Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

HUIDOBRO/WSP SERVICIOS POSTALES S.A.

Rol

M-460-2022

Fecha

28 de noviembre de 2022

Materia

Costas, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos no controvertidos: 1.-Existencia de relación laboral iniciada el día 06 de enero de 2021 hasta el día 17 de mayo de 2022 en la función de bodeguera, con una remuneración mensual de $520.433.-, y que la causal de despido aplicada fue la de necesidades de la empresa. 2.-Se adeudan indemnizaciones: sustitutiva de aviso previo y por un año de servicio, además de feriado legal y feriado proporcional, en los montos indicados en la demanda. Hechos a probar: 1.-Estado de pago de cotizaciones obligatorias al momento del despido y actualmente, en caso de adeudarse,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña Malenie Andrea Huidobro Montero, cédula de identidad Nº 19.693.874-5, domiciliada en calle La Reina N° 581 Antofagasta, a interponer demanda de despido injustificado y prestaciones en contra de WSP Servicios Postales S.A., RUT N° 96.828.740-0, representada por don Francisco Patricio Codecido Becerra, cédula de identidad Nº 8.954.596-K, domiciliado en Avenida Iquique N°5.795 Antofagasta, y expresa: Que, comenzó a prestar servicios como bodeguera, el día 06 de enero de 2021, con una remuneración mensual de $520.433.- contrato de naturaleza indefinida. Que, fue despedida por necesidades de la empresa el día 17 de mayo de 2022. Que, en la comunicación de despido se hizo oferta irrevocable de indemnización sustitutiva, un año de servicio, además de feriado legal y proporcional. Que, en la comunicación de despido se le informó que sus cotizaciones se encontraban al día, lo que no es efectivo, ya que se le adeudan cotizaciones previsionales, de salud y de cesantía por el periodo trabajado. Por lo anterior solicita, se declare, la nulidad del despido para efectos remuneracionales y se ordene el pago del feriado legal y proporcional, sustitutiva de aviso previo, además de un año de servicio, todo con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que, contestando la demanda en Audiencia Única, verbalmente, la parte demandada, reconoce la fecha de ingreso y funciones indicado en la demanda, además reconoce el monto remuneracional para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, reconoce la fecha y causal de despido y los conceptos ofrecidos al término de la relación laboral, mes de aviso, años de servicio y feriado. Que, en relación a las cotizaciones de Afp, Afc y Fonasa, que si bien es efectivo lo indicado, se entiende autorizada por la Ley, ya que en 2021 por la pandemia y estallido social, crisis financiera, su representada hasta finales de 2020, tenía 2 áreas de negocios uno mensajería los carteros y el área paquetería que es donde ingresó la trabajadora en el año 2021, área mensajería fue muy buena, pero desde 2016 la mensajería comenzó a bajar y ya no era un negocio, un pésimo negocio, fue carga financiera que se arrastra hasta el día de hoy, hasta que en diciembre de 2020, se cerrará, quedando solo el área de paquetería, pero con una deuda de arrastre, además del estallido y pandemia, agrega el tema económico e inflacionario, el alza en los insumos, significó que tuviera que despedir mucho personal y dentro de ellos a la trabajadora, tiene un tiempo de pago superior al normal la Ley N°21.227 viene a apoyar a las empresa que están pasando por una crisis producto de la pandemia, que en su artículo 28 señala que las empresas que no han podido pagar dentro del plazo debido, tienen un plazo de 24 meses para poder pagarlas y sin multas, agrega que todo el 2021 estuvo amparada por la Ley N°21.227 por lo que a la fecha del despido de la trabajadora todavía era posible ponerse al día en el pago de las cotizaciones impa

Fallo

se resuelve: I.-Se acoge sin costas, la demanda deducida por doña Malenie Andrea Huidobro Montero, deducida en contra de WSP Servicios Postales S.A., ambos individualizados declarándose nulo el despido para efectos remuneracionales, en consecuencia: Se condena a la demandada al pago: 1.-$520.433.- indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.-$520.433.- indemnización por un año de servicio. 3.-$379.467.- feriado legal 2021-2022 y feriado proporcional. 4.-Pago de cotizaciones previsionales, de salud y cesantía por todo el periodo trabajado, esto es desde 06 de enero de 2021, hasta el día 17 de mayo de 2022. Remuneraciones y demás prestaciones, desde el despido de fecha 17 de mayo de 2022 y hasta su convalidación, en razón de $520.433. II.-Las sumas serán pagadas con los reajustes e intereses legales de los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.-Ejecutoriada la presente Sentencia notifíquese por carta certificada a Afp Modelo, Afc Chile y Fonasa. De conformidad a lo prevenido en el artículo 13 de la ley N°14.908, y en caso que fuera procedente, practíquese por el empleador retención y pago de alimentos que correspondan y póngase en conocimiento del Juzgado de Familia competente, so pena de incurrir en multa, a beneficio fiscal, equivalente al doble de la cantidad mandada retener y de resultar solidariamente responsable en el pago de las pensiones no descontadas, retenidas y pagadas en favor del alimentario. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad.

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Monitorio. DEMANDANTE: MALENIE ANDREA HUIDOBRO MONTERO. DEMANDADA: WSP SERVICIOS POSTALES S.A. RIT: M-460-2022 RUC: 22- 4-0426312-2 ___________________________________________________________/ Antofagasta, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña Malenie Andrea Huidobro Montero, cédula de identidad Nº 19.693.874-5, domici

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica