1º Juzgado de Letras de Iquique

BANCO SANTANDER - CHILE/S Y S HOTELERA S A

Rol

C-1837-2020

Fecha

16 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, rectificado mediante presentaciones de folios 15 y 25, comparece don MAURICIO CARRASCO CARTES, abogado, en representación del BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad anónima bancaria, ambos domiciliados en San Martín N° 255, piso 10, Oficina 104, Iquique; quien deduce demanda en juicio ejecutivo de cobro de pagaré en contra de S Y S HOTELERA S.A., sociedad del giro de su denominación, representada por don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, ignora profesión u oficio, domiciliados en calle Vivar N° 493, piso 7, de la comuna de Iquique, en calidad de deudor principal; y en contra de don CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA, ignora profesión u oficio, con domicilio en calle Vivar N° 493, piso 7, de la comuna de Iquique; y en contra de don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, ignora profesión u oficio, con domicilio en calle Vivar, piso 7 de la comuna de Iquique, estos últimos en calidad de avales, fiadores y codeudores solidarios. Fundamenta su demanda señalando su representado es beneficiario de dos pagarés suscritos por S Y S HOTELERA S.A., en calidad de deudor principal, y por don CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA y don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, en calidad de avales, fiadores y codeudores solidarios, quienes se obligaron a pagar conjuntamente con los intereses correspondientes, en las fechas de sus respectivos vencimientos, que detalla: 1) Pagaré Comercial Cuotas de Capital Igual N° 420018456370, por la cantidad de 43.266,500 Unidades de Fomento, a la orden del Banco Santander- 1 JJQ Chile. Señala que el capital se devengaría desde la fecha de suscripción del documento y hasta su vencimiento, un interés del 5,480% anual vencido, calculado en base a un año de 360 días y por el número de días efectivamente transcurrido, sin perjuicio del interés en caso de mora, simple retardo o prórroga. Los intereses se pagarían el mismo día del vencimiento del capital. El pago del capital y/o intereses adeudados se efectuaría en las cuotas, por los montos y en las fechas que se

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don MAURICIO CARRASCO CARTES, abogado, en representación del BANCO SANTANDER-CHILE; quien deduce demanda en juicio ejecutivo de cobro de pagaré en contra de S Y S HOTELERA S.A., representada por don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, en calidad de deudor principal; y en contra de don CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA y don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, en calidad de fiadores, avales y 4 JJQ codeudores solidarios, solicitando que se tenga por interpuesta demanda ejecutiva y se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de equivalente a 44.326,7817 Unidades de Fomento, por concepto de capital e intereses vencidos, reajustes, intereses pactados e intereses penales desde la fecha del incumplimiento y hasta la de su pago efectivo, que corresponden a modo meramente referencial al día 20 de julio de 2018 a $1.205.370.639.-; hasta su total e íntegro pago y costas de la causa, declarando en definitiva, que debe seguirse adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la deuda, por los motivos señalados en lo expositivo. SEGUNDO: Que, a folio 28 comparece don HECTOR ÁLVAREZ FORTTE, abogado por los ejecutados, quien se opone a la ejecución, alegando las excepciones previstas en los Nº 9 y Nº 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando que se acojan y se rechace la demanda, según los argumentos señalados en la parte expositiva. Que a folio 32 comparece don MAURICIO CARRASCO CARTES, abogado, en representación del ejecutante, BANCO SANTANDER-CHILE, evacuando el traslado de las excepciones opuestas, y solicitando el rechazo de estas, por los motivos acuñados en lo expositivo. TERCERO: Que, el ejecutante aportó la siguiente prueba: Prueba instrumental: 1) Copia de Pagaré Comercial Cuotas de Capital Igual N° 420018456370, por la cantidad de 43.266,500 Unidades de Fomento; 2) Copia de Pagaré Comercial Cuotas de Capital Igual N° 420019637750, por la cantidad de 2.133,0000 Unidades de Fomento; 3) Copia de Escritura de Alzamiento, Contrato de Mutuo e Hipoteca con Tasa Fija y Tasa Variable (TAB) Fines Generales de fecha 29 de mayo de 2019, suscrita ante notario público de Iquique don Carlos Vila Molina, repertorio N° 2.144; 4) Copia de Certificado de Dominio Vigente y Certificado de Hipotecas y Gravámenes, Prohibiciones e Interdicciones de fecha 21 de febrero del año 2020, 5 JJQ respecto de la propiedad ubicada en calle Amunategui número mil novecientos noventa esquina Nor Oriente con Primera Sur de la comuna de Iquique. CUARTO: Que el ejecutado aportó la siguiente prueba: 1) Copia de Comprobante de Ingreso de Caja N° 201019122024, de fecha 19/10/2020 del Banco Santander-Chile; 2) Copia de Comprobante de Ingreso de Caja N° 2010191221114, de fecha 19/10/2020 del Banco Santander-Chile; 3) Copia de Comprobante de Ingreso de Caja N° 2010191221212, de fecha 19/10/2020 del Banco Santander-Chile; 4) Copia de Comprobante de Ingreso de Caja N° 21111134517

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se recibió la causa a prueba. A folio 61, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don MAURICIO CARRASCO CARTES, abogado, en representación del BANCO SANTANDER-CHILE; quien deduce demanda en juicio ejecutivo de cobro de pagaré en contra de S Y S HOTELERA S.A., representada por don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, en calidad de deudor principal; y en contra de don CANIO GUILLERMO SCIARAFFIA ORTEGA y don JOSÉ MIGUEL SCIARAFFIA ORTEGA, en calidad de fiadores, avales y 4 JJQ codeudores solidarios, solicitando que se tenga por interpuesta demanda ejecutiva y se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de equivalente a 44.326,7817 Unidades de Fomento, por concepto de capital e intereses vencidos, reajustes, intereses pactados e intereses penales desde la fecha del incumplimiento y hasta la de su pago efectivo, que corresponden a modo meramente referencial al día 20 de julio de 2018 a $1.205.370.639.-; hasta su total e íntegro pago y costas de la causa, declarando en definitiva, que debe seguirse adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la deuda, por los motivos señalados en lo expositivo. SEGUNDO: Que, a folio 28 comparece don HECTOR ÁLVAREZ FORTTE, abogado por los ejecutados, quien se opone a la ejecución, alegando las excepciones previstas en los Nº 9 y Nº 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando que se aco

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PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, rectificado mediante presentaciones de folios 15 y 25, comparece don MAURICIO CARRASCO CARTES, abogado, en representación del BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad anónima bancaria, ambos domiciliados en San Martín N° 255, piso 10, Oficina 104, Iquique; quien deduce demanda en juicio ejecutivo de c

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