BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/DE LA FUENTE
Rol
C-189-2020
Fecha
14 de diciembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece don Rodrigo Calfunao Oyarzo, abogado, domiciliado en Villa Los Lagos, pasaje Corcovado N 3366, Ancud, en representaci n convencional de° ó Banco de Cr dito e Inversiones, sociedad del giro de su denominaci n, con domicilio ené ó calle Eleuterio Ram rez N 257, Ancud, quien deduce acci n ejecutiva para el cobro deí ° ó un pagar en contra de do a Rebeca del Carmen De La Fuente Aguilar, ignoraé ñ profesi n u oficio, domiciliada indistintamente en calle Maip N 750 y calle Pudetoó ú ° N 285 de la comuna de Ancud, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y° ó embargo en su contra por la suma de $920.763, ordenando seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago de las sumas adeudadas en capital,ó intereses y costas. Funda su pretensi n en el antecedente que el Banco es due o del pagar a laó ñ é orden N°D09499954577, suscrito ante Notario con fecha 6 de enero de 2020, el que devenga intereses a raz n de la tasa m xima convencional legal, convini ndose su pagoó á é en car cter de indivisible, venciendo el documento el d a 15 de enero de 2020, fecha ená í que no se verific el pago de la obligaci n.ó ó Foja: 1 A ade que las obligaciones que emanaren de dicho pagar , tendr n el car cter deñ é á á solidarias para el suscriptor y los dem s obligados si los hubiere, e indivisibles para susá herederos, seg n lo dispuesto en los art culos 1525 N 4 y 1528 del C digo Civil. ú í ° ó Los documentos tienen m rito ejecutivo, la obligaci n es l quida, actualmenteé ó í exigible y su acci n no se encuentra prescrita. ó Por lo anterior demanda la cantidad de $920.763, m s intereses penales, hastaá hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. A folio 10, del cuaderno principal la ejecutada fue notificada personalmente de la demanda ejecutiva y, en el cuaderno de apremio, a folio 2, consta que fue requerida de pago. A folio 11 del cuaderno principal, comparece la ejecutada, do a Rebeca de lañ Fuente Aguilar, a trav s de su
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Rodrigo Calfunao Oyarzo, en representaci n de Bancoó de Cr dito e Inversiones, dedujo acci n ejecutiva para el cobro de pagar en contra deé ó é do a Rebeca de la Fuente Aguilar, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n yñ ó embargo en su contra por la suma de$920.763, por concepto de capital adeudado, m sá los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas, fundado en que el Banco es due o de un pagar a la orden, suscrito notarialmente conñ é fecha 6 de enero de 2020, por la ejecutada a trav s de la mandataria facultada para talé fin, cuyo pago se comprometi a pagar en un pago indivisible, pero se constituy enó ó mora el d a 15 de enero de 2020, verific ndose oportunamente el no pago de laí á obligaci n.ó SEGUNDO: Que, a su turno, la ejecutada opuso a la ejecuci n las excepcionesó del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en especial, la del N 4, ineptitud delí ó ° libelo, la del N 2, falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n° í ó legal del que comparece a su nombre, y la del N 11, concesi n de esperas; todas ellas° ó fundadas en los argumentos explicados en lo expositivo del presente fallo. TERCERO: Que, habi ndose conferido traslado al ejecutante para contestar aé las excepciones opuestas, ste cuestion todos los fundamentos, solicitando su rechazo,é ó pues compete a la parte que las alega la carga probatoria de las excepciones se aladas enñ autos. CUARTO: Que, finalizado el debate en torno a las excepciones, estas
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba, resoluci n notificada a las partes a folio 20 y 22.ó A folio 32, se cit a las partes a o r sentencia. ó í Foja: 1 CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Rodrigo Calfunao Oyarzo, en representaci n de Bancoó de Cr dito e Inversiones, dedujo acci n ejecutiva para el cobro de pagar en contra deé ó é do a Rebeca de la Fuente Aguilar, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n yñ ó embargo en su contra por la suma de$920.763, por concepto de capital adeudado, m sá los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas, fundado en que el Banco es due o de un pagar a la orden, suscrito notarialmente conñ é fecha 6 de enero de 2020, por la ejecutada a trav s de la mandataria facultada para talé fin, cuyo pago se comprometi a pagar en un pago indivisible, pero se constituy enó ó mora el d a 15 de enero de 2020, verific ndose oportunamente el no pago de laí á obligaci n.ó SEGUNDO: Que, a su turno, la ejecutada opuso a la ejecuci n las excepcionesó del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en especial, la del N 4, ineptitud delí ó ° libelo, la del N 2, falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n° í ó legal del que comparece a su nombre, y la del N 11, concesi n de esperas; todas ellas° ó fundadas en los argumentos explicados en lo expositivo del presente fallo. TERCERO: Que, habi ndose conferido traslado al ejecutante para contestar aé las excepciones opuestas
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Ancud CAUSA ROL : C-189-2020 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/DE LAÉ FUENTE Procedimiento: Ejecutivo Materia: Cobro de pagaré Ejecutante: Banco de Cr dito e Inversionesé Ejecutado: Rebeca del Carmen de la Fuente Aguilar Juez: Isabel Vel squez Rojasá Fecha ingreso: 24 de marzo de 2020 C digo: C07Aó Ancud, catorce de d
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