2º Juzgado Civil de Temuco

MENDEZ GUZMAN/FISCO DE CHILE

Rol

V-277-2020

Fecha

16 de diciembre de 2021

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 18 de diciembre de 2020 comparece don ALVARO GASTON SAEZ WILLER, Abogado, en representación del CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, persona jurídica de derecho público, ambos domiciliados en Arturo Prat Nº 847, oficina 202, de Temuco, quien solicita notificación de tasación, consignación y adquisición de dominio del inmueble que indica, señalando que por Decreto Supremo Nº 1347, de fecha 30 de noviembre de 2020, del Ministerio de Obras Públicas, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial, fecha 15 de diciembre de 2020, el FISCO DE CHILE ordenó EXPROPIAR, de acuerdo con las normas del Decreto Ley Nº 2.186, de 1978, los terrenos necesarios para la obra “MEJORAMIENTO RUTA S-75, SECTOR COLICO – CABURGUA NORTE”, que comprenden a parte del predio con Rol de Avalúo N° 1319-237 de la comuna de Cunco, y cuyo propietario, según rol de avalúo, es SUC. GUZMAN IPARRAGUIRRE C. GLORIA. Los terrenos se encuentran singularizados en los Planos y Cuadro de Expropiación, elaborados por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, que se aprueba por el decreto expropiatorio ya mencionado, y figuran como Lotes Nº 108 y N° 109, con una superficie de 857 y 901 metros cuadrados, respectivamente. Los Lotes N°108 y N°109 expropiados, forman parte del inmueble, denominado LOTE NUMERO DIECISEIS, de una superficie de tres coma sesenta y siete hectáreas, resultantes de la subdivisión de un retazo del resto de Cincuenta y siete hectáreas, que son parte de un predio mayor de setenta y cinco hectáreas terreno que es parte de una hijuela de ciento veinte hectáreas de superficie ubicada en el lugar Cólico, Comuna de Cunco, y que deslinda en general: Norte, Cordillera alta de Tres Horquetas; Este, Propiedad de Otto Hettich, ante el vendedor, Sur, Ribera Norte del Lago Cólico; y Ponente: Con ocupante Manuel Rebolledo.- Los deslindes especiales del LOTE NUMERO DIECISEIS, son NORTE: línea quebrada en ciento treinta y cinco metros, que lo separa de Cordillera Tres Horquetas;

Fundamentos

CONSIDERANDO: Lo solicitado por la parte expropiada con 10 de marzo de 2021, y en mérito de la certificación de las publicaciones efectuadas con fecha 12 de abril de 2021; oficio del Conservador de Bienes Raíces de Cunco, acompañando certificados de dominio vigente; certificados de avalúo y certificación deuda contribuciones; oficio del Notario Público de Cunco y La Serena, en el que dan cuenta de la vigencia de mandatos otorgados por los expropiados; y lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Decreto Ley 2186, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones,

Fallo

se resuelve: HA LUGAR a lo solicitado con fecha 10 de marzo de 2021, y en consecuencia se ordena girar cheques por la suma de $28.040.474.- y por la suma de $13.985.566.-, a nombre de ESTEBAN ANDRÉS MENDEZ GUZMAN, cédula nacional de identidad N°13.963.829-8, quién percibe para sí y en representación de las expropiadas doña ALEJANDRA BEATRIZ MENDEZ GUZMAN, cédula nacional de identidad N°15.247.405-9 y de doña NATALIA PAZ MENDEZ GUZMAN, cédula nacional de identidad N°17.727.707-K, conforme mandato acompañado a la causa. Para efectos de la entrega de los cheques y cumplimiento a lo establecido en el acápite cuarto del Acta N° 87-2014 de la Excelentísima Corte Suprema, deberá comparecer en las dependencias del Tribunal el Abogado, siempre que conste en la causa que los beneficiarios directos tomaron conocimiento del giro de los documentos mercantiles, actuación que realizará el Secretario Subrogante del Tribunal, por cualquier medio tecnológico, debiendo coordinar dicha actuación al fono: 9-68324777 en el horario de 9:00 am a 14:00 horas. Regístrese, anótese, notifíquese y archívese.- ROL: V 277-2020 Dictada por María Alejandra Santibáñez Chesta, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Temuco.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, diecis is de Diciembre de dos mil veintiunoé Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación

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Foja: 1 FOJA: 50 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-277-2020 CARATULADO : MENDEZ GUZMAN/FISCO DE CHILE Temuco, diecis is de Diciembre de dos mil veintiunoé VISTOS: Con fecha 18 de diciembre de 2020 comparece don ALVARO GASTON SAEZ WILLER, Abogado, en representación del CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, persona jurídica de derecho público, ambos do

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