RAVANAL/UNIVERSIDAD DE CHILE, FACULTAD DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS
Rol
O-1573-2022
Fecha
25 de noviembre de 2022
Materia
Bonos, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto la audiencia de juicio, en procedimiento de aplicación general, en los autos RIT O-1573-2022, por demanda de declaración de existencia de relación laboral, despido injustificado, acción de nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales. La demanda fue interpuesta por doña BÁRBARA ODETTE RAVANAL DOUGLAS, Ingeniera en Gestión Turística, cédula de identidad Nº 10.680.239-4, domiciliada en Avenida Quilín N° 5662, Departamento 306 A, comuna de Peñalolén. A su vez, la demanda fue interpuesta en contra de UNIVERSIDAD DE CHILE, FACULTAD DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS, RUT N° 60.910.000-1, representada legalmente por su rector don Ennio Augusto Vivaldi Vejar, cédula de identidad N° 5.464.370-5, ambos domiciliados para estos efectos en Diagonal Paraguay N° 257, comuna de Santiago.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña BÁRBARA ODETTE RAVANAL DOUGLAS, quien interpone demanda de declaración de existencia de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales en contra de UNIVERSIDAD DE CHILE, FACULTAD DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS, representada legalmente por su rector don Ennio Augusto Vivaldi Vejar. Fundamenta su demanda señalando que ingresó a prestar servicios personales para la Universidad de Chile, Facultad de Economía y Negocios el día 20 de enero del año 2015, desempeñando el cargo de Coordinadora de Operaciones del Departamento de Control de Gestión y Sistemas de Información de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, detallando las funciones realizadas. Explica que sus labores de Coordinadora importaban que regularmente debía entregar informes del avance de la labor realizada y contratada, ello en la medida y forma que le eran solicitados por su superior jerárquico. En este caso los informes eran mensuales y anuales. Añade que siendo su cargo dependiente del Departamento de Control de Gestión y Sistemas de Información de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, su jefatura directa durante los períodos 2015 a 2017 fue don Julio Andrés Robles Camerati. Afirma que en el período 2018 a 2019 se le nombró como Coordinadora Académica de Diplomados, primero en reemplazo de una compañera de trabajo con fuero maternal, doña Soledad Langdon y luego se quedó permanentemente en ese cargo hasta el año 2019 y su Jefatura directa se mantuvo con don Julio Robles y en ese año, se suma como Jefa de Supervisión y Calidad (Coordinación) la Sra. Jessie Sharp, además de ella tiene otras compañeras en su nuevo cargo, entre estas Constanza Kittsteiner; Clara Onoa; Macarena Robles; Daniela Ramírez; Varina Romero. Relata que a finales del año 2019, la Universidad despide al Sr. Robles, que era su Jefe Directo, y se había sumado como Jefa de Supervisión y Calidad (Coordinación) la Sra. Jessie Sharp, por lo que siguió un tiempo bajo su jefatura, pero al poco andar su jefatura pasó a ser derechamente el Sr. Claudio Müller. Indica que llegado marzo de 2020 se decreta alerta sanitaria por Pandemia de enfermedad Covid-19, determinando su empleador, conforme contingencia, que el desarrollo de las labores ya no sería presencial, sino remoto, por lo que consultó si podía trasladarse a otra región que no fuera Santiago y se le indica que si, que muy probablemente todo el año 2020 estarían en esta modalidad, pero la jornada siguió siendo extenuante, ya que el trabajo remoto importaba estar permanentemente a la espera de gestiones o requerimientos, incluso hasta tarde en el día. Señala que a inicios del 2020 mantuvo su cargo de Coordinadora Académica de Diplomados, y si bien tenía asignados diplomados, estos por Pandemia se mantuvieron pendientes y luego fueron modificados a tipo remoto, así su empleador a través de su Jefatura que pasó a ser Claudio Müller, le indicó qu
Fallo
por tanto se le dejaría de pagar un ítem remuneracional adicional que se denominaba productividad (La productividad era un monto extra que se asignaba a los coordinadores por cada Diplomado que estuviera a su cargo), ante ello reclamó esta situación a su Jefatura don Claudio Müller V., quien le indica que no podría recibir productividad dado que no tenía diplomados a cargo por determinación de la Facultad, lo que no tuvo más que acatar porque estábamos en pandemia, estaba por lo menos trabajando y si seguía reclamando tenía miedo que la pudieran despedir. Afirma que entre marzo y junio 2020, se mantuvo coordinando indirectamente programas, apoyando labores como pago de profesores, entrenamiento de Profesores en plataformas Streaming para las clases online, supervisión de la realización de clases online y apoyo durante las clases, permaneciendo conectada durante sesiones en que las más tarde eran entre las 18:30 hasta las 21:30, sin importar que comenzaba su jornada obligatoriamente a las 09:00 de la mañana. Aquello importó que estuviera realizando una coordinación indirecta y no presencial de los diplomados o cursos existentes, porque ya no eran presenciales, pero al final era la misma coordinación de forma remota, sin embargo su empleador de igual forma no le pagó la productividad de esos programas como era lo acordado. Indica que en junio del 2020, finalmente se dispone por su empleador que apoyara el proyecto de E-learning, un proyecto inédito en el departamento DCS, pero
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Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS: Que, ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto la audiencia de juicio, en procedimiento de aplicación general, en los autos RIT O-1573-2022, por demanda de declaración de existencia de relación laboral, despido injustificado, acción de nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales. La deman
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