2º Juzgado de Letras de la Serena

BANCO DE ESTADO DE CHILE/SARRIA

Rol

C-838-2021

Fecha

13 de diciembre de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que con fecha 10 de mayo de 2021, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodr guez, abogado, í en representaci n convencional del Banco deló Estado de Chile, Sucursal de La Serena, Empresa Aut noma del Estado, seg n seó ú acreditar , ambos con domicilio en calle Balmaceda N° 532, La Serena,á interponiendo demanda ejecutiva en contra de don Cristian Alberto Sarria Palacios, se ignora su profesi n u oficio, con domicilio en pasaje Nueva Dieciocho N°ó 1454, Villa Talinay, Parcela N° 28 y en Jos Morgado N° 696, ambos de laé comuna de Coquimbo, en base a lo que se expondr .á Refiere que la entidad ejecutante es due a del Pagar ñ é 00008477183 Operaci n N mero ó ú 00028481757, por un monto original de $6.575.656.- y suscrito por el demandado con fecha 24 de septiembre de 2020. El deudor se comprometi a pagar el capital m s su inter s de ó á é 0,7900% mensual, en 32 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $234.225.- con excepci nó de la ltima que ascender a a $ú í 234.225.- venciendo la primera de ella el 02 de noviembre de 2020. Es del caso que llegada la fecha de pago de la cuota con vencimiento el 25 de septiembre de 2020 y siguientes, la obligaci n no fue pagada; raz n por la cualó ó se adeuda por saldo insoluto de capital la cantidad de $6.223.681.- m s interesesá pactados y penales estipulados en el referido pagar . A dicha cantidad debené agregarse los intereses normales devengados hasta la mora y desde esa fecha los penales, equivalentes al m ximo convencional, y las costas de la causaá . JLX Foja: 1 Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Cristian Alberto Sarria Palacios -ya individualizado- y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó suma $6.223.681.- m s intereses penales, ordenando se siga adelante con laá ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de todo lo adeudado, con costas.ó Que con fecha 14 de junio de 2020, comparece don Cristian Alberto Sarri

Fundamentos

considerando que es un pagar a la vista y por loá é mismo la fecha de su vencimiento la determina el beneficiario, que en el caso de autos, no cumpli con la carga de presentar el documento para su pago. ó Por otro lado, se ala que, ñ tal como lo se ala el art culo 6 inciso final de lañ í Ley 18.010 “(…) Ser aplicable a las operaciones de cr dito de dinero queá é realicen los bancos, lo dispuesto en el inciso primero del art culo 17 de la Ley N°í 19.496 y la obligaci n de informaci n que contempla la letra c) del art culo 37 deó ó í la misma ley citada, debiendo identificarse el servicio que la origina”; en relaci nó con lo dispuesto por el art culo 17 inciso primero de la Ley 19.496 que establece:í “(…) Los contratos de adhesi n relativos a las actividades regidas por la presenteó JLX Foja: 1 ley deber n estar escritos de modo claramente legible, con un tama o de letra noá ñ inferior a 2,5 mil metros y en idioma castellano, salvo aquellas palabras de otroí idioma que el uso haya incorporado al l xico. Las cl usulas que no cumplan coné á dichos requisitos no producir n efecto alguno respecto del consumidor á (…)”. En el caso de autos, el pagar a su juicio- no cumple con el requisitoé – dispuesto por ambas normativas, por cuanto el tama o de letra utilizado en dichoñ instrumento no corresponde al tama o de letra de 2,5 mil metros establecido por lañ í ley; sino que es inferior a ello. Por lo anterior es que al ejecutado, tal cual lo establece el art culo 17 de laí Ley 19.496, aplicable al caso de autos en virtud de lo dispuesto por el art culo 6í inciso final de la Ley 18.010, no le es aplicable ninguna de las cl usulas del pagará é de autos, ya que el art culo 17 de la Ley 19.496 refiere que las cl usulas que noí á cumplan con el requisito del tama o de la letra, no le producen efecto alguno.ñ Finalmente, hace presente que su parte se encuentra en conversaciones con la demandante, y se le han concedido esperas y pr rrogas del plazo para pagar laó obligaci n.ó

Fallo

Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Cristian Alberto Sarria Palacios -ya individualizado- y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó suma $6.223.681.- m s intereses penales, ordenando se siga adelante con laá ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de todo lo adeudado, con costas.ó Que con fecha 14 de junio de 2020, comparece don Cristian Alberto Sarria Palacios, demandado en este juicio, oponiendo a la ejecuci n las excepcionesó contempladas en el art culo 464 N° 2, 7, 14 y 11 del C digo de Procedimientoí ó Civil, en base a lo siguiente. En primer lugar, refiere que el mandato judicial acompa ado en autos, noñ da fe de la representaci n legal de demandante, toda vez que no consta la calidadó de Gerente General de quienes dicen serlo. En efecto, no resulta dable presumir que los dichos de una parte son efectivos por el s lo hecho de que sta los pronuncie, es en estrados donde se debeó é acreditar fehacientemente y lejos de toda duda razonable los presupuestos f cticosá que sostienen una pretensi n. ó En este sentido a su juicio- parece poco sensato suponer que la personer a– í del representante legal de la demandante existe por el s lo hecho de que la actoraó as lo se ale, sin acompa ar copia del instrumento donde ella consta. No por el soloí ñ ñ hecho de tratarse de una gran instituci n, se puede presumir que hablamos de unó hecho p blico y notorio, por lo que debe acr

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Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-838-2021 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/SARRIA La Serena, trece de Diciembre de dos mil veintiuno Vistos: Que con fecha 10 de mayo de 2021, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodr guez, abogado, í en representaci n convencional del Banco deló Estado de Chile, Sucursal de La

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