BANCO SCOTIABANK CHILE S.A/PASTÉN
Rol
C-5345-2017
Fecha
13 de diciembre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 compareci ó Cinthya Zaida Concha Candia, Abogada, mandatario judicial en representaci n convencional de ó Scotiabank Chile S.A., en adelante “Scotiabank , representada legalmente por su Gerente” General Francisco Sard n Taboada, Abogado, todos domiciliados para estosó efectos en calle Morand N 226, comuna y ciudad Santiago, quiené ° interpuso demanda en contra de Pamela Alejandra Past n Pizarro,é ignora profesi n u oficio, domiciliada en Soldado S nchez N 525 Poblaci nó á ° ó San Luis Ovalle. A folio N 13 compareci la pa° ó rte ejecutada, quien se notific yó requiri de pago de forma expresa. A continuaci n, opuso a la ejecuci n laó ó ó excepci n del n mero 17 del art culo 464 del C digo de Procedimientoó ú í ó Civil, a saber, la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva.ó ó ó A folio N 18 se tuvo por notificada y requerida de pago la parte° ejecutada con fecha 28 de octubre de 2020. Asimismo, se tuvo por opuesta la excepci n interpuesta, confiri ndose traslado. ó é A folio N 23 se tuvo por evacuado el traslado de la parte ejecutante° en rebeld a y se recibi la causa a prueba por el t rmino legal, resoluci ní ó é ó interlocutoria que consta notificada a los apoderados de ambas partes a folios N 24 y N 25.° ° A foli n N 39 se cit a las partes a o r sentencia.ó ° ó í Y
Fundamentos
Considerando: Primero: Que Cinthya Zaida Concha Candia, en representaci nó convencional de Scotiabank Chile S.A., en adelante Scotiabank ,“ ” C-5345-2017 Foja: 1 interpuso demanda en contra de Pamela Alejandra Pasten Pizarro, todos ya individualizados. Se al que su ñ ó representada es due a de los siguiente pagares suscritosñ por Scotiabank Chile, a su vez en representaci n de Pamela Alejandraó Pasten Pizarro, en virtud del mandato conferido por este ltimo en elú Contrato de Apertura de L nea de Cr dito paraí é Estudiantes de Educaci nó Superior con Garant a Estatal", yí celebrado en conformidad a la Ley Nº 20.027, legislaci n que establece normas para eló financiamiento de estudios de educaci n superior con garant a deló í estado de Chile. Los t tulos cuyoí cobro se persigue en autos corresponden a: 1.- Pagar suscrito con fecha 28 de febrero de 2017, por la suma deé 53,3393 UF. 2.- Pagar suscrito con fecha 28 de febrero de 2017, por la suma deé 480,0538 UF. 3.- Pagar suscrito con fecha 28 de febrero de 2017, por la suma deé 24,3108 UF. De acuerdo a lo pactado en dichos instrumentos el capital adeudado devengar a la tasa de inter s m ximo convencional que la ley permiteí é á establecer para este tipo de operaciones de cr dito de dinero.é Se estipul en los t tulos que en caso de no pago de la deuda a laó í presentaci n a cobro del respectivo pagar , se capitalizan los interesesó é vencido y la obligaci n devengar a favor del banco, a partir de esa mismaó á fecha, a t tulo de pena, intereses moratorios a la tasa de intereses m ximasí á convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripci n del pagar , aó é menos que al rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrar esta ltima. á ú Sostuvo que en el caso de los pagar s objeto de esta ejecuci n losé ó referidos documentos fueron pactados a plazo, por lo que a contar de la presentaci n de esta demanda su representado los hace exigibles; raz n poró ó la cual y de acuerdo con lo convenido, por el presente libelo su representado viene en demandar el pago de las citadas deudas, anteriormente individualizadas, signadas con los N 1, 2 y 3 en los tresº casos, con vencimiento 10 de marzo de 2017, en su equivalente en pesos monedas legal al momento del pago efectivo, m s intereses pactadosá C-5345-2017 Foja: 1 devengados y los que devenguen hasta el d a del exacto e ntegro pago deí í las obligaci n y las cosas de estas causa. En consecuencia, el total de loó adeudado por la suscriptora ejecutada Pamela Alejandra Pasten Pizarro, asciende, en capital a la suma de 557,7039 UF.- Hizo presente que los pagar s se encuentran garantizados con laé Garant a Estatal del Fisco de Chile en conformidad a las disposiciones de laí ley N 20.027, que establecen normas para el financiamiento del estudioº superior. Las partes pactaron que la obligaci n es indivisible para losó herederos y/o sucesores y se liber al tenedor de obligaci n de protesto.ó ó Para todos los efectos legales los ejecutados
Fallo
Por estas consideraciones y, visto, adem s lo dispuesto en los art culosá í 1, 160, 170, 464 N 17 y 471 del C digo de Procedimiento Civil; 3 y 1698° ó del C digo Civil; 98 y siguientes de la Ley N 18.092, ó ° se declara: I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n de la deuda o s lo deó ó ó la acci n ejecutiva, orden ndose alzar la ejecuci n.ó á ó II.- Que se condena en costas a la parte ejecutante, conforme a lo razonado en el motivo und cimo de la presente sentencia.é Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch veseí í í . Pronunciada por Alberto lamos Valenzuela, Juez Suplente.Á Autoriza Margarita Bravo Narv ez, Secretaria Subrogante.á C-5345-2017 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de Diciembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-12-13T14:18:09-0300
Texto Completo (Preview)
C-5345-2017 Foja: 1 FOJA: 34 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5345-2017 CARATULADO : BANCO SCOTIABANK CHILE S.A/PAST NÉ Santiago, trece de Diciembre de dos mil veintiuno. Visto: A folio 1 compareci ó Cinthya Zaida Concha Candia, Abogada, mandatario judicial en representaci n convencional de ó Scotiabank Chile S.A., en adelante “Scotiabank ,
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