CORTÉS/SOCIEDAD DE INVERSIONES MERAKI SPA
Rol
M-494-2022
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 2022 RUC 22-4-0432101-7 RIT M-494-2022 MAGISTRADA KAREN ALFARO LOPEZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS YENIFER RASJIDO GUTIERREZ SALA 3 HORA DE INICIO 12:36 HORA DE TERMINO 12:54 Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0432101-7 PARTE DEMANDANTE GABRIELA CORTÉS DÍAZ ABOGADO RODRIGO NAVARRO ARQUEROS PARTE DEMANDADA EN REBELDIA INVERSIONES MERAKI SPA La presente audiencia se lleva a efecto por video conferencia utilizando la plataforma zoom. No existiendo oposición se omite el resumen de la demanda Constancia: La demandada no ha comparecido, en virtud de aquello se tiene por contestada en rebeldía. Conciliación: Frustrado. Demandante: Solicita al Tribunal dictar sentencia. Tribunal: La causa queda en estado de dictar sentencia. RESUMEN DE LA SENTENCIA La Serena, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 5 al 11, 41 al 44, 54 al 58, 162, 168, 163, 171, 172, 173 y 420 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se declara que entre la demandante doña Gabriela Cortés Díaz RUT 16.689.064-0 y la demandada Inversiones Meraki SpA RUT 76.814.328-5 existió una relación laboral entre el 7 de octubre de 2021 y el 14 de julio de 2022, habiendo terminado el contrato de trabajo por despido incausado. II. Que en consecuencia se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. La indemnización sustitutiva de aviso previo, por $475.000. 2. Compensación del feriado proporcional, por $250.828. 3. Cotizaciones en AFP Provida y de salud en FONASA entre el 7 de octubre de 2021 y el 14 de julio de 2022, considerando una remuneración de $475.000 mensuales. 4. Las remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde el despido, ocurrido el 14 de julio de 2022 y hasta la convalidación del despido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 162 inciso quinto y siguientes del Código del Trabajo, considerando una remuneración de $475.000. III. Se condena en costas a la demandada, regulándose las personales en la suma de $150.000. IV. Las sumas ordenadas pagar deberán ser reajustadas y generaran los intereses establecidos en el art culo 63 y 173 del C digo del Trabajo, según corresponda. Ejecutoriada que sea la presente sentencia cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contra
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 2022 RUC 22-4-0432101-7 RIT M-494-2022 MAGISTRADA KAREN ALFARO LOPEZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS YENIFER RASJIDO GUTIERREZ SALA 3 HORA DE INICIO 12:36 HORA DE TERMINO 12:54 Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0432101-7 PARTE DEMANDANTE GABRIELA CORTÉS DÍAZ ABOGADO RODRIGO NAVARRO ARQUEROS
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