas.ó A folio 12 rola notificaci n de la demanda a la demandada, conforme loó dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil.í ó A folio 13 la demandada se opone a la ejecuci n.ó A folio 15 la ejecutante contesta el traslado otorgado. A folio 16 se recibe la causa a prueba. A folio 30 entran los autos para fallo. Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don HUGO LARRAIN PRAT, en representaci n del ó BANCO SCOTIABANK CHILE, y deduce demanda ejecutiva en contra de do a ñ PAULINA ANDREA GONZALEZ MIRANDA, solicitando en definitiva acoger l
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Talcahuano CAUSA ROL : C-2369-2020 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./GONZ LEZÁ Talcahuano, diecisiete de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Que, a folio 1 comparece don HUGO LARRAIN PRAT, abogado, con domicilio en Concepci n, calle Caupolic n 374 oficina 511, en representaci n deló á ó BANCO SCOTIABANK CHILE, sociedad an nima banc
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