CUBILLOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAM
Rol
C-2630-2021
Fecha
14 de diciembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que con fecha 10 de noviembre de 2021 (Folio 1), compareció doña Daniela Carolina Fuentes Miranda, abogada, cédula de identidad Nº 15.907.308- 4, domiciliada en Pasaje Manuel Montt Nº 2.299, Calama, en representación de doña MARTA ADELA CUBILLOS BARAHONA, chilena, casada, dueña de hogar, cédula de identidad N° 9.141.265-9, domiciliada para estos efectos en calle Clarín de la Gloria N°3.012, Calama, y dedujo demanda de prescripción extintiva en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAMA, Corporación de Derecho Público, Rol Único Tributario N° 69.020.200-K, representada legalmente por don Eliecer Daniel Chamorro Vargas, cédula de identidad N° 12.607.560-K, ingeniero comercial, ambos domiciliados en Vicuña Mackenna N°2.001, Calama, solicitando que, se declare en definitiva, que se ha extinguido respecto de la demandada, la acción de cobro de los derechos de aseo adeudados por su parte, respecto de la propiedad ubicada en Clarín de la Gloria N°3.012, Calama, incluyendo intereses y reajustes, respecto de los períodos con vencimiento entre septiembre de 2004 y septiembre de 2016, por un total de $915.499.-, por haber operado la prescripción extintiva de los mismos. Principió señalando que su representada es dueña del inmueble ubicado en calle Clarín de la Gloria N°3.012, Calama. Añadió que su mandante, como propietaria del referido inmueble, se encuentra obligada al pago de derechos municipales de aseo, según prescribe el inciso tercero del artículo 9º del Decreto Ley N° 3.063. Asimismo, indicó que la Ilustre Municipalidad de Calama ha fijado 4 cuotas anuales para el pago de estos derechos, con vencimientos el último día de los meses de abril, junio, septiembre y noviembre de cada año. Al efecto apuntó que han transcurrido más de 17 años desde el vencimiento de la tercera cuota del año 2004, con vencimiento el 30 de septiembre de 2004, hasta la tercera cuota del año 2021, con vencimiento el 31 de diciembre de 2021, las que acumulan un valor total de $1.323.437.-. Expuso que conforme consta en “Certificado de Deuda” emitido por el Departamento de Aseo de la Ilustre Municipalidad de Calama, se han devengado y se adeudan, derechos de aseo respecto del inmueble en cuestión, desde la tercera cuota del año 2004, con vencimiento en el mes de septiembre de dicho RIT« » Foja: 1 año, hasta la tercera cuota del año 2016, con vencimiento al mes de diciembre de 2016, por un valor total de $915.499.-. Citó los artículos 7 y 47 del Decreto Ley Nº3.063, y los artículos 2492, 2514 y 2515 del Código Civil, y adujo que concurren en la especie los requisitos exigidos en la Ley para que su mandante demande la declaración judicial de prescripción de cuotas de derechos de aseo, en atención a que el municipio de Calama no ejerció acciones judiciales tendientes al cobro de los derechos de aseo insolutos, respecto del inmueble señalado, habiendo transcurrido el plazo legal para que pueda ejercer el cobro de ellos. Concluyó afirmando que se encuentran prescr
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-2630-2021 CARATULADO : CUBILLOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAM Calama, catorce de Diciembre de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: 1.- Que con fecha 10 de noviembre de 2021 (Folio 1), compareció doña Daniela Carolina Fuentes Miranda, abogada, cédula de identidad Nº 15.907.308- 4
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