MORA CON MUNICIPALIDAD DE CHILLAN VIEJO
Rol
T-28-2022
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OIDOS. 1° Se interpone denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido por JOHANNA ANDREA MORA SEPÚLVEDA, periodista, Cédula de Identidad N° 14.173.604-3, con domicilio en 18 de Septiembre N° 65, Oficina 7, Chillán, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHILLÁN VIEJO, persona jurídica de derecho público, RUT N° 69.266.500-7, representada legalmente por su Alcalde don JORGE ANDRÉS DEL POZO PASTENE, Cédula de Identidad N° 13.842.502-9, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Serrano N° 300, comuna de Chillán Viejo. Señala la denuncia que el 02 de Julio de 2019 fue contratada por la Municipalidad a través de contrato a honorarios, siendo nombrada en enero de 2020 como profesional a contrata grado 10 EMS cumpliendo la función de Encargada de Comunicaciones del Municipio, prorrogándose la contrata durante el año 2021 hasta el 31 de diciembre de ese año, no renovándose la contrata por el siguiente periodo. Señala haber sido contratada durante la gestión del alcalde Felipe Aylwin desarrollando un muy buen trabajo, pero en mayo de 2021 las elecciones las gana el actual alcalde Jorge del Pozo Pastene, quien hasta la fecha ejercía como concejal de la comuna. Indica que desde antes de asumir la nueva autoridad, en mayo de 2021, cercanos a la nueva administración hicieron saber que “rodarían cabezas” en las distintas dependencias del Municipio, señalando incluso el funcionario Ronny Yéber, con nombres y apellidos a quienes se despediría, incluyendo siempre en la lista a “la hueona de comunicaciones”, refiriéndose a ella. Señala que desde que ganó la nueva administración, prácticamente no se le asignaron funciones, fue invisibilizada y se le hacía sentir que era un estorbo, provocándole ese estrés y agobio emocional y laboral un aumento de las molestias de la trabajadora por una Cervicobraquialgia que la afectó, iniciando reposo médico con fecha 21 de junio de 2021. En julio de ese año, a sabiendas que se enco
Fundamentos
motivos de ello, pero había una amenaza latente de que iban a ser echados funcionarios que eran leales a él. La actora se sentía menoscabada, había un problema de dignidad humana. No sabe si hizo uso de licencias médicas, el se lo sugirió. La actitud de la denunciada era muy malo, se le ninguneaba, lo que sabe por ella y otros funcionarios. A la contraria indicó que a la denunciante se le desvinculó sin una razón concreta. Ella estaba a contrata, tenía por lo menos tres años a contrata. El 20 de agosto es una fecha importante para la comuna, requiere de mucha organización. Johanna Mora Sepúlveda (declaración de parte) Indicó que fue objeto de malos tratos en su lugar de trabajo, presentó la denuncia porque no puede permitirse este tipo de tratos en el lugar de trabajo. Todo empezó cuando alcalde actual ganó las elecciones. El día martes siguiente se presentó una persona a dependencias de la municipalidad, ella estaba con permiso administrativo así que le contaron que tomó nota con un cuaderno indicando que iban a volar cabezas. Al administrador municipal le dijo: “se irán la weona de comunicaciones y tú”. Desde ese minuto comenzaron las amenazas de que todos se iban a ir. Le preguntó a Felipe Aylwin que hacía porque había que preparar el cambio de mando y todo eso, él le sugirió que se tomara las vacaciones porque si no las iba a perder. Fue una situación muy angustiante porque había llegado hace poco a Chillán y le habían dado oportunidad de hacer su trabajo, hizo bien su trabajo, pero a quienes llegaron no les gustó lo que había hecho porque no le dieron oportunidad de trabajar. Cuando volvió de trabajar después de licencia médica la administradora municipal le señaló que sacara sus cosas de la oficina. Todos sus compañeros la saludaron casi a escondidas. Ella solo tenía un archivador con documentos administrativos que se llevó, la administradora la ve saliendo con esa caja y le pregunta qué llevaba ahí, y ella le dice que son documentos de la municipalidad en un tono poco amable. Le revisó esos documentos. Luego le dijo que se iría a salud donde le darían un puesto para trabajar. Ella sabía que no le iban a dar el puesto de comunicaciones porque durante vacaciones y licencia compañeros le decían que ya estaba prácticamente afuera. Mientras estaba con licencia la llamaron para que entregara las claves de las redes sociales. Después deciden, en el minuto, que no se iba a salud, sino que al DAEM, a un lugar que no estaba apto para trabajar, ni para ella ni para nadie. Ella de todos modos se puso a trabajar, hizo el trabajo encomendado. Le preguntó al director del DAEM si podía limpiar su lugar de trabajo, porque estaba lleno de cajas de material en desuso, cables, modem, dípticos antiguos, entre otros. El le dijo que no, porque no tenían dónde dejarlos. Tampoco le entregó el currículo que le pidió para actualizar la página con su nombre, lo que era inexplicable. Le preguntó a la dueña del módulo dónde podía imprimir, y le dijeron que cada uno t
Fallo
SE RESUELVE: I.- Se rechaza la denuncia de tutela de vulneración de derechos fundamentales deducida por JOHANNA ANDREA MORA SEPÚLVEDA en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHILLÁN VIEJO. II.- No se condena en costas a la denunciante, por haber obrado con motivo plausible. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. RIT: T-28-2022 RUC: 22- 4-0390205-9 Dictada por Juez(a) Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán. Juzgado del Trabajo de Chillán – Isabel Riquelme N° 280, Chillán – Fono (042) 219702
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Tutela MATERIAS: Vulneración de Derechos Fundamentales con Ocasión del Despido DEMANDANTE: Johanna Andrea Mora Sepúlveda DEMANDADO: Municipalidad De Chillan Viejo RIT: T-28-2022 RUC: 22- 4-0390205-9 ________________________________________/ Chillán, veintinueve de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y OIDOS. 1° Se interpone denuncia de t
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