3º Juzgado Civil de Temuco

ESTADO DE CHILE / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/

Rol

V-187-2021

Fecha

14 de diciembre de 2021

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 12, con fecha 25 de octubre de 2021, comparece don JORGE ANTONIO PONCE LLANOS, mecánico independiente, con domicilio en Sitio 6 Sector la Hiedra de la Comuna de Renaico, y solicita el giro de cheque, por la suma que corresponde a los fondos consignados con motivo de la expropiación que ha sufrido su propiedad.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 20 consta certificación secretarial de fecha 10 de noviembre de 2021, que da cuenta que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada. SEGUNDO: Que al folio 19 se agregó copia de inscripción de dominio del inmueble expropiado, rolante a fojas 61, Número 49, del Registro de Propiedad a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Angol correspondiente al año 2013; agregada igualmente conforme las instrucciones dadas por el Acuerdo del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de junio de 2014, al folio 22; copia autorizada en la que consta que la propiedad expropiada pertenece al solicitante, Rol de avalúo N°0068 − 0082 de la comuna de Renaico. TERCERO: Que al folio 19 rola certificado avalúo de la propiedad Rol N° 0068 − 0082 de la comuna de Renaico, que refiere que se encuentra exento del pago de contribuciones. CUARTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago a la peticionaria, ordenándose el giro del cheque, como se dirá. Y visto además lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud del folio 27, se ordena el PAGO DEL MONTO CONSIGNADO POR EXPROPIACIÓN y en consecuencia GÍRESE CHEQUE a nombre de don JORGE ANTONIO PONCE LLANOS, con cargo a la Boleta Bancaria Nº5000756707 de 2 de septiembre de 2021 por la suma de $23.847.821 (veintitrés millones ochocientos cuarenta y siete mil ochocientos veintiún pesos). Concurra a la entrega del cheque tanto el expropiado, como su abogado personalmente. Anótese, regístrese, notifíquese y dese copia al interesado. Rol V-187-2021. DICTADA POR DOÑA PATRICIA ALEJANDRA RÍOS ROJAS, JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, catorce de diciembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-14T07:24:23-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-187-2021 CARATULADO : ESTADO DE CHILE / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, catorce de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS: Al folio 12, con fecha 25 de octubre de 2021, comparece don JORGE ANTONIO PONCE LLANOS, mecánico independiente, con domicilio en Sitio 6 Sector la Hiedra de la Comuna de Renaico, y solici

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