2º Juzgado de Letras de Quillota

NAVARRO/GONZALEZ&DIAZ SEGURIDAD SPA

Rol

M-38-2022

Fecha

29 de noviembre de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la causa. No habiendo sido contestada la demanda por las demandadas, se hará uso de la facultad del artículo 453 N° 1 inciso 7° del Código del Trabajo, por lo tanto admitiéndose como tácitamente los hechos de la demanda, procediéndose a dictar sentencia: Dictación y notificación de sentencia: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. - se deja constancia que el registro íntegro de la misma se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Quillota, a veintinueve de noviembre de dos mil veintidós: VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Por las consideraciones anotadas y visto además lo dispuesto en los artículos 1 a 11, 55, 58, 63, 73, 162, 168, 172, 173, 183-A y B, 422, 446, 496 y siguientes del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil,

Fallo

SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don José Navarro Olguín en contra de González y Díaz Seguridad Privada SpA y solidariamente en contra de La Cruz Inmobiliaria y Constructora S.A. y se declara que el despido de que fue objeto es improcedente, es nulo y no ha producido el efecto de poner término a sus contratos de trabajo y se condena a las demandadas a pagar lo siguiente: 1.- Indemnización sustitutiva de aviso previo, suma que asciende a $495.013. 2.- Indemnización por un años de servicios, suma que asciende a $495.013. 3.- Recargo legal sobre la indemnización por años de servicio de conformidad a lo dispuesto en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo de un 30% sobre la indemnización por años de servicio, esto es $148.504. 4.- Remuneración de los días de junio y julio de 2022, suma que asciende a $511.513. 5.- Indemnización compensatoria del feriado legal y proporcional al período comprendido entre el 26 de junio de 2021 y el 01 de julio de 2022, suma que asciende a $349.800. 6.- Cotizaciones de seguridad social impagas en el período trabajado y las que se devenguen hasta la convalidación del despido, a razón de una remuneración mensual de $495.013. II. Que se condena en costas a las demandadas, las que se regulan en un 10% de las sumas ordenadas pagar, debidamente reajustadas; dejándose expresa constancia que la condena a la demandada La Cruz Inmobiliaria y Constructora S.A. en calidad de empresa principal y se le condena en forma solidaria

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACION, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 29 de noviembre de 2022 RUC 22-4-0427026-9 RIT M-38-2022 MAGISTRADO PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paola Martínez Vargas HORA DE INICIO 10:09 horas HORA DE TERMINO 10:26 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240427026-9-97 DEMANDANTE José Navarro Olguín ABOGADO María José Añasc

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