CLÍNICA ALEMANA DE TEMUCO S.A/PRADENAS
Rol
C-987-2021
Fecha
15 de diciembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 17 de marzo de 2021 comparece don EDUARDO BELMAR GARCÍA, abogado, en representación convencional de CLINICA ALEMANA DE TEMUCO S.A., sociedad comercial del giro de su denominación, representada legalmente por don Rodrigo Infante Cotroneo, de profesión Ingeniero Comercial; domiciliado para estos efectos en calle Senador Estébanez Nº 645, comuna de Temuco, Novena región , quien viene en deducir demanda en juicio ejecutivo de cobro de pagaré, en contra de don(ña) CLAUDIA PAOLA PRADENAS BAEZA, se ignora profesión u oficio, domiciliado(a) en RECREO 820, DEPTO. 804, comuna de TEMUCO, Novena Región, por los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 14 de abril de 2021 la demandada fue notificada personalmente de la demanda y requerida de pago. Con fecha 19 de abril de 2021 la ejecutada opone excepciones a la ejecución. Con fecha 23 de abril de 2021 la ejecutante evacúa el traslado conferido. Con fecha 27 de abril de 2021
Fallo
se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 02 de diciembre de 2021 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 17 de marzo de 2021 el abogado don Eduardo Belmar García, abogado, en representación convencional de Clinica Alemana De Temuco S.A, sociedad comercial del giro de su denominación,representada legalmente por don Rodrigo Infante Cotroneo, de profesión Ingeniero Comercial;domiciliado para estos efectos en calle Senador Estébanez Nº 645, comuna de Temuco, Novena región , dedujo demanda ejecutiva en contra de doña Claudia Paola Pradenas Baeza, domiciliada en RECREO 820, DEPTO. 804, comuna de TEMUCO, en base a los argumentos de hecho y derecho que expone en su demanda, al siguiente tenor: Clínica Alemana de Temuco Sociedad Anónima es dueña del pagaré Nº 78764, por la suma de $19.237.203, suscrito por don(ña) CLAUDIA PAOLA PRADENAS BAEZA, ya individualizado (a) cuyo vencimiento es el día 29 de Diciembre de 2020, y cuya firma se encuentra debidamente autorizada en la notaria de Temuco de don HÉCTOR BASUALTO BUSTAMANTE. De igual manera, en dicho efecto de comercio se estipuló que en el caso de mora o simple retardo en el pago del pagaré se devengaría, desde la fecha de la mora o del simple retardo y hasta la fecha del pago íntegro y efectivo, un interés penal igual al corriente a la fecha de la mora o del simple retardo para operaciones de crédito de d
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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-987-2021 CARATULADO : CL NICA ALEMANA DE TEMUCOÍ S.A/PRADENAS Temuco, quince de Diciembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 17 de marzo de 2021 comparece don EDUARDO BELMAR GARCÍA, abogado, en representación convencional de CLINICA ALEMANA DE TEMUCO S.A., sociedad comercial del giro de su
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